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          COL_CGN_SYM_2011-2014
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          COL_CGN_SYM_2011
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          JUAN GUILLERMO HOYOS PÉREZ
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          ALVARO ENRIQUE HERRERA GUAYARA
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          JOHN FREDY LEAL
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          JOSÉ LEONARDO BUITRAGO
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          Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales
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          Balances and Movements of the Government Entities
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          Contaduría General de la Nación
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          Juan Guillermo Hoyos
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          Registros administrativos, otros (ad/oth]
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          <![CDATA[Algunos análisis realizados por distintos autores establecen que la historia de la contabilidad pública en Colombia se remonta a los inicios de la época republicana, e inclusive se advierte de instituciones creadas en el periodo de la colonia que fueron heredadas por la época de la república.

Una historia más reciente puede contarse a partir de las instituciones que se crearon desde 1923 derivadas de las recomendaciones realizadas por Edwin Walter Kemmerer y su grupo de colaboradores en su visita a Colombia, más conocida como Misión Kemmerer (Contaduría General de la Nación, 2013). Entre las entidades que se crearon, para los fines de este análisis, se resalta la Contraloría General de la República, pues la Ley 42 del referido año le confirió a este organismo la competencia de ejercer el control fiscal y, al mismo tiempo, la función de llevar las cuentas generales de la Nación (Contaduría General de la Nación, 2013).

Las funciones de control fiscal y de contabilidad bajo la responsabilidad de un mismo organismo generaron en su momento críticas importantes, pues, como elemento mínimo de control, dichas funciones deben segregarse y por tanto reposar en organismos diferentes (Contaduría General de la Nación, 2013).

Hasta 1990 pueden evidenciarse algunos intentos por cambiar la mencionada realidad, sin embargo, todos los esfuerzos realizados no dieron los resultados esperados. Como ejemplo, pueden citarse las acciones adelantadas en 1968, en el periodo presidencial de Carlos Lleras Restrepo, que se tradujeron en la aprobación del Acto Legislativo 1 de ese año, cuyo artículo 76 prescribió lo siguiente: “a. La ley determinará el organismo encargado de llevar las cuentas públicas generales de la nación.  Entre tanto lo seguirá haciendo la Contraloría General de la República”. Con la expedición del Decreto Ley 294 de 1973 se intentó regular lo relativo a la Contabilidad de la Nación al establecer que la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público llevaría la Contabilidad General de la Nación, no obstante, este decreto fue declarado inexequible por la entonces Corte Suprema de Justicia (Contaduría General de la Nación, 2013).

Sólo hasta 1991 se dirime la discusión relacionada con la concentración de funciones a cargo del organismo de control que surgió con la Ley 42 de 1923.  Con los esfuerzos y propuesta realizada por el constituyente Ignacio Molina Giraldo, de la Comisión de Cuentas de la Asamblea Nacional Constituyente, se incorporó el artículo 354 de la nueva Constitución, el cual establece lo siguiente: 

“Habrá un Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad general de la Nación y consolidará ésta con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del Presupuesto, cuya competencia se atribuye a la Contraloría.

Corresponden al Contador General las funciones de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley.

PARÁGRAFO. Seis meses después de concluido el año fiscal, el Gobierno Nacional enviará al Congreso el balance de la Hacienda, auditado por la Contraloría General de la República, para su conocimiento y análisis”.

En virtud del mencionado artículo 354, el Presidente de la República, Ernesto Samper Pizano, y su Ministro de Hacienda, Guillermo Perry Rubio, mediante el Decreto 85 de 1995, dan vida jurídica a la Dirección General de Contabilidad Pública (DGCP) a cargo del Contador General, la cual funcionaría como una dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. También se establece su estructura orgánica mediante el Decreto 86 del mismo año (Contaduría General de la Nación, 2013).

La emisión del primer Plan General de Contabilidad Pública (PGCP) por parte de la DGCP, mediante la Resolución 4444 de 1995, constituyó un acontecimiento trascendental en este nuevo período de la contabilidad pública.  Este PGCP fue el instrumento mediante el cual se clasificaron las operaciones que realizaban las entidades públicas. La primera parte del plan correspondía al marco conceptual de la contabilidad pública, y la segunda al modelo instrumental, conformado a su vez por el catálogo general de cuentas y el manual de procedimientos contables (Contaduría General de la Nación, 2013).

Con base en este instrumento y otras instrucciones adicionales, igualmente reglamentadas mediante resoluciones de la DGCP que se hicieron obligatorias con su promulgación dada la potestad de regular la contabilidad pública, las entidades públicas presentaron a diciembre 31 de 1995 el primer balance general, que aunque deficiente en términos de su confiabilidad, revelaba la situación financiera, económica y social de los entes públicos y, por consiguiente, del sector público en general, producto de realizar el proceso de agregación y consolidación de las cifras de los estados contables, tal como se dispone en la Constitución Política (Contaduría General de la Nación, 2013).

Más tarde, en el año 2000 se expide la Resolución 400 del 1 de diciembre por la cual se adopta un nuevo Plan de Contabilidad Pública que respondió a las exigencias institucionales de gestión, así como al dinámico entorno financiero y contable.

Durante el 2001 también se promulgó la Ley 716 o Ley de Saneamiento Contable con la cual, 

“… se les otorga facultad a los responsables de la gestión de las entidades territoriales para que corrijan las deficiencias administrativas con el fin de conciliar los saldos contables frente a las existencias, normalizando archivos y soportes documentales de los bienes, derechos y obligaciones incorporados en los estados financieros.” (Guzmán Barrera, 2006).

Específicamente, se presentaron modificaciones relacionadas con la eliminación de los ajustes por inflación según la Ley 716 de 2001, la cual tuvo vigencia hasta diciembre de 2003, luego fue prorrogada según se definió en los artículos 65 a 67 de la Ley 863 de 2003, hasta diciembre de 2005.  Posteriormente, el 28 de junio de 2004 se expidió la Ley 901 donde se plantearon nuevas directrices para el saneamiento contable; más tarde con el artículo 79 de la Ley 998 de 2005 se extendió el proceso de saneamiento contable hasta el 31 de diciembre de 2006.

Sin embargo, la sentencia C-457/08 de la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 998 de 2005, por violación al principio de unidad de materia consagrado en el artículo 158 de la Constitución Política Colombiana, por tanto, a partir del 7 de junio de 2006 dejó de tener aplicabilidad el proceso de saneamiento contable establecido en la ley 716 de 2001 y sus decretos reglamentarios  (Contaduría General de la Nación, 2010).  En consecuencia, la depuración contable se incorporó como una actividad permanente de las entidades públicas.

El evento más importante en materia de normatividad contable se presentó en el año 2007 cuando se incorporaron las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) al proceso de contabilidad pública en Colombia, lo anterior se materializa mediante la expedición de la Resolución 354, con la cual se adoptó el actual Régimen de Contabilidad Pública, el cual está conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública.  Dicho Régimen contiene la regulación contable pública de tipo general y específico  (Contaduría General de la Nación, 2010).

Posteriormente, la contabilidad pública en Colombia continúa evolucionando por medio de la expedición de actos administrativos, por parte de la CGN, como por ejemplo la Resolución 558 del 7 de noviembre  de 2008 por la cual se instaura la denominada “Ley de estabilidad jurídica para los inversionistas en Colombia”, la Resolución 585 del 22 de diciembre de 2009, donde se define el procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de los negocios fiduciarios en los que la entidad contable pública participa como fideicomitente, la Resolución 44 del 3 marzo de 2010 que define el reconocimiento y revelación del Impuesto con destino al turismo, la Resolución 391 del 16 de diciembre expedida con el fin de mejorar la identificación de impuestos, la Resolución 421 del 16 de diciembre de 2011, con la cual se define el registro de los flujos girados a las EPS por parte del FOSYGA o quien hagas sus veces, la Resolución 423 del 21 de diciembre de 2011, que define el registro de los recursos destinados al pago de pasivos incluyendo los movimientos realizados por el FONPET, entre muchas otras.

La profundización del proceso de internacionalización de las economías y de globalización de las sociedades ha creado la necesidad de estandarizar muchos procesos en las diferentes actividades de los sectores público y privado, por lo cual la regulación de los diferentes ámbitos de la ley ha impactado de manera importante los sectores económicos y financieros, en especial la regulación contable, por lo que en Colombia, a partir de la expedición de las Leyes 1314 de 2009 y 1450 de 2011, la convergencia de la regulación  contable con estándares internacionales de información financiera, se convierte en una  actividad prioritaria.

Por tanto, ha sido de importancia para la CGN, las Entidades Contables Públicas y los Usuarios de la Información Contable Pública (Contaduría General de la Nación, 2013), el desarrollo de la política de regulación, a cargo del Contador General de la Nación; la cual conduce al país en una perspectiva internacional en la que operan las empresas de propiedad estatal así como de las entidades de gobierno, a estar a la vanguardia de los avances en las normativas internacionales emitidas por el Consejo de Estándares Internacionales de Contabilidad  (IASB por su siglas en inglés), al igual que por la Federación Internacional de Contadores (IFAC por su siglas en inglés), y las prácticas de regulación seguidas en otras economías del mundo.

