{"doc_desc":{"title":"GRDP_2009_2015","idno":"COL-IDEAM-GRDP-2009-2015","producers":[{"name":"Mar\u00eda del Pilar G\u00f3mez Arciniegas","abbreviation":"mpgomeza@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n- DIRPEN","role":"Coordinador Regulaci\u00f3n"},{"name":"Adriana Maria Zapata Maya","abbreviation":"azapata@ideam.gov.co","affiliation":"Instituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales - IDEAM","role":"Profesional Especializado Sub-direcci\u00f3n Estudios Ambientales"},{"name":"Rafael Humberto Zorro Cubides","abbreviation":"rhzorroc@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n- DIRPEN","role":"Verificador DIRPEN"},{"name":"Marly Johanna T\u00e9llez L\u00f3pez","abbreviation":"mjtellezl@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Informaci\u00f3n, Mercadeo y Cultura Estad\u00edstica \u2013 DIMCE","role":"Verificador DIMCE"}],"prod_date":"2017-01-16"},"study_desc":{"title_statement":{"idno":"IDEAM-GRDP-2009-2015","title":"Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - GRDP - 2009 - 2015","alt_title":"GRDP","translated_title":"Generation of Hazardous Residues or Waste"},"authoring_entity":[{"name":"Instituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales - IDEAM","affiliation":""}],"production_statement":{"copyright":"Subdirecci\u00f3n de Estudios Ambientales del IDEAM."},"distribution_statement":{"contact":[{"name":"Adriana Maria Zapata Maya","affiliation":"Profesional Especializado Sub-direcci\u00f3n Estudios Ambientales","email":"azapata@ideam.gov.co","uri":""},{"name":"Instituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales","affiliation":"IDEAM","email":"www.ideam.gov.co","uri":"http:\/\/www.ideam.gov.co\/web\/atencion-y-participacion-ciudadana\/contactenos"}]},"series_statement":{"series_name":"Registros administrativos, otros (ad\/oth]","series_info":"ANTECEDENTES DE LA OPERACI\u00d3N ESTAD\u00cdSTICA\n\nEn el desarrollo de las diferentes actividades humanas se genera una serie de residuos de variada naturaleza y en diferentes estados de la materia; algunos de estos residuos, debido a su composici\u00f3n qu\u00edmica, f\u00edsica y\/o biol\u00f3gica, provocan efectos adversos de diversa magnitud al hombre y al medio ambiente; tal es el caso de los residuos o desechos peligrosos. \n\nSe define como \u201cResiduo\u201d aquellos desechos org\u00e1nicos o inorg\u00e1nicos provenientes de las actividades humanas. Constituyen una fuente primaria de energ\u00eda cuando se recuperan y reutilizan o reciclan.\n\nSe define como \u201cDesecho\u201d al material o conjunto de materiales resultantes de cualquier proceso u operaci\u00f3n que est\u00e9 destinado al desuso, que no vaya a ser utilizado, recuperado o reciclado.\n\nUn \u201cresiduo o desecho peligroso\u201d, en adelante RESPEL, es aquel que por sus caracter\u00edsticas corrosivas, reactivas, explosivas, t\u00f3xicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgos, da\u00f1os o efectos no deseados, directos o indirectos, a la salud humana y el ambiente. As\u00ed mismo, se considerar\u00e1 residuo peligroso a los empaques, envases y embalajes que estuvieron en contacto con ellos. El manejo integral de los RESPEL implica adelantar diversas operaciones tales como almacenamiento, transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposici\u00f3n final de los mismos. \n\nEn este sentido, si bien la responsabilidad del generador de este tipo de residuos se mantienen durante toda su cadena de manejo desde la generaci\u00f3n hasta la disposici\u00f3n final definitiva, los dem\u00e1s actores involucrados tales como los transportistas y gestores de RESPEL, asumen una corresponsabilidad. Los respel se encuentran clasificados dentro del art\u00edculo 2.2.6.1.2.1., Secci\u00f3n 2, Cap\u00edtulo 1, T\u00edtulo 6 del Decreto 1076 de 2015, el cual se bas\u00f3 en la Ley 253 de 1996, por la cual se aprueba el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminaci\u00f3n. La clasificaci\u00f3n de los RESPEL se presenta a continuaci\u00f3n:\n\nLista de residuos o desechos peligrosos por procesos o actividades\n\nY1 Desechos cl\u00ednicos resultantes de la atenci\u00f3n m\u00e9dica prestada en hospitales, centros m\u00e9dicos y cl\u00ednicas.