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b. Pagos por mantenimiento o equipamiento de la vivienda: Pago a personas para cuidar la vivienda y hacerle aseo, cuota de celaduría o administración de la vivienda o del condominio, cuidado y mantenimiento de zonas verdes o jardines. Por mantenimiento se entiende la remodelación que haga el hogar de los espacios físicos ya definidos que no impliquen cambios en las estructuras de la vivienda.
Ejemplo: La remodelación del baño, sin que esto signifique ampliación o subdivisión, independiente del valor del gasto.
En esta categoría no se deben incluir los gastos incurridos en ampliación o subdivisión de la vivienda, por ejemplo el cambio de un techo de tejas de zinc por la colocación de una placa de cemento (plancha), ya que esto significa modificación de las estructuras de la vivienda.
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3. Estos gastos corresponden a:
c. Otros gastos
1. Si
2. No