Aunque, la evolución normativa de la contabilidad pública en Colombia va ligada al desarrollo histórico de la Operación Estadística Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales, dado que dicho proceso de transformación ha alimentado un sinnúmero de cambios que pueden ser resumidos en tres grandes hitos, en el año 1.995 se publica el primer Plan General de Contabilidad Pública, en el año 2.000 se publica un nuevo Plan y en 2.007 se publica el actual Régimen de Contabilidad Pública. Pero, también se presentaron modificaciones en la metodología, la tecnología y las variables.

En el año de 1.996, desde la creación de la Contaduría General de la Nación, se utilizó el Sistema de Información Contable (SICO), el cual era el módulo de reportes que pretendía facilitarle al usuario la consulta de la información agregada y consolidada que ha de reposar en la base de datos SICO soportada por  Informix sobre sistema operativo Unix. Entre los años 1.996 y 1.998, ya con la ayuda de SICO, la CGN realizaba las validaciones de forma manual de la información enviada por las entidades reportantes en disquetes. Entre 1.998 y el 2.002, si las entidades lo solicitaban, se les instalaba en su propio equipo un validador, para que la misma entidad validara y no tuviera que esperar a que la CGN lo hiciera para dejar en firme el reporte o para realizar alguna corrección a la información reportada. Del año 2.003 y hasta el año 2.007 cuando se pone en funcionamiento el CHIP, la información era enviada a la CGN vía correo electrónico, claro está que lo hacían las entidades que tenían acceso a ésta herramienta, las que no, debían seguir haciendo el envío en disquetes, haciéndolos llegar hasta las instalaciones de la entidad.

En cuanto a la evolución metodológica, por estar ligada a la técnica contable, ésta siempre ha evolucionado de acuerdo al desarrollo del sistema de información que soporta la Operación Estadística, ya que el proceso contable es desarrollado por cada una de las entidades contables públicas y sus resultados son los que cada una de ellas envían a la CGN, y como ya se explicó, éstos son validados y publicados como se explica en el desarrollo del presente documento.

Finalmente, las variables evolucionan en dos sentidos, el primero tiene que ver con las entidades que reportan, pues por diferentes circunstancias no todas aquellas obligadas a reportar lo hacen, además de que en cada periodo se pueden crear, liquidar, escindir o fusionar entidades y otra variable que fluctúa es la de las cuentas, pues en cada periodo éstas varía de acuerdo a las necesidades normativas que llevan a la CGN a crear, eliminar y/o redenominar cuentas. El segundo sentido, más concreto, se relaciona con el cambio presentado en 2007, cuando los formularios de reporte de la información cambian de SICO al CHIP, pues inicialmente se reportaba el saldo de la cuenta, la porción corriente y la porción no corriente de éste, mientras que con la implementación del CHIP las entidades debieron reportar: saldo inicial, movimiento débito, movimiento crédito, saldo final, saldo final corriente y saldo final no corriente. Dichos concepto se explican más adelante en el presente documento. Dicho cambio obedece a la actualización que tuvo la contabilidad pública en Colombia con el RCP en 2007, el cual se realizó con base en el principio de devengo o causación, como se explica más adelante.

Referentes internacionales

No existen referentes internacionales, ya que obedece a una aplicación especializada de la contabilidad, por lo cual se estructura de acuerdo a las particularidades y necesidades propias del país. Aunque, es de anotar que desde el año 2007 el Régimen de Contabilidad Pública se ha venido armonizando con las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pública (NICSP) y a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).]]>
        </serInfo>
      </serStmt>
      <holdings>
        <![CDATA[Todas las entidades nacionales y territoriales del estado colombiano del ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública. Es decir cada una de las Entidades Contables Públicas de la Administración central nacional, Administración central departamental, Administración central distrital, Administración central municipal, Entes descentralizados, Entes autónomos, Entes supra, Sector financiero, Empresas, Empresas de servicios públicos, Seguridad social y Empresas sociales del estado.

Entidades que reportan Información Contable Pública a la Contaduría General de la Nación
A diciembre 31 de 2011

Nivel                                  Universo             Envíos recibidos               Exclusiones               Faltante

Nacional                                329                          326                                  0                            3
Territorial                             3.420                      3.102                                6                           324
Banco de la República             1                              1                                    0                             0
Total                                    3.750                       3.429                                6                           327

Fuente CGN

El número de entidades que se informa cada periodo, varía de acuerdo al número de entidades que reportan su información contable pública, mientras las que no lo hacen se mencionan como omisas; de tal forma, las entidades reportantes más las entidades omisas equivaldrían al universo de entidades. De igual forma, éste universo varía ya que al cierre de periodo contable, se han creado, fusionado, escindido o liquidado algunas entidades.]]>
      </holdings>
      <notes>
        <![CDATA[a)	Objetivo general
Obtener información de base contable de manera trimestral de los saldos y movimientos que generan todas las entidades contables públicas, del ámbito nacional, como del territorial, en el desarrollo de su cometido estatal, con los estándares de calidad necesarios, para que sirva de insumo a la CGN para efectos de realizar el proceso de consolidación de la información, y obtener así, el Balance General Consolidado y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental para la Nación, del nivel territorial y del sector público. 

b)	Objetivos específicos
Validar la información contable pública reportada por las entidades con el objetivo de garantizar el cumplimiento de los estándares de calidad.

Gestionar ante las entidades públicas ajustes en la información con el objetivo de estandarizarla para efectos de consolidación.

Entregar la información gestionada como insumo para el proceso de consolidación.

Publicar trimestralmente la información para ser consultada por la ciudadanía y el público en general, lo que les permite conocer los saldos y movimientos de cada entidad, derecho de acceso a la información pública que está consagrado en las leyes de la Nación.]]>
      </notes>
    </citation>
    <stdyInfo>
      <abstract>
        <![CDATA[El formato CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS, es el reporte que contiene la información contable y financiera de los Entes Públicos; en él se reflejan los saldos y movimientos de cada rubro contable, igualmente las características de liquidez de los activos y la exigibilidad de los pasivos.

Su contenido corresponde a: El encabezado con la descripción del Ente Público generador de la información, fecha de corte correspondiente al trimestre reportado, código y nombre de cada rubro (cuenta) contable, saldo inicial trimestral, movimiento debito, movimiento crédito, saldo final trimestral, saldo final corriente y saldo final no corriente.

La agregación de información se realiza por el método acumulativo de conceptos, basado en una agrupación de Clase, grupo, cuenta y subcuenta; estos se identifican según la cantidad de dígitos de cada rubro así: primer digito corresponde a clase, los dos primeros dígitos corresponden al grupo, los cuatro primeros dígitos corresponden a la cuenta y los seis dígitos corresponden a la subcuenta.]]>
      </abstract>
      <sumDscr>
        <timePrd date="2011-01-01" event="start" cycle="Trimestre 1"/>
        <timePrd date="2011-03-31" event="end" cycle="Trimestre 1"/>
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        <collDate date="2011-12-31" event="end" cycle="Trimestre 4"/>
        <nation abbr="COL">
          Colombia
        </nation>
        <geogCover>
          Entidades del sector público, de los niveles nacional y territorial inmersas en el ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública de Colombia.
        </geogCover>
        <geogUnit>
          Nacional, Territorial, Departamental, Municipal.
        </geogUnit>
        <anlyUnit>
          <![CDATA[Unidad de observación: 

La Información contable pública definida en el Régimen de Contabilidad Pública, la cual debe ser reportada por los organismos y entidades que integran las ramas del poder público en Colombia, incluidos los diferentes niveles y sectores. Es así que el informe CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS debe ser elaborado y remitido por todas las entidades públicas incluidas las Sociedades de economía mixta donde la participación del sector público supere el 50%.

Unidad de análisis: 

El total de las Entidades Contables Públicas, las cuales son desagregadas en ámbitos de aplicación, los cuales se definen dependiendo del sector y la naturaleza y determinando que cuentas pueden utilizar las entidades ubicadas en cada ámbito, estos son:

-	Administración Central Nacional 
-	Administración Central Departamental 
-	Administración Central Distrital 
-	Administración Central Municipal 
-	Entes Descentralizados 
-	Entes Autónomos 
-	Entes Supra 
-	Sector Financiero 
-	Empresas 
-	Servicios Públicos 
-	Seguridad Social y Empresas Sociales del estado]]>
        </anlyUnit>
        <universe>
          <![CDATA[Universo de estudio:

El universo de la operación estadística Saldos y Movimientos de las Entidades Estatale está constituido por todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas así: "la entidad contable pública es la unidad mínima productora de información que se caracteriza por ser una unidad jurídica y/o administrativa y/o económica, que desarrolla funciones de cometido estatal y controla recursos públicos; la propiedad pública o parte de ella le permite controlar o ejercer influencia importante; predomina la ausencia de lucro y que, por estas características, debe realizar una gestión eficiente; sujeta a diversas formas de control y a rendir cuentas sobre el uso de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público. En consecuencia, la entidad contable pública debe desarrollar el proceso contable y producir estados, informes y reportes contables con base en las normas que expida el Contador General de la Nación.".]]>
        </universe>
        <dataKind>
          Operación estadística basada en registros administrativos (adm)
        </dataKind>
      </sumDscr>
      <notes>
        <![CDATA[Según el Régimen de Contabilidad Pública, como documento que define y establece todo lo concerniente a la Información contable pública, define las necesidades de la información, como una vía para facilitar y satisfacer las necesidades informativas de los usuarios; esto implica definir, a partir del análisis de las necesidades de información, a los diferentes usuarios y sus respectivos objetivos frente a la Contabilidad Pública.