\n\nY2 Desechos resultantes de la producci\u00f3n y preparaci\u00f3n de productos farmac\u00e9uticos.\n\nY3 Desechos de medicamentos y productos farmac\u00e9uticos.\n\nY4 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, la preparaci\u00f3n y la utilizaci\u00f3n de biocidas y productos fitofarmac\u00e9uticos.\n\nY5 Desechos resultantes de la fabricaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de productos qu\u00edmicos para la preservaci\u00f3n de la madera.\n\nY6 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, la preparaci\u00f3n y la utilizaci\u00f3n de disolventes org\u00e1nicos.\n\nY7 Desechos que contengan cianuros, resultantes del tratamiento t\u00e9rmico y las operaciones de temple.\n\nY8 Desechos de aceites minerales no aptos para el uso a que estaban destinados.\n\nY9 Mezclas y emulsiones de desechos de aceite y agua o de hidrocarburos y agua.\n\nY10 Sustancias y art\u00edculos de desecho que contengan, o est\u00e9n contaminados por, bife-nilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o bifenilos polibromados (PBB).\n\nY11 Residuos alquitranados resultantes de la refinaci\u00f3n, destilaci\u00f3n o cualquier otro tratamiento pirol\u00edtico.\n\nY12 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices.\n\nY13 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de resinas, l\u00e1tex, plastificantes o colas y adhesivos.\n\nY14 Sustancias qu\u00edmicas de desecho, no identificadas o nuevas, resultantes de la investigaci\u00f3n y el desarrollo o de las actividades de ense\u00f1anza y cuyos efectos en el ser humano o el medio ambiente no se conozcan.\n\nY15 Desechos de car\u00e1cter explosivo que no est\u00e9n sometidos a una legislaci\u00f3n diferente.\n\nY16 Desechos resultantes de la producci\u00f3n; preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de productos qu\u00edmicos y materiales para fines fotogr\u00e1ficos.\n\nY17 Desechos resultantes del tratamiento de superficie de metales y pl\u00e1sticos.\n\nY18 Residuos resultantes de las operaciones de eliminaci\u00f3n de desechos industriales.\n\nDesechos que tengan como constituyentes:\n\nY19 Metales carbonilos.\n\nY20 Berilio, compuestos de berilio\n\nY21 Compuestos de cromo hexavalente.\n\nY22 Compuestos de cobre.\n\nY23 Compuestos de zinc.\n\nY24 Ars\u00e9nico, compuestos de ars\u00e9nico.\n\nY25 Selenio, compuestos de selenio.\n\nY26 Cadmio, compuestos de cadmio.\n\nY27 Antimonio, compuestos de antimonio.\n\nY28 Telurio, compuestos de telurio.\n\nY29 Mercurio, compuestos de mercurio.\n\nY30 Talio, compuestos de talio.\n\nY31 Plomo, compuestos de plomo.\n\nY32 Compuestos inorg\u00e1nicos de fl\u00faor, con exclusi\u00f3n del fluoruro c\u00e1lcico\n\nY33 Cianuros inorg\u00e1nicos.\n\nY34 Soluciones \u00e1cidas o \u00e1cidos en forma s\u00f3lida.\n\nY35 Soluciones b\u00e1sicas o bases en forma s\u00f3lida.\n\nY36 Asbesto (polvo y fibras).\n\nY37 Compuestos org\u00e1nicos de f\u00f3sforo.\n\nY38 Cianuros org\u00e1nicos.\n\nY39 Fenoles, compuestos fen\u00f3licos, con inclusi\u00f3n de clorofenoles.\n\nY40 \u00c9teres.\n\nY41 Solventes org\u00e1nicos halogenados.\n\nY42 Disolventes org\u00e1nicos, con exclusi\u00f3n de disolventes halogenados.\n\nY43 Cualquier sustancia del grupo de los dibenzofuranos policlorados.\n\nY44 Cualquier sustancia del grupo de las dibenzoparadioxinas policloradas.\n\nY45 Compuestos organohalogenados, que no sean las sustancias mencionadas en el presente anexo (por ejemplo, Y39, Y41, Y42, Y43, Y44).