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· Jefe(a): es la persona que se reconoce como tal independientemente de su edad, o por ser el principal sostén económico de la familia. Puede ser hombre o mujer y debe quedar siempre con el número de orden 01.
· Esposa(o), compañera(o): cuando el (la) jefe(a) del hogar tenga cónyuge o compañera(o) que vive en el hogar. Con número de orden 02 (así sucesivamente para los demás miembros del hogar).
· Hijos(as) o hijastro(a) solteros(as) de mayor a menor del (de la) jefe(a) o cónyuge.
· Hijos(as) casado(as), en orden de edad descendente anotando a continuación de cada uno de ellos sus respectivas(os) esposas(os) e hijos.
· Hijos(as) viudos(as), separado(as) y solteros con hijos en orden de edad descendente anotando a continuación de cada uno de ellos sus respectivas(os) hijos
· Nieto(a) del (de la) jefe(a) o su cónyuge, empezando por el (la) mayor.
· Padre, madre, padrastro, madrastra del (de la) jefe(a).
· Abuelos del (de la) jefe(a) del hogar.
· Hermanos(as) o hermanastros(as) del (de la) jefe(a).
· Tíos(as) del (de la) jefe(a).
· Sobrinos(as) del (de la) jefe(a).
· Primos(as) del (de la) jefe(a).
· Suegros del jefe (de la) jefe(a).
· Otro pariente del (de la) jefe(a) del hogar: como bisnieto(a), bisabuelo(a), etc.
· Empleados(as) del servicio doméstico comprende a los(as) servidores(as) domésticos (empleados(as) domésticos(as), jardinero(a), chofer, niñero(a), etc.).
· Parientes del servicio doméstico.
· Trabajadores(as): personas que desempeñan actividades laborales para el hogar y comparten con este la vivienda. Es el caso de trabajadores(as) rurales como los(as) jornaleros(as) o peones y los obreros(as) o empleados(as) en los negocios familiares que desarrollan su trabajo y viven en el hogar para el cual trabajan.
· Pensionista: personas que pagan por dormir y comer habitualmente en el hogar. Pueden ser o no familiares.
· Otros no parientes: personas del hogar no contempladas anteriormente, que no tienen nexos con el (la) jefe(a) del hogar, como ahijada(o), excónyuge, excuñado(a), exsuegra(o), etc.
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Este capítulo lo deben responder todas las personas del hogar. Se toma información directamente a cada una de las personas del hogar de 18 años o más y a las personas entre 12 y 17 años que trabajen o estén cursando educación superior. La información de los menores de 12 años y de los jóvenes entre 12 y 17 años que no trabajen ni estén cursando educación superior será suministrada por el padre, la madre o la persona del hogar que está a cargo del/la menor, excluyendo el servicio doméstico.
Sin embargo, en el caso de las preguntas 20 a 33 (referidas al autorreconocimiento campesino y al bienestar subjetivo), los menores entre 15 y 17 años deberán dar las respuestas directamente.