Los usuarios de la Contabilidad Pública en Colombia, de acuerdo con las necesidades y usos de la información contable que surge como consecuencia de la caracterización del entorno, son entre otros:

La comunidad y los ciudadanos, en su condición de contribuyentes y beneficiarios de los bienes y servicios públicos, tienen interés en información contable pública transparente que les permita conocer la gestión, el uso y condición de los recursos y el patrimonio públicos.

Los organismos de planificación y desarrollo de la política económica y social requieren información contable con el fin de orientar la política pública; coordinar los cursos de acción de las entidades del Sector Público dirigiéndolas hacia el interés general; mejorar la gestión eficiente de los recursos públicos, así como para efectos de compilación, evaluación y análisis de las políticas; evaluar el resultado fiscal y la situación del endeudamiento público; el ahorro y la inversión pública; la regulación de los precios y las tarifas, y planear la redistribución de la renta y la riqueza.

Los órganos de representación política como el Congreso, las Asambleas y los Concejos, exigen la información contable para conocer el uso de los recursos públicos con el fin de ejercer control político y decidir sobre la financiación de programas, nuevas obras o proyectos por medio de la asignación de dichos recursos a través del presupuesto público.

Las instituciones de control externo, que con base en el sistema de contabilidad y la información individual o agregada reportada por la entidad contable pública, desarrollan controles de tipo fiscal, disciplinario, político y ciudadano sobre el manejo, uso, gestión, conservación y salvaguarda de los recursos y el patrimonio públicos.

Las propias entidades y sus gestores, interesados en realizar seguimiento y control interno a sus operaciones por medio del sistema de contabilidad, así como preparar estados, informes y reportes contables con el fin de conocer su situación financiera, económica, social y ambiental, para realizar una gestión eficiente de los recursos públicos, influir en los cursos de su acción, mantener y salvaguardar el patrimonio público y rendir cuentas a los órganos de control administrativo, fiscal, político y ciudadano.

La Contaduría General de la Nación, para los fines de consolidación y gestión de la información contable pública.

Los agentes nacionales o internacionales que entregan recursos para contribuir a la financiación o prestación de servicios o que realizan inversiones en, y con, las entidades del Sector Público requieren información con el objeto de hacer seguimiento a la destinación de los recursos, al cumplimiento de los compromisos, así como conocer la continuidad operativa de la entidad, el riesgo, la solvencia, la capacidad de gestión para generar flujos de efectivo, la capacidad de pago de sus acreencias y tomar las decisiones que les son inherentes.

Otras personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, grupos de investigación, académicos, gremios económicos, medios de comunicación, agencias internacionales, analistas de inversión, entre otros, que demandan información sobre la situación financiera, económica, social y ambiental de las entidades del Sector Público, para que sirva como fuente de compilación, investigación y divulgación, de acuerdo con necesidades particulares.

Alcance de la Operación Estadística Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales

La Información contable pública reportada por todas las entidades que componen el Estado y que el Régimen de Contabilidad Pública define como Entidad Contable Pública, como se explica en el presente documento en el Marco teórico, lo cual implica que son de todos los alcances geográficos, nacional, departamental, municipal, regional, o del orden central o descentralizado. Los datos reportados a la CGN son los que se refieren al formulario CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS y descarta la información reportada en los formularios:

-	CGN2005_002_OPERACIONES_RECIPROCAS,
-	CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO y
-	CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL.

El alcance temático se centra en la Información contable pública, entendida como “una denominación genérica que se le da al resultado del proceso contable”  (Contaduría General de la Nación, 2007), la cual está orientada a satisfacer con equidad las necesidades de sus actuales y potenciales usuarios y cumple, como describe el RCP, con características de confiabilidad como la razonabilidad, la objetividad y la verificabilidad, la cual es producida por cada entidad estatal y reportada a la CGN, siguiendo los criterios y el procedimiento descrito en el Régimen de Contabilidad Pública, la Guía para la elaboración de los formularios CHIP categorías - CGN, la página web www.chip.gov.co <http://www.chip.gov.co>, resoluciones y demás actos administrativos expedidos por el Contador General de la Nación en relación a dicho tema.]]>
      </notes>
    </stdyInfo>
    <method>
      <dataColl>
        <dataCollector abbr="CGN" affiliation="Gobierno Nacional de Colombia">
          Contaduría General de la Nación
        </dataCollector>
        <collMode>
          Autodiligenciamiento libre con formulario electrónico vía página Web
        </collMode>
        <resInstru>
          <![CDATA[El reporte CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS, presenta la información contable de cada una de las entidades del estado; su elaboración y reporte a la CGN es trimestral, para los cortes de los trimestres enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre y octubre-diciembre.

El contenido del reporte es la información de: 

- Saldo inicial que corresponde al saldo con el cual se inició el periodo reportado (debe coincidir con el saldo final del periodo anterior, excepto para las cuentas de resultado en el primer periodo del año).
- Los movimientos debito serán los acumulados durante el trimestre reportado, en cada una de las subcuentas.   
- Los movimientos crédito serán los acumulados durante el trimestre reportado, en cada una de las subcuentas. 
- El saldo Final será el valor calculado, partiendo del saldo inicial y adicionando o restando los movimientos debito y crédito del trimestre correspondiente, según la clase a que corresponda la subcuenta reportada.
- El saldo final corriente y el saldo final no corriente, será clasificado por la entidad acorde al atributo de liquidez de los activos o derechos y exigibilidad en los pasivos u obligaciones. Las cuentas patrimoniales (clase 3), ingresos (clase 4), gastos (clase 5), costos (clases 6 y 7) y las cuentas de orden (clases 8 y 9) siempre se reportaran como “saldo final no corriente”.

La Entidad debe realizar el reporte a nivel de subcuenta, el CHIP local en el proceso de validación, realizará los cálculos algebraicos verticales desde la “cuenta” hasta la “clase”.]]>
        </resInstru>
        <sources/>
        <actMin>
          <![CDATA[Durante el proceso de recaudo y verificación de la información existen controles previos, controles de envío, controles posteriores y medidas correctivas.

Controles previos: 

- El reporte debe producirlo un profesional Contador Público.
- En todas las entidades debe existir una oficina asesora de Control Interno, la que se encargara de verificar el Control Interno Contable.
- El CHIP cuenta con un aplicativo para instalación en cada una de las Entidades, se identifica como CHIP LOCAL, en él la Entidad puede efectuar la labor de validación de prueba, con base en un grupo de expresiones de validación y se genera un informe con los errores encontrados en el reporte, así la Entidad tiene la oportunidad de efectuar las correcciones requeridas.

Controles de envío: 

- Al instante de recibir la información vía Web, se efectúa la validación en el CHIP Central, incorporando nuevas expresiones de validación que verifican la información contra los reportes de periodos anteriores, si como resultado de esta validación se detectan errores se informa a la Entidad para que efectúe las correcciones y reenvíe la información vía CHIP.  

Controles y seguimiento posteriores: 

- Una vez recibida la información, validada y cargada a la base de datos, el analista que tiene a cargo la entidad procede a elaborar la Evaluación de la información financiera con la herramienta creada para tal fin, envía las observaciones a la entidad para que procedan a corregir o aclarar los puntos que forman parte de tal evaluación y de ser necesario repetir el proceso de envío mediante el CHIP. 
- Se realizan cruces de información con otras entidades, para verificar los registros de operaciones reciprocas lo que impacta en la consolidación y generación de los balances públicos
- Se realizan requerimientos a las entidades Omisas y un seguimiento continuo para lograr su incorporación a la información de la CGN.
- La información es auditada por la Contraloría correspondiente (Contraloría General de la República, Contralorías Departamentales, Contralorías Distritales o Contralorías Municipales), por ser el Órgano máximo de control fiscal.

Medidas correctivas: 

Con los resultados de las evaluaciones y seguimiento se generan informes para los entes de control: Procuraduría General de la Nación, Contralorías y Junta Central de Contadores. Las anteriores en la actualidad poseen poder sancionatorio.

FORMULARIOS

Los formularios de una categoría de información son las diferentes vistas de presentación definidas por el usuario estratégico Administrador De una categoría. Los formularios se obtienen de la agrupación de variables cuantitativas y/o cualitativas con sus correspondientes variables de encabezado y detalle. Una variable cuantitativa solo puede estar asociada a uno y solo un formulario. Los formularios mantienen el árbol de conceptos definidos para la categoría, esto quiere decir que todos los formularios definidos para una categoría tienen el mismo árbol de conceptos. El usuario estratégico de acuerdo a sus necesidades, es el responsable de parametrizar los formularios de sus categorías.