\n\n\nResiduos o desechos peligrosos por corrientes de residuos\n\n\u00b7 A1 Desechos met\u00e1licos o que contengan metales:\n\nA1010 Desechos met\u00e1licos y desechos que contengan aleaciones de cualquiera de las sustancias siguientes:\n\nAntimonio, Ars\u00e9nico, Berilio, Cadmio, Plomo, Mercurio, Selenio, Telurio, Talio.\n\nA1020 Desechos que tengan como constituyentes o contaminantes, excluidos los desechos de metal en forma masiva, cualquiera de las sustancias siguientes: Antimonio; compuestos de antimonio, Berilio; compuestos de berilio, Cadmio; compuestos de cadmio, Plomo; compuestos de plomo, Selenio; compuestos de selenio, Telurio; compuestos de telurio.\n\nA1030 Desechos que tengan como constituyentes o contaminantes cualquiera de las sustancias siguientes:\n\nArs\u00e9nico; compuestos de ars\u00e9nico, Mercurio; compuestos de mercurio, Talio; compuestos de talio.\n\nA1040 Desechos que tengan como constituyentes: Carbonilos de metal Compuestos de cromo hexavalente.\n\nA1050 Lodos galv\u00e1nicos.\n\nA1060 L\u00edquidos de desecho del decapaje de metales.\n\nA1070 Residuos de lixiviaci\u00f3n del tratamiento del zinc, polvos y lodos como jarosita, hematites, etc.\n\nA1080 Residuos de desechos de zinc no incluidos en la lista B, que contengan plomo y cadmio en concentraciones tales que presenten caracter\u00edsticas del Anexo III.\n\nA1090 Cenizas de la incineraci\u00f3n de cables de cobre recubiertos.\n\nA1100 Polvos y residuos de los sistemas de depuraci\u00f3n de gases de las fundiciones de cobre.\n\nA1110 Soluciones electrol\u00edticas usadas de las operaciones de refinaci\u00f3n y extracci\u00f3n electrol\u00edtica del cobre.\n\nA1120 Lodos residuales, excluidos los fangos an\u00f3dicos, de los sistemas de depuraci\u00f3n electrol\u00edtica de las operaciones de refinaci\u00f3n y extracci\u00f3n electrol\u00edtica del cobre.\n\nA1130 Soluciones de \u00e1cidos para grabar usadas que contengan cobre disuelto.\n\nA1140 Desechos de catalizadores de cloruro c\u00faprico y cianuro de cobre.\n\nA1150 Cenizas de metales preciosos procedentes de la incineraci\u00f3n de circuitos impresos\n\nA1160 Acumuladores de plomos de desecho, enteros o triturados.\n\nA1170 Acumuladores de desecho sin seleccionar excluidas mezclas de acumuladores s\u00f3lo de la lista B. \n\nLos acumuladores de desecho no incluidos en la lista B que contengan constituyentes del Anexo I en tal grado que los conviertan en peligrosos.\n\nA1180 Montajes el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos de desecho o restos de estos6 que contengan componentes como acumuladores y otras bater\u00edas incluidos en la lista A, interruptores de mercurio, vidrios de tubos de rayos cat\u00f3dicos y otros vidrios activados y capacitadores de PCB, o contaminados con constituyentes del Anexo I\n\n\u00b7 A2 Desechos que contengan principalmente constituyentes inorg\u00e1nicos, que puedan contener metales o materia org\u00e1nica\n\nA2010 Desechos de vidrio de tubos de rayos cat\u00f3dicos y otros vidrios activados.\n\nA2020 Desechos de compuestos inorg\u00e1nicos de fl\u00faor en forma de l\u00edquidos o lodos, pero excluidos los desechos de ese tipo especificados en la lista B.\n\nA2030 Desechos de catalizadores, pero excluidos los desechos de este tipo especificados en la lista B.\n\nA2040 Yeso de desecho procedente de procesos de la industria qu\u00edmica, si contiene constituyentes del Anexo I en tal grado que presenten una caracter\u00edstica peligrosa del Anexo III.\n\nA2050 Desechos de amianto (polvo y fibras).\n\nA2060 Cenizas volantes de centrales el\u00e9ctricas de carb\u00f3n que contengan sustancias del Anexo I en concentraciones tales que presenten caracter\u00edsticas del Anexo III\n\n\u00b7 A3 Desechos que contengan principalmente constituyentes org\u00e1nicos, que puedan contener metales y materia inorg\u00e1nica\n\nA3010 Desechos resultantes de la producci\u00f3n o el tratamiento de coque de petr\u00f3leo y asfalto.