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De acuerdo con la posición ocupacional, se considerará cambio de trabajo en las siguientes situaciones:
- Para los asalariados. Se considera cambio de trabajo, si la persona estuvo vinculada a un establecimiento o empresa diferente a la actual como asalariado y ahora se desempeña en la misma u otra empresa como contratista (cuenta propia).
- Para los independientes o por cuenta propia. Se considera cambio de trabajo si antes de su actual oficio o profesión como trabajador independiente, se desempeñaban como independientes en otro oficio o profesión, o si antes tenían un trabajo con diferente posición ocupacional (ejemplo: antes eran asalariados o trabajadores familiares sin remuneración).
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74. ¿Está afiliado por una empresa o individualmente a una Aseguradora de Riesgos Profesionales (ARP) (por accidentes de trabajo, enfermedad profesional etc)?
1 Sí
2 No
9 No sabe, no informa
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80. ¿Cuánto tiempo duró en su empleo anterior?
Meses