Protocolo de Importación

El protocolo de importación se refiere a las especificaciones de un formulario en cada corte, relacionadas con su estructura. Dichas especificaciones deben cumplirse estrictamente de lo contrario se generan errores en la importación. Este protocolo puede consultarlo en la página www.chip.gov.co /información de categorías/Prot.Importación. Seleccione el año y la entidad, luego seleccione la categoría, el período y el formulario. También puede consultarlo desde el CHIP-LOCAL por la opción Formularios/Generar protocolo de importación. Seleccione el año, entidad, categoría, período y formulario. Antes de consultar el protocolo debe actualizar versión si se requiere y formularios del corte y categoría respectiva.

El protocolo puede variar en cada corte, de hecho los conceptos para la categoría contable varían, por cuanto éstos se refieren al catálogo de cuentas aplicable al respectivo período y al ámbito al cual corresponde la entidad. Se recomienda copiarlo en una hoja de Excel (Ctrl C y luego Ctrl V ), con el fin de facilitar la verificación de los conceptos utilizados, ya que si se utilizan cuentas no aprobadas en el ámbito para ese corte, en el proceso de importación se generará un error por “Cuenta inexistente”, por lo que se hace necesario dar cumplimiento al numeral 15 del capítulo I, sección II, del título II, del Libro II del Régimen de Contabilidad Pública, donde se indica el procedimiento para incluir un concepto a un ámbito.

Para el diligenciamiento de los formularios es conveniente tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

- El archivo debe llevar únicamente los datos solicitados en el protocolo de importación. Elimine los espacios al final de las filas y columnas, y cualquier otro carácter distinto a los solicitados.
- Los valores no deben llevar separadores de miles en ningún caso.
- Los registros en las variables cuantitativas que no llevan valor, llénelos con cero (0).
- Antes de importar, guarde el archivo en Excel y luego conviértalo a un archivo plano (Texto delimitado por tabulaciones) (*.txt), el cual debe quedar disponible en la carpeta datos formularios para el proceso de importación. El archivo en Excel es útil para efectuar las correcciones.

FORMULARIOS DE LA CATEGORÍA INFORMACIÓN CONTABLE PÚBLICA

Formulario CGN2005_001_Saldos _y_ Movimientos

La estructura y características de este formulario las puede consultar en el Régimen de Contabilidad Pública, en el libro II Manual de Procedimientos, título II Procedimientos y Doctrina Contable Pública, Sección II Procedimientos relativos a los estados, informes y reportes contables, Capítulo I Procedimiento contable para el diligenciamiento y envío de los reportes contables relacionados con la información financiera, económica, social y ambiental a la Contaduría General de la Nación a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP, numerales 4 y 5. En el CHIP los formularios se pueden diligenciar directamente en el aplicativo o importando un archivo en Excel previamente elaborado.

Una vez terminado el formulario en Excel, se debe guardar como archivo plano para luego realizar su importación al CHIP. La conversión del archivo a plano se hace guardando el archivo en Excel como archivo texto (delimitado por tabulaciones) (*.txt) y contestando “SI” en todas las cajas de dialogo hasta que finalmente el archivo queda guardado como plano.]]>
        </actMin>
        <cleanOps>
          <![CDATA[Consolidación de Archivos

Los registros en base de datos se incluyen a nivel de subcuentas y se utilizan para reportar la información contable correspondiente al saldo inicial, movimientos débito y crédito y saldo final, en las fechas de corte y por cada período definido. El saldo final se discrimina en porción corriente y no corriente.

Ref1.: Régimen de Contabilidad Pública - Libro 2 (Manual de Procedimientos) - Título 2 (Procedimientos y Doctrina Contable Pública) - Sección 2 (Procedimientos Relativos a los Estados, Informes y Reportes Contables) - Capítulo 1 (Procedimiento Contable para el diligenciamiento y envío de los resportes contables relacionados con la información financiera, económica, socila y ambiental a la Contaduría General de la Nación a través del sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP) - Numerales 2 y 4.

Ref2.: La clasificación de los registros se puede consultar en la carpeta: otros materiales de referencia.

Normas de Validación y Consistencia

En el proceso de validación y envío del formulario, el sistema le advierte a la entidad contable públiuca sobre diferentes tipos de mensajes que indican que la información no cumple con algún parámetro de validación previamente definido por la CGN, los cuales estan clasificados en permisibles y no permisibles.
Los mensajes permisibles indican que la entidad contable pública debe revisar y analizar la información que va a enviar para determinar si hay lugar a modificación de la misma. Este mensaje es una advertencia pero no es impedimento para el envío.
Los mensajes no permisibles indican que la entidad contable pública presenta deficiencias en la información a reportar y que el sistema no le permitirá el envío, hasta tanto se realice la modificación que corresponda.

Ref3.: Régimen de Contabilidad Pública - Libro 2 (Manual de Procedimientos) - Título 2 (Procedimientos y Doctrina Contable Pública) - Sección 2 (Procedimientos Relativos a los Estados, Informes y Reportes Contables) - Capítulo 1 (Procedimiento Contable para el diligenciamiento y envío de los resportes contables relacionados con la información financiera, económica, socila y ambiental a la Contaduría General de la Nación a través del sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP) - Numeral 16.

Ref4.: Las normas de validación y consistencia se pueden consultar en la carpeta: otros materiales de referencia.]]>
        </cleanOps>
      </dataColl>
      <notes>
        <![CDATA[a) Sensibilización

A continuación se detallan los diferentes instrumentos que permiten utilizar el CHIP de una manera adecuada, lo anterior como el proceso primordial de las entidades públicas para reportar la información contable pública a la CGN y así publicar los Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales.

Páginas Web www.chip.gov.co <http://www.chip.gov.co> y www.contaduria.gov.co <http://www.contaduria.gov.co>, por medio de las cuáles los usuarios y en especial las entidades públicas reportantes pueden consultar todo acerca del procedimiento para transmitir la información a la CGN, además de encontrar respuestas a las dudas que se generen con respecto a dicho procedimiento, a las fechas límites de transmisión de la información, a las prórrogas, a las modificaciones al Catálogo General de Cuentas, etc..

De igual forma la CGN cuenta con una línea gratuita nacional de atención al ciudadano 018000123388, una línea de atención al usuario en Bogotá, Apoyo CHIP 57-1-4926400 ext. 633 y un correo electrónico dedicado mesadeservicio@contaduria.gov.co <mailto:mesadeservicio@contaduria.gov.co>, medios de comunicación por medio de los cuáles recibirá toda la atención y el apoyo que necesiten cada una de las entidades reportantes. También la página Web de la CGN ofrece el link Solicitud de asistencia y apoyo técnico, por medio del cual cualquier usuario de la CGN, en especial todas las entidades públicas reportantes podrán formular preguntas o inquietudes de tipo contable o sobre los errores de validación que se le presentaron en los formularios de la categoría CGN.

La CGN en cumplimiento de sus funciones como autoridad de la Contabilidad Pública en Colombia realiza capacitaciones con dos propósitos. El primero es prestar educación continuada de carácter técnico contable a los responsables de la información financiera, económica, social y ambiental en las entidades sujetas al Régimen de Contabilidad Pública. Se atienden únicamente solicitudes realizadas por personas jurídicas de derecho público.

El segundo propósito es ofrecer información y capacitación a los ciudadanos vinculados a organizaciones de la sociedad civil que interactúan con la Contaduría General de la Nación (gremios, veedurías, universidades, medios de comunicación, asociaciones de profesionales, etc.).

Asimismo, la CGN mantiene en operación continua la mesa de servicios nivel 1 en las cuales se han dispuesto un grupo de profesionales cuyo propósito es orientar a las entidades reportantes en aquellos aspectos relacionados con la operación y manejo del sistema CHIP, es decir dan apoyo técnico y soporte en los procesos de instalación y operación del CHIP-Local, tales como:

-	Instalación del aplicativo CHIP-Local
-	Restauración de contraseña Web
-	Consulta de información enviada por la entidad
-	Generación de actualizadores (Sólo para casos excepcionales)
-	Identificación de problemas en el manejo del sistema
-	Direccionamiento a Mesa de Servicios Nivel 2 de los diferentes usuarios estratégicos

Las entidades pueden comunicarse directamente a la mesa de servicios Nivel 1 por la línea 57-1-4926400 en Bogotá D.C., donde recibirán asesoría personalizada.

Igualmente, la CGN ofrece la mesa de servicios nivel 2 en la que se tiene dispuesto un grupo de profesionales, “Analistas de Gestión” los cuales dan apoyo y orientación a las entidades reportantes de sus categorías, en todo lo relacionado con los formularios y la información que reportan de dichas categorías, tales como:

-	Diligenciamiento de los formularios
-	Errores de validación
-	Criterios de registro relacionados con los conceptos según la categoría
-	Normatividad aplicable a cada categoría

En la página www.chip.gov.co <http://www.chip.gov.co> encontrará en la parte derecha, los respectivos link de los
usuarios estratégicos que le permiten consultar los instructivos, documentos y los teléfonos de contactos de las respectivas categorías de información.