\n\nA3020 Aceites minerales de desecho no aptos para el uso al que estaban destinados.\n\nA3030 Desechos que contengan, est\u00e9n integrados o est\u00e9n contaminados por lodos de compuestos antidetonantes con plomo.\n\nA3040 Desechos de l\u00edquidos t\u00e9rmicos (transferencia de calor).\n\nA3050 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de resinas, l\u00e1tex, plastificantes o colas\/adhesivos.\n\nA3060 Nitrocelulosa de desecho.\n\nA3070 Desechos de fenoles, compuestos fen\u00f3licos,  incluido el clorofenol en forma de l\u00edquido o de lodo.\n\nA3080 Desechos de \u00e9teres.\n\nA3090 Desechos de cuero en forma de polvo, cenizas, lodos y harinas que contengan compuestos de plomo hexavalente o biocidas.\n\nA3100 Raeduras y otros desechos del cuero o de cuero regenerado que no sirvan para la fabricaci\u00f3n de art\u00edculos de cuero, que contengan compuestos de cromo hexavalente o biocidas\n\nA3110 Desechos del curtido de pieles que contengan compuestos de cromo hexavalente o biocidas o sustancias infecciosas.\n\nA3120 Pelusas \u2013 fragmentos ligeros resultantes del desmenuzamiento.\n\nA3130 Desechos de compuestos de f\u00f3sforo org\u00e1nicos.\n\nA3140 Desechos de disolventes org\u00e1nicos no halogenados.\n\nA3150 Desechos de disolventes org\u00e1nicos halogenados.\n\nA3160 Desechos resultantes de residuos no acuosos de destilaci\u00f3n halogenados o no halogenados derivados de operaciones de recuperaci\u00f3n de disolventes org\u00e1nicos.\n\nA3170 Desechos resultantes de la producci\u00f3n de hidrocarburos halogenados alif\u00e1ticos (tales como clorometano, dicloroetano, cloruro de vinilo, cloruro de alilo y epicloridrina).\n\nA3180 Desechos, sustancias y art\u00edculos que contienen, consisten o est\u00e1n contaminados con bifenilo policlorado (PCB), terfenilo policlorado (PCT), naftaleno policlorado (PCN) o bifenilo polibromad o (PBB), o cualquier otro compuesto polibromado an\u00e1logo, con una concentraci\u00f3n igual o superior a 50 mg\/kg.\n\nA3190 Desechos de residuos alquitranados (con exclusi\u00f3n de los cementos asf\u00e1lticos) resultantes de la refinaci\u00f3n, destilaci\u00f3n o cualquier otro tratamiento pirol\u00edtico de materiales org\u00e1nicos.\n\nA3200 Material bituminoso (desechos de asfalto) con contenido de alquitr\u00e1n resultantes de la construcci\u00f3n y el mantenimiento de carreteras.\n\n\u00b7 A4 Desechos que pueden contener constituyentes inorg\u00e1nicos u org\u00e1nicos\n\nA4010 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de productos farmac\u00e9uticos.\n\nA4020 Desechos cl\u00ednicos y afines; es decir, desechos resultantes de pr\u00e1cticas m\u00e9dicas, de enfermer\u00eda, dentales, veterinarias o actividades similares, y desechos generados en hospitales u otras instalaciones durante actividades de investigaci\u00f3n o el tratamiento de pacientes, o de proyectos de investigaci\u00f3n.\n\nA4030 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, la preparaci\u00f3n y la utilizaci\u00f3n de biocidas y productos fitofarmac\u00e9uticos, con inclusi\u00f3n de desechos de plaguicidas y herbicidas que no respondan a las especificaciones, caducados, en desuso, no aptos para el uso previsto originalmente.\n\nA4040 Desechos resultantes de la fabricaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de productos qu\u00edmicos para la preservaci\u00f3n de la madera.\n\nA4050 Desechos que contienen, consisten o est\u00e1n contaminados con algunos de los productos siguientes:\n\nCianuros inorg\u00e1nicos, con excepci\u00f3n de residuos que contienen metales preciosos, en forma s\u00f3lida, con trazas de cianuros inorg\u00e1nicos. Cianuros org\u00e1nicos.\n\nA4060 Desechos de mezclas y emulsiones de aceite y agua o de hidrocarburos y agua.