Para el caso de las categorías de la CGN pueden comunicarse por el PBX 57-1-4926400  con su respectivo analista, cuyo nombre lo encontraran cuando ingresen con su respectivo usuario y contraseña en la página Web del CHIP.

b) Capacitación

De manera general el Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano (GIT de Talento Humano) de la CGN prepara anualmente el Plan Institucional de Capacitaciones, el cual obedece a las necesidades de capacitación y formación del personal que labora en la entidad, entre ellas quienes actúan en la Operación Estadística en cuestión.

De manera particular, la entidad a través del GIT de Talento Humano nuevamente, define el Proyecto de Aprendizaje en Equipo, el cual se realiza para resolver las necesidades de capacitación prioritarias y se desarrolla por equipos de trabajo. Este proyecto pretende favorecer el fortalecimiento de las competencias necesarias para el desempeño de los servidores y de esta manera contribuir a la solución de los problemas en el trabajo y al proceso de modernización de la entidad.

c) Selección y contratación de personal

Dado que la Operación Estadística Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales es parte fundamental de los procesos misionales de la CGN, el personal que labora en la entidad es el que se hace cargo. Aunque es de aclarar, que quienes realizan los envíos de información son personas contratadas por cada una de las entidades contables públicas y la vinculación de ellos se rige por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública en primera instancia y por el manual de contratación de cada una de las entidades, incluyendo la propia CGN, en cuyo caso se encuentra publicado en la página web de la entidad www.contaduria.gov.co.]]>
      </notes>
      <anlyInfo>
        <dataAppr>
          <![CDATA[Indicador de Calidad:

En el Sistema de Gestión de Calidad, la Subcontaduría de Centralización de la Información ha venido elaborando el siguiente indicador:


COBERTURA EN TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN =
                                                                                      
Nº de entidades aceptadas en el Chip por categoría
------------------------------------------------------------------
Total de entidades activas en Chip]]>
        </dataAppr>
      </anlyInfo>
    </method>
    <dataAccs>
      <useStmt>
        <confDec required="yes">
          <![CDATA[La Contaduría General de la Nación no anonimiza debido a que se trata de información contable pública.

La consulta de la base de datos es pública por lo tanto no tiene restricciones.]]>
        </confDec>
        <contact affiliation="Gobierno Nacional de Colombia" URI="www.contaduria.gov.co" email="contaduria@contaduria.gov.co">
          Contaduría General de la Nación
        </contact>
        <citReq>
          No existen requerimientos oficiales en particular para acreditar la fuente de datos de la Operación Estadística Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales.
        </citReq>
        <conditions>
          No existen condiciones de acceso ni de uso diferentes a las consignadas en la política de privacidad de la CGN, que se puede consultar en la misma página web de la entidad www.contaduria.gov.co
        </conditions>
      </useStmt>
      <notes>
        <![CDATA[a.	Marco teórico

Desde el punto de vista conceptual y técnico, la Contabilidad Pública es una aplicación especializada de la contabilidad que, a partir de propósitos específicos, articula diferentes elementos para satisfacer las necesidades de información y control financiero, económico, social y ambiental, propias de las entidades que desarrollan funciones de cometido estatal, por medio de la utilización y gestión de recursos públicos. Por lo anterior, el desarrollo del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP) implica la identificación y diferenciación de sus componentes, tales como las instituciones, las reglas, las prácticas y los recursos humanos y físicos.

Los elementos que componen el SNCP son: el ente regulador, que es la Contaduría General de la Nación; la regulación contable pública, es decir el Régimen de Contabilidad Pública emitido por el regulador; los sistemas electrónicos o manuales, soporte para la construcción y conservación de la contabilidad; los contadores públicos responsables de la preparación y presentación de la información; las entidades contables públicas que emiten y presentan información y sus representantes legales en calidad de responsables; la información contable pública, estructurada en diferentes tipos de informes contables; los evaluadores internos y externos de la información, como los órganos de control fiscal y las auditorias; y los usuarios de la información contable pública, entre ellos las autoridades de control, de planeación y gestión de las políticas públicas y la ciudadanía.

La adecuada articulación, sinergia y funcionamiento de todos los elementos que componen el SNCP, garantizan el logro de los propósitos para los que ha sido diseñado y la satisfacción de los objetivos y necesidades de los usuarios de la información contable pública.

1. Entidad Contable Pública

Para efectos del SNCP en Colombia, la entidad contable pública es la unidad mínima productora de información que se caracteriza por ser una unidad jurídica y/o administrativa y/o económica, que desarrolla funciones de cometido estatal y controla recursos públicos; la propiedad pública o parte de ella le permite controlar o ejercer influencia importante; predomina la ausencia de lucro y que, por estas características, debe realizar una gestión eficiente; sujeta a diversas formas de control y a rendir cuentas sobre el uso de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público. En consecuencia, la entidad contable pública debe desarrollar el proceso contable y producir estados, informes y reportes contables con base en las normas que expida el
Contador General de la Nación.

La entidad contable pública se caracteriza como unidad jurídica si el acto de creación le determina expresamente la personalidad jurídica; por su parte, se caracteriza como unidad administrativa, las creadas sin personería jurídica por medio de la Constitución Política y demás disposiciones normativas, dotándolas de autonomía para el cumplimiento de funciones específicas de cometido estatal. Se caracterizan como unidades económicas, las unidades a las que se adscriban o destinen recursos públicos para fines específicos, pero carentes de autonomía y/o de personería jurídica.

2. Usuarios de la Contabilidad Pública

La Contabilidad Pública y sus estados, informes y reportes contables constituyen una vía para facilitar y satisfacer las necesidades informativas de los usuarios. Esto implica definir, a partir del análisis de las necesidades de información, a los diferentes usuarios y sus respectivos objetivos frente a la Contabilidad Pública.

Los usuarios de la Contabilidad Pública en Colombia, de acuerdo con las necesidades y usos de la información contable que surge como consecuencia de la caracterización del entorno, son entre otros: La comunidad y los ciudadanos, los organismos de planificación y desarrollo de la política económica y social, los órganos de representación política como el Congreso, las Asambleas y los Concejos, las instituciones de control externo, las propias entidades y sus gestores, la Contaduría General de la Nación, los agentes nacionales o internacionales que entregan recursos para contribuir a la financiación o prestación de servicios o que realizan inversiones en, y con, las entidades del Sector Público, otras personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, grupos de investigación, académicos, gremios económicos, medios de comunicación, agencias internacionales, analistas de inversión, entre otros.

En este sentido, los usuarios requieren información que les permita utilizarla de manera efectiva para un dinámico proceso de toma de decisiones, con independencia del objetivo particular que se quiera satisfacer. Esta información se refiere a:

El cumplimiento de la legalidad, la rendición de cuentas y el control administrativo, fiscal, disciplinario y ciudadano sobre la gestión eficiente; y el uso, mantenimiento y salvaguarda de los recursos públicos, conforme a lo previsto en la Constitución, la ley, los presupuestos, planes, programas y proyectos aprobados.

La situación financiera, económica, social y ambiental de las entidades del sector público referida a la gestión de los recursos y al mantenimiento del patrimonio público, conforme a lo previsto por la política económica y social, así como a los criterios económicos y financieros de otros agentes inversores o acreedores.

El logro de objetivos, metas y nivel de desempeño de las entidades del Sector Público en cumplimiento de las funciones de cometido estatal; su capacidad para mantener el nivel y calidad de los servicios y bienes públicos producidos; la eficiencia en el uso de recursos escasos; la eficacia en la ejecución de planes, proyectos y programas y, su capacidad para el cumplimiento de los compromisos actuales.

El impacto de la gestión y uso de los recursos públicos en el ámbito económico, social y ambiental, orientados a la intervención en beneficio de la comunidad.

Los usuarios, para alcanzar sus diversos objetivos, requieren que las entidades del Sector Público cuenten con un sistema contable que satisfaga sus necesidades por medio de diferentes tipos de estados, informes y reportes contables, los cuales son el resultado de un proceso sistemático, soportado en criterios homogéneos y comparables. Esto implica que el usuario acepte el producto por su confianza sobre el sistema que lo produce.

Desde los criterios de homogeneidad informativa, la totalidad de las necesidades de un grupo de usuarios pueden o no, ser plenamente satisfechas con los estados, informes y reportes contables emitidos por el SNCP. Por lo cual, el SNCP adopta propósitos generales, a partir de las necesidades más significativas de los usuarios, en un marco de condicionantes jurídicos, económicos y sociales del entorno. Por ello, los informes específicos que el emisor divulga deben incluir información complementaria sobre los criterios particulares empleados en el reconocimiento y la preparación de la información contable pública, sus cambios y los efectos producidos en los resultados.

3. Proceso Contable

El proceso contable se define como un conjunto ordenado de etapas que se concretan en el reconocimiento y la revelación de las transacciones, los hechos y las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, que afectan la situación, la actividad y la capacidad para prestar servicios o generar flujos de recursos de una entidad contable pública en particular. Para ello, el proceso contable captura datos de la realidad económica y jurídica de las entidades contables públicas, los analiza metodológicamente, realiza procesos de medición de las magnitudes de los recursos de que tratan los datos, los incorpora en su estructura de clasificación cronológica y conceptual, los representa por medio de instrumentos como la partida doble y la base del devengo o causación en su estructura de libros, y luego los agrega y sintetiza convirtiéndolos en estados, informes y reportes contables que son útiles para el control y la toma de decisiones sobre los recursos, por parte de diversos usuarios.

El Proceso contable, como lo describe el Régimen de Contabilidad Pública se desarrolla en las etapas de: el reconocimiento, la revelación y las operaciones. 

El desarrollo del proceso contable público implica la observancia de un conjunto regulado de principios, normas técnicas y procedimientos de contabilidad.

4. Normalización y Regulación de la Contabilidad Pública

El Régimen de Contabilidad Pública (RCP) es el medio de Normalización y Regulación contable pública en Colombia.

La normalización contable es la identificación de criterios homogéneos, transversales y comparables para la preparación, presentación y conservación de la información contable de un sector, industria, región o país.

La regulación es el acto de autoridad por el cual se exige la aplicación y observancia de un criterio dado o un conjunto de criterios o prácticas de acción, en aras de conseguir o salvaguardar el bienestar general y el interés público.

La regulación de principios, normas técnicas y procedimientos tiene como objeto definir los criterios que deben observarse en el desarrollo del proceso contable definidos en el Régimen de Contabilidad Pública.

El RCP está basado en una estructura metodológica para su construcción. La sujeción a una metodología garantiza coherencia, consistencia y legitimidad conceptual al proceso de regulación y normalización. Así, este régimen no está soportado únicamente en la experticia o en la autoridad legal, sino que se fundamenta en preceptos lógicos y racionales que se contrastan con la realidad organizacional y el entorno jurídico, económico y social en el que se aplica.

El RCP contiene la regulación contable pública de tipo general y específico. La regulación contable pública de tipo general está contenida en el Plan General de Contabilidad Pública (PGCP). La regulación de tipo específico está contenida en el Manual de procedimientos y en la Doctrina Contable Pública.

El PGCP contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), y está integrado por el Marco Conceptual y la estructura y descripciones de las clases.

El Manual de Procedimientos define los criterios y prácticas que permiten desarrollar las normas técnicas y contiene las pautas instrumentales para la construcción del SNCP.
 
La doctrina contable pública está conformada por los conceptos que interpretan las normas contables, emitidos por el Contador General de la Nación, los cuales son de carácter vinculante.

5. Propósitos del Sistema Nacional de Contabilidad Pública

El SNCP debe satisfacer exigencias que se definen como Propósitos, los cuales corresponden a los supuestos básicos que expresan los fines del SNCP, con sujeción a las restricciones y condiciones que el entorno jurídico, económico y social del Sector Público Colombiano, le imponen. Estos propósitos son condicionantes del desarrollo conceptual e instrumental de la regulación contable pública y se articulan con la entidad contable pública, los usuarios y objetivos de la información contable pública, que a su vez son la base para identificar las características cualitativas que la información debe cumplir, y definir los principios y normas técnicas de contabilidad pública.

Los Propósitos del SNCP son: Control, Rendición de Cuentas, Gestión Eficiente y Transparencia, los cuales son ampliamente explicados en el Régimen de Contabilidad Pública.

6. Objetivos de la Información Contable Pública

Con el fin de satisfacer las demandas informativas de los usuarios individualmente considerados, así como en respuesta a las necesidades por información agregada y consolidada, el SNCP se orienta por Propósitos. Mientras los Propósitos se refieren a los fines del SNCP, los Objetivos están relacionados con la información contable pública, según las necesidades de los usuarios.

Los objetivos de la información contable pública buscan hacer útiles los estados, informes y reportes contables considerados de manera individual, agregada y consolidada provistos por el SNCP, satisfaciendo el conjunto de necesidades específicas y demandas de los distintos usuarios. En este sentido, el Marco Conceptual del Plan General de Contabilidad Pública identifica como objetivos de la información contable los de Gestión Pública, Control Público, y Divulgación y Cultura, expuestos de manera completa en el Régimen de Contabilidad Pública.

7. Características Cualitativas de la Información Contable Pública

Las características cualitativas de la información contable pública constituyen los atributos y restricciones esenciales que identifican la información provista por el SNCP y que permiten diferenciarla de otro tipo de información.

Las características cualitativas de la información contable tienen por objeto cumplir y validar los propósitos del SNCP y garantizar la satisfacción equilibrada de los objetivos de los distintos usuarios. Se interrelacionan en conjunto y aseguran la calidad de la información.

La información contable pública está orientada a satisfacer con equidad las necesidades informativas de sus usuarios reales y potenciales, quienes requieren que se desarrolle observando las características cualitativas de Confiabilidad, Relevancia y Comprensibilidad. Las características cualitativas que garantizan la Confiabilidad son la Razonabilidad, la Objetividad y la Verificabilidad; con la Relevancia se asocian la Oportunidad, la Materialidad y la Universalidad; y con la Comprensibilidad se relacionan la Racionalidad y la Consistencia. También, son conceptos definidos en el RCP.

8. Principios de Contabilidad Pública

Los Principios de contabilidad pública constituyen pautas básicas o macrorreglas que dirigen el proceso para la generación de información en función de los propósitos del SNCP y de los objetivos de la información contable pública, sustentando el desarrollo de las normas técnicas, el manual de procedimientos y la doctrina contable Pública. Los Principios de Contabilidad Pública, explicados en el Régimen de Contabilidad Pública son: Gestión continuada, Registro, Devengo o Causación, Asociación, Medición, Prudencia, Período contable, Revelación, No compensación y Hechos posteriores al cierre.

9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública

En desarrollo de los principios de registro, medición y revelación, la norma técnica precisa los criterios que deben tenerse en cuenta al preparar y presentar información financiera, económica, social y ambiental, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública. Dichos criterios son compilados de manera particular para: las etapas de reconocimiento y revelación de los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales, activos, pasivos, patrimonio, las cuentas de actividad financiera, económica, social y ambiental, las cuentas de orden, los soportes, comprobantes y libros de contabilidad, los estados, informes y reportes contables y los hechos posteriores al cierre.

b.	Marco conceptual

La terminología particular utilizada en el presente documento y que hace referencia a la Operación Estadística Saldos y Movimientos de las Entidades del Estado, es muy especializada, dado que se refiere a la técnica contable, a sus principios y bases conceptuales y a la propia operación del proceso contable público. Es por ello que en el año 2009, la CGN ha editado un diccionario de términos de contabilidad pública en físico y actualmente lo tiene al servicio de todo el mundo en su página web. De igual manera, el Régimen de Contabilidad Pública, editado por LEGIS, cuenta con un índice alfabético-informativo y un índice cronológico-normativo, por medio de los cuales se logra una ágil consulta de los diferentes conceptos surgidos en el tema contable público.

De todas formas, los principales conceptos base de la Operación Estadística son: 

Saldos y Movimientosde de las Entidades Estatales: es una operación estadística particular, que presenta unos registros organizados según el Catálogo General de Cuentas como su estructura fundamental, la cual obedece a la técnica contable, principios y reglas de la contabilidad pública compilada en el Régimen de Contabilidad Pública. Así dicha estructura parte de un saldo inicial, el cual es alimentado por unos movimientos débito y crédito, obteniendo como resultado un saldo final, el cual también es expresado en términos de corriente y no corriente, como ya se había explicado.

Saldo final corriente: corresponde a una porción del saldo final, clasificado y definido bajo el concepto de “Corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos así: 

El activo corriente comprende los bienes y derechos que razonablemente pueden ser convertidos en efectivo, o que por su naturaleza pueden realizarse o consumirse, en un período no superior a un año, contado a partir de la fecha del balance general. El pasivo corriente agrupa las obligaciones derivadas de las  actividades de la entidad contable pública, exigibles en un período no mayor de un año, contado a partir de la fecha del balance general. El valor corriente debe conservar  el signo correspondiente a la columna del saldo final.

Saldo no corriente: corresponde a una porción del saldo final, el cual  la entidad contable pública ha clasificado y definido bajo el concepto de “No Corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos, así: 

El activo no corriente está constituido por los bienes y derechos de relativa permanencia que se adquieren con el fin de utilizarlos, consumirlos o explotarlos y no con la intención de comercializarlos. El pasivo no corriente corresponde a las obligaciones derivadas de las actividades de la entidad contable pública exigibles en un período mayor a un año, contado a partir de la fecha del balance general. El valor  no corriente debe conservar el signo correspondiente a la columna del saldo final.

Entidad Contable Pública: es la unidad mínima productora de información que se caracteriza por ser una unidad jurídica y/o administrativa y/o económica, que desarrolla funciones de cometido estatal y controla recursos públicos; la propiedad pública o parte de ella le permite controlar o ejercer influencia importante; predomina la ausencia de lucro y que, por estas características, debe realizar una gestión eficiente; sujeta a diversas formas de control y a rendir cuentas sobre el uso de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público. En consecuencia, la entidad contable pública debe desarrollar el proceso contable y producir estados, informes y reportes contables con base en las normas que expida el Contador General de la Nación.