\n\nA4070 Desechos resultantes de la producci\u00f3n, preparaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices.\n\nA4080 Desechos de car\u00e1cter explosivo.\n\nA4090 Desechos de soluciones \u00e1cidas o b\u00e1sicas.\n\nA4100 Desechos resultantes de la utilizaci\u00f3n de dispositivos de control de la contaminaci\u00f3n industrial para la depuraci\u00f3n de los gases industriales.\n\nA4110 Desechos que contienen, consisten o est\u00e1n contaminados con algunos de los productos siguientes:\n\nCualquier sustancia del grupo de los dibenzofuranos policlorados. Cualquier sustancia del grupo de las dibenzodioxinas policloradas.\n\nA4120 Desechos que contienen, consisten o est\u00e1n contaminados con per\u00f3xidos\n\nA4130 Envases y contenedores de desechos que contienen sustancias incluidas en el Anexo I, en concentraciones suficientes como para mostrar las caracter\u00edsticas peligrosas del Anexo III.\n\nA4140 Desechos consistentes o que contienen productos qu\u00edmicos que no responden a las especificaciones o caducados correspondientes a las categor\u00edas del anexo I, y que muestran las caracter\u00edsticas peligrosas del\nAnexo III.\n\nA4150 Sustancias qu\u00edmicas de desecho, no identificadas o nuevas, resultantes de la investigaci\u00f3n y el desarrollo o de las actividades de ense\u00f1anza y cuyos efectos en el ser humano o el medio ambiente no se conozcan.\n\nA4160 Carbono activado consumido.\n\nEn marzo de 1989, en Basilea - Suiza, 183 pa\u00edses pertenecientes a la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas \u2013 ONU, suscribieron un convenio internacional que busca proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos nocivos de los residuos peligrosos. Este Convenio fue llamado Convenio de Basilea. Colombia suscribi\u00f3 el Convenio de Basilea el 22 de marzo de 1989 y lo ratific\u00f3 mediante la Ley 253 de 1996.\n\nDe manera general el Convenio de Basilea establece las directrices destinadas a controlar a nivel internacional los movimientos entre los estados (movimientos transfronterizos) y la eliminaci\u00f3n de residuos peligrosos. Tiene por objeto reducir el volumen de los intercambios de residuos peligrosos con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente, estableciendo un sistema de control de las exportaciones e importaciones de estos residuos, as\u00ed como definiendo los m\u00e9todos utilizados para su eliminaci\u00f3n.\n\nEl Convenio define los residuos que se consideran peligrosos para efectos del movimiento transfronterizo; sin embargo cada estado o pa\u00eds miembro puede a\u00f1adir otros residuos clasificados como peligrosos en su legislaci\u00f3n nacional. En el marco del convenio, se considera movimiento transfronterizo todo movimiento de residuos peligrosos o de otros residuos procedentes de un pa\u00eds a otro, incluido el tr\u00e1nsito por pa\u00edses, siempre y cuando al menos dos de \u00e9stos se vean afectados por dicho movimiento.\n\nA nivel mundial los pa\u00edses han adoptado sus propias normativas sobre la generaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los residuos o desechos peligrosos, con base en las directrices del Convenio de Basilea.\n\nEs as\u00ed, que a trav\u00e9s del Decreto 4741 de 2005 Colombia, \u201creglamenta parcialmente la prevenci\u00f3n y manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gesti\u00f3n integral\". Y mediante la Ley 1252 se actualiza el marco jur\u00eddico en materia de residuos o desechos peligrosos dictando normas prohibitivas en dicha materia.