Contabilidad Pública: es una aplicación especializada de la contabilidad que, a partir de propósitos específicos, articula diferentes elementos para satisfacer las necesidades de información y control financiero, económico, social y ambiental, propias de las entidades que desarrollan funciones de cometido estatal, por medio de la utilización y gestión de recursos públicos.

Información Contable Pública: se entiende como “una denominación genérica que se le da al resultado del proceso contable”, la cual está orientada a satisfacer con equidad las necesidades de sus actuales y potenciales usuarios y cumple, como describe el Régimen de Contabilidad Pública, con características de confiabilidad como la razonabilidad, la objetividad y la verificabilidad, la cual es producida por cada entidad estatal y reportada a la CGN, siguiendo los criterios y el procedimiento descrito en el Régimen de Contabilidad Pública, la Guía para la elaboración de los formularios CHIP categorías - CGN, la página web www.chip.gov.co <http://www.chip.gov.co>, resoluciones y demás actos administrativos expedidos por el Contador General de la Nación en relación a dicho tema.

Proceso contable: se define como un conjunto ordenado de etapas que se concretan en el reconocimiento y la revelación de las transacciones, los hechos y las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, que afectan la situación, la actividad y la capacidad para prestar servicios o generar flujos de recursos de una entidad contable pública en particular.

Catálogo General de Cuentas: Se constituye en el instrumento para el reconocimiento y revelación de los hechos, transacciones y operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, con base en una clasificación ordenada, flexible y pormenorizada de las cuentas, que identifica la naturaleza y funciones de cometido estatal de la entidad contable pública.

Régimen de Contabilidad Pública: es el medio de Normalización y Regulación contable pública en Colombia. La normalización contable es la identificación de criterios homogéneos, transversales y comparables para la preparación, presentación y conservación de la información contable de un sector, industria, región o país. Y la regulación es el acto de autoridad por el cual se exige la aplicación y observancia de un criterio dado o un conjunto de criterios o prácticas de acción, en aras de conseguir o salvaguardar el bienestar general y el interés público.

Registro Administrativo: son una serie de datos sobre una acción sujeta a control o regulación que son obtenidos por una entidad del sector público o privado como parte de su función, y que resulta de necesidades tributarias u otras. Estos datos son creados con la finalidad de viabilizar la administración de los programas de gobierno, o para fiscalizar el cumplimiento de obligaciones legales para la sociedad.

c.	Marco legal

Contempla, entre otras, las siguientes disposiciones:

·	Constitución Política de Colombia
En el Artículo 354 se determina la función de elaborar el Balance General de la Nación y consolidarlo con el de las entidades descentralizadas territorialmente y por servicios, cualquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan.

·	Ley 298 de 1996
Desarrolla la función del Contador General de la Nación establecida en la Constitución Política de Colombia, al señalar que le compete fijar las normas, criterios y procedimientos que deberán adoptar los gobernadores, alcaldes y demás funcionarios responsables del manejo de estas entidades, con el fin de adelantar la respectiva fase del proceso de consolidación, así como la producción de información consolidada que deberán enviar a la CGN.

·	Decreto 143 de 2004
Por el cual se modifica la estructura de la Contaduría General de la Nación y se determinan las funciones de sus dependencias. Adicionalmente en su Artículo 1° establece: “Objetivos. Corresponde a la Contaduría General de la Nación, a cargo del Contador General de la Nación, llevar la contabilidad general de la Nación y consolidarla con la de las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan. Igualmente, uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley”.

·	Resolución 222 del 5 de julio de 2006
Por la cual se adopta el Régimen de Contabilidad Pública.

·	Resolución 555 de 1 de diciembre de 2006 
Mediante la cual se expide el Catálogo General de Cuentas.

·	Resolución 248 del 6 de julio de 2007
Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la Contaduría General de la Nación. 

·	Resolución 356 del 5 de septiembre de 2007 
Por la cual se adopta el manual de procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.

·	Resolución 375 del 17 de septiembre de 2007 
Mediante la cual se modifican los artículos 10º y 11º de la Resolución 248 del 6 de julio de 2007.]]>
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  <fileDscr ID="F1" URI="COL_CGN_SYM_2011-2014.Nesstar?Index=0&amp;Name=Saldos Y movimientos">
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        Saldos Y movimientos.NSDstat
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        <![CDATA[El formulario CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS es el cuadro de datos por medio del cual las entidades del estado envían su información contable pública a la CGN, información que es guardada en una bodega de datos, la cual puede ser consultada por los usuarios de la información contable pública en la página web www.chip.gov.co. En dicha página web, se puede encontrar el link de consultas, las cuales se pueden realizar por entidad contable pública, además se puede consultar las características principales de la entidad contable pública seleccionada como: datos de ubicación, datos del encargado de la información, clasificadores, naturaleza, etc. La información consultada puede ser filtrada  por cada una de las agregaciones del catálogo de cuentas, es decir, que la información se puede consultar a nivel clase, grupo, cuenta o subcuenta. De igual forma, se puede realizar una consulta más dinámica utilizando el link “Bodega de Datos” en el cual se podrán realizar búsquedas predefinidas como series históricas, agregado departamento y comparativo entidad multi-periodo, también se pueden realizar consultas en reportes predefinidos como: Comparativo Saldo Final Clase, Comparativo Saldo Inicial Actual Vs Saldo Final Anterior, Saldos Finales Nivel Clase, etc..

Las entidades del estado colombiano reportan a la CGN como ya se indicó, en el formulario CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS y dicha información previa validación de calidad de  la información, se puede consultar en la página web www.chip.gov.co como consultas y reportes que presentan la información en el mismo orden, es decir, saldo inicial, movimientos débito y crédito, saldo final, saldo final corriente y saldo final no corriente, lo cual se explica a continuación según el RCP:

a. Estructura y diligenciamiento de formularios 

Los formularios constituyen el mecanismo a través del cual, las entidades reportan la información financiera, económica, social y ambiental de naturaleza cuantitativa y cualitativa, es decir, son las diferentes estructuras informáticas que se obtienen a partir de las categorías de información y se integran por la agrupación de conceptos y variables. 

b. Aspectos generales y técnicos de los formularios

Valores de reporte. Los valores se diligencian en Miles de Pesos. 

Nivel de desagregación. Los datos se incluyen a nivel de subcuentas. 

Actualización de formularios. Las entidades contables públicas deben tener en cuenta que antes de iniciar el diligenciamiento de los formularios se debe realizar el proceso de actualización de los mismos, siempre que la Contaduría General de la Nación así lo publique en la página web del CHIP, actividad que se efectúa a través de la funcionalidad definida para el efecto en el sistema CHIP LOCAL. 

Igualmente, se debe tener en cuenta que si la Contaduría General de la Nación desarrolla una nueva versión del aplicativo, las entidades deben actualizar en el CHIP LOCAL el aplicativo a la nueva versión, antes de actualizar  los respectivos formularios. 

Medios de incorporación de información al Sistema CHIP. Las entidades contables públicas disponen en el Sistema CHIP de dos funcionalidades a través de las cuales se incorpora la información a reportar: 

  a) Diligenciamiento directo en el sistema de los formularios definidos, en los términos del presente procedimiento. 

  b) Importación de la información al sistema a través de archivos planos, cuyos aspectos técnicos de esta funcionalidad se encuentran incorporados en el sistema de ayuda en línea del aplicativo local.

c. Formularios definidos para las categorías de información. 

Para el efecto se definen los siguientes formularios:

1.) CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS 
2.) CGN2005_002_OPERACIONES_RECIPROCAS  
3.) CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO 
4.) CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL 

Para el caso de la Operación Estadística Saldos y Movimientos de las Entidades Estatales, se define el formulario CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS, el cual se utiliza para reportar la información contable correspondiente al saldo inicial, movimientos débito y crédito y saldo final, en las  fechas de corte y por cada período definido. 

El saldo final se discrimina en porción corriente y no corriente. El saldo inicial corresponde al saldo final del período inmediatamente anterior. La sumatoria de los movimientos débito debe ser igual  a la sumatoria de los movimientos crédito. Los saldos al final de cada período deben conservar la ecuación contable, los cuales constituyen el balance de prueba.

La estructura del formulario CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS es la siguiente:

Encabezado del formulario. Los datos de encabezado aparecen automáticamente como parte del esquema del formulario, una vez la entidad haya efectuado la actualización respectiva. Es decir, la entidad no requiere diligenciarlos a través del Sistema CHIP.  

Descripción de conceptos. Los conceptos corresponden a las subcuentas definidas en el Catálogo General de Cuentas establecidas y habilitadas a través de los respectivos ámbitos para la entidad contable pública. Estos conceptos aparecen automáticamente al seleccionar el formulario a diligenciar. 

DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE VARIABLES CUANTITATIVAS.

Saldo inicial. Para cada período de la categoría a reportar, el saldo inicial corresponde al saldo final del período inmediatamente anterior. Este dato debe ser diligenciado por la entidad.

Cuando una entidad reporta por primera vez a través del sistema la variable saldo inicial debe ser reportada en cero (Debe digitarse el número 0), se incluyen las creadas, producto de un proceso de escisión o fusión, cuando presenta su primer reporte. Cuando la fusión se da por absorción, en la variable de saldo inicial se debe reportar la información de la entidad absorbente y los valores que se incorporan del organismo absorbido deben reportarse conjuntamente con el movimiento de la absorbente.

La variable saldo inicial debe diligenciarse a nivel de subcuenta, toda vez que el Sistema CHIP Local realizará automáticamente las sumas algebraicas verticales a partir de la “Cuenta” hasta la “Clase” respectiva.

Los valores deben ser positivos, es decir, sin signo. Se exceptúan las subcuentas que tengan el atributo “NATURALEZA” contrario a la de su clase, como sucede con las cuentas valuativas relativas a la Depreciación, Provisiones, Amortizaciones, Agotamiento y aquellas subcuentas, cuentas y grupos que siendo de igual NATURALEZA a la de la clase, por situaciones extraordinarias la dinámica permite saldos contrarios, como sucede con las cuentas Resultado del ejercicio, Pensiones actuales por amortizar, Patrimonio público incorporado y la clase Patrimonio, entre otras. Estas excepciones se reportan con signo negativo (Atributo de la cuenta “Ambisigno”). 

Movimientos débitos y créditos. Los valores de las subcuentas deben diligenciarse  en todos los casos sin signos. Estos valores corresponden a los registrados por la entidad contable pública entre el primero y el último día del período de reporte establecido en la categoría.  

Movimiento débito. Corresponde al valor de la sumatoria de los movimientos débito de la respectiva subcuenta, registrados durante el período de reporte.

Movimiento crédito. Corresponde al valor de la sumatoria de los movimientos crédito de la respectiva subcuenta, registrados durante el período de reporte. 

Saldo final. Corresponde a la suma algebraica que resulte de los valores incluidos en las variables saldo inicial, movimiento débito y movimiento crédito, dependiendo de la naturaleza de la clase a la que pertenezca el concepto. El Sistema CHIP Local hará el cómputo en cada entidad en el momento de ejecutar la funcionalidad de validación o de cálculo.

Si la clase a la cual pertenece la subcuenta tiene asignado el atributo “Naturaleza Débito”, tomará el valor de la columna “Saldo inicial”, le sumará el valor registrado en la columna movimiento “Débito” y restará el valor registrado en la columna movimiento “Crédito”. 

Si la clase a la cual pertenece la subcuenta tiene asignado el atributo “Naturaleza Crédito”, tomará el valor de la columna “Saldo Inicial”, le restará el valor registrado en la columna movimiento “Débito” y sumará el valor registrado en la columna movimiento “Crédito”. 

Una vez realizados los cálculos descritos anteriormente, el “Saldo Final” deberá conservar las mismas reglas establecidas para el “Saldo Inicial”. 

Distribución del saldo final en Corriente y no Corriente. Se debe distribuir el valor de la columna “Saldo Final” en las columnas “Saldo Final  Corriente” y “Saldo Final No Corriente”, teniendo en cuenta el atributo LIQUIDEZ en los activos y EXIGIBILIDAD en los pasivos, conservando el signo de la variable saldo final. 

En todo caso, el saldo final de las cuentas de Patrimonio, Ingresos, Gastos, Costos y Cuentas de Orden, se ubica en la columna del Saldo Final No Corriente, conservando el signo correspondiente de la variable Saldo Final. 

Saldo final corriente. Corresponde a una porción del saldo final, clasificado y definido bajo el concepto de “Corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos así: 

El activo corriente comprende los bienes y derechos que razonablemente pueden ser convertidos en efectivo, o que por su naturaleza pueden realizarse o consumirse, en un período no superior a un año, contado a partir de la fecha del balance general. El pasivo corriente agrupa las obligaciones derivadas de las  actividades de la entidad contable pública, exigibles en un período no mayor de un año, contado a partir de la fecha del balance general. El valor corriente debe conservar  el signo correspondiente a la columna del saldo final.

Tratándose de entidades en proceso de liquidación, fusión o escisión, deben atenderse los procedimientos relativos a la presentación de información definidos en el procedimiento expedido por la Contaduría General de la Nación. 

Saldo final no corriente. Corresponde a una porción del saldo final, el cual  la entidad contable pública ha clasificado y definido bajo el concepto de “No Corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos, así: 

El activo no corriente está constituido por los bienes y derechos de relativa permanencia que se adquieren con el fin de utilizarlos, consumirlos o explotarlos y no con la intención de comercializarlos. El pasivo no corriente corresponde a las obligaciones derivadas de las actividades de la entidad contable pública exigibles en un período mayor a un año, contado a partir de la fecha del balance general. El valor  no corriente debe conservar el signo correspondiente a la columna del saldo final. 

Tratándose de entidades en proceso de liquidación, fusión o escisión, deben atenderse los procedimientos relativos a la presentación de información definidos en el procedimiento expedido por la Contaduría General de la Nación.]]>
      </fileCont>
      <fileStrc type="relational">
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        Nesstar 200801
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        Contaduría General de la Nación
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          Versión 1 (A 31 de diciembre de 2011)
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    <var ID="V2" name="periodo" files="F1" intrvl="discrete">
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        Periodo
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        <qstnLit>
          Periodo
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        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
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        0
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        Periodo de aplicación de la categoria. Actualmente la periodicidad es trimestral y los periodos se designan como "2007 Trim 1" a "2011 Trim 4"
      </txt>
      <varFormat type="character" schema="other"/>
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    <var ID="V4" name="id_entidad" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="11" EndPos="25" width="15" RecSegNo="1"/>
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        Id Entidad
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        Directo
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          Id Entidad
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        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
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        Identificador único de las entidades contables públicas asignado por la Contaduría General de la Nación.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
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        Razon Social
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        Directo
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          Razon Social
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      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Nombre registrado de la entidad en la Contaduría General de la Nación, el cual se puede consultar en la web www.chip.gov.co en consultas y datos de entidad.
      </txt>
      <varFormat type="character" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V16" name="sector" files="F1" intrvl="discrete">
      <location width="20" RecSegNo="1"/>
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        Sector
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      <respUnit>
        Directo
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          Sector
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      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
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      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Indica si la entidad pertenece al nivel Nacional o Territorial.
      </txt>
      <varFormat type="character" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V21" name="departamento" files="F1" intrvl="discrete">
      <location width="80" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        Departamento
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      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Departamento
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Departamento en el que está ubicada la entidad.
      </txt>
      <varFormat type="character" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V6" name="codigo" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="106" EndPos="115" width="10" RecSegNo="1"/>
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        Código Cuenta
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Código Cuenta
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
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      </sumStat>
      <txt>
        Código del concepto contable, es decir el código asignado a la cuenta según el Catálogo General de Cuentas.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V18" name="cuenta" files="F1" intrvl="discrete">
      <location width="80" RecSegNo="1"/>
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        Descripción Cuenta
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Descripción Cuenta
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Nombre de la cuenta contable, es decir el nombre asignado a la cuenta según el Catálogo General de Cuentas.
      </txt>
      <varFormat type="character" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V8" name="saldo_inicial" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="266" EndPos="285" width="20" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        Saldo Inicial
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Saldo Inicial
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Saldo de la cuenta al inicio del periodo de referencia o el saldo final del período inmediatamente anterior.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V9" name="movimiento_debito" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="286" EndPos="305" width="20" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        Débitos
      </labl>
      <respUnit>
        Directo.
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Débitos
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Valor total de los movimientos de tipo débito realizados a la cuenta durante el periodo de referencia.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V10" name="movimiento_credito" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="306" EndPos="325" width="20" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        Créditos
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Créditos
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Valor total de los movimientos de tipo crédito realizados a la cuenta durante el periodo de referencia.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V11" name="saldo_corriente" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="326" EndPos="345" width="20" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        Corriente
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Corriente
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Porción corriente del saldo, coresponde a lo aplicado durante la vigencia. Corresponde a una porción del saldo final, clasificado y definido bajo el concepto de “corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V12" name="saldo_nocorriente" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location StartPos="346" EndPos="365" width="20" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        No Corriente
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          No Corriente
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        <![CDATA[Porción no corriente de la cuenta, corresponde a las vigencias futuras o de largo plazo. Corresponde a una porción del saldo final, el cual  la entidad contable pública ha clasificado y definido bajo el concepto de “no corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos.]]>
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
    <var ID="V22" name="total" files="F1" dcml="0" intrvl="discrete">
      <location width="20" RecSegNo="1"/>
      <labl>
        Total
      </labl>
      <respUnit>
        Directo
      </respUnit>
      <qstn>
        <qstnLit>
          Total
        </qstnLit>
      </qstn>
      <universe clusion="I">
        Todas las entidades del estado colombiano, definidas en el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) como entidades contables públicas.
      </universe>
      <sumStat type="vald">
        0
      </sumStat>
      <sumStat type="invd">
        0
      </sumStat>
      <txt>
        Corresponde a la suma de las porciones corriente y no corriente de la cuenta. Tambien debe corresponder con la aplicación de los movimientos al saldo incial según la aritmética contable.
      </txt>
      <varFormat type="numeric" schema="other"/>
    </var>
  </dataDscr>
</codeBook>