\n\nLa estrategia jerarquizada que establece la Pol\u00edtica Nacional sobre residuos peligrosos en relaci\u00f3n al principio de gesti\u00f3n integral de estos residuos, pretende priorizar aquellos mecanismos que promuevan la prevenci\u00f3n y minimizaci\u00f3n de la generaci\u00f3n de residuos peligrosos en el pa\u00eds, seguido de la implementaci\u00f3n de mecanismos que favorezcan el aprovechamiento de los mismos. En los casos en los cuales es inevitable su generaci\u00f3n sin opciones de aprovechamiento, se debe propender por dar un tratamiento adecuado a los RESPEL y como \u00faltima opci\u00f3n, utilizar la alternativa de disposici\u00f3n final en rellenos de seguridad. Esta jerarquizaci\u00f3n dada brindada en la Pol\u00edtica de RESPEL. \n\nEn el a\u00f1o 2008, en el marco de la ONU, se suscribi\u00f3 tambi\u00e9n el Convenio de Estocolmo que establece disposiciones para proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los compuestos org\u00e1nicos persistentes. Algunos de estos compuestos est\u00e1n regulados tambi\u00e9n por el Convenio de Basilea.\n\nUno de los instrumentos establecidos en los convenios internacionales es la obligaci\u00f3n de los pa\u00edses de reportar a las secretar\u00edas de los convenios sus inventarios de Residuos Peligrosos y los Compuestos Org\u00e1nicos Persistentes, dada la importancia de contar con informaci\u00f3n peri\u00f3dica y estandarizada, para realizar el seguimiento a esta problem\u00e1tica ambiental.\n\nPor lo tanto, como parte de la estrategia de la Pol\u00edtica Nacional de residuos peligrosos asociada a planificaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y fortalecimiento de la capacidad institucional, adem\u00e1s de generaci\u00f3n de espacios interinstitucionales, establece que \u201c\u2026se hace necesario emprender programas de fortalecimiento al interior del SINA y del Gobierno Central y descentralizado, orientados principalmente a generar sistemas de informaci\u00f3n de RESPEL, mejorar los canales de coordinaci\u00f3n institucional\u201d, implementando un sistema de informaci\u00f3n de residuos peligrosos, con base en la informaci\u00f3n que suministren los generadores, gestores, autoridades involucradas en la gesti\u00f3n y\nmanejo de los residuos peligrosos.\n\nEn este sentido, en el marco del Sistema de Informaci\u00f3n Ambiental de Colombia \u2013 SIAC, se cre\u00f3 el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, reglamentado en el cap\u00edtulo VI (art\u00edculos 27 y 28) del Decreto 4741 del 2005.\n\nCon el fin de facilitar la toma de decisiones en materia de pol\u00edtica ambiental, entre otras, la recolecci\u00f3n, almacenamiento, procesamiento, an\u00e1lisis y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n estad\u00edstica sobre la generaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los residuos o desechos peligrosos a nivel nacional, fue otorgada al IDEAM en el marco de su actuar misional, a trav\u00e9s del Sistema de Informaci\u00f3n Ambiental \u2013 SIA, como parte del SIAC, de acuerdo con lo planteado en el art\u00edculo 26 del decreto 4741 de 2005. Por lo anterior, el IDEAM expidi\u00f3 la Resoluci\u00f3n 043 del 14 de marzo de 2007, donde se \u201cEstablecen los est\u00e1ndares generales para el acopio de datos, procesamiento, transmisi\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos\u201d.\n\nAs\u00ed mismo y en concordancia con lo anterior, mediante la Resoluci\u00f3n 1362 del 2 de agosto de 2007, el MAVDT estableci\u00f3 los requisitos y procedimientos para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos a que hacen referencia los Art\u00edculos 27 y 28 del Decreto 4741 de 2005; Para dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, el IDEAM desarroll\u00f3 e implement\u00f3 desde el a\u00f1o 2008, el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, registro que se ha convertido en pieza fundamental para la operaci\u00f3n estad\u00edstica de residuos o desechos peligrosos \u2013 RESPEL, liderada por el IDEAM a nivel nacional.\n\nEl Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos es un instrumento de captura de informaci\u00f3n mediante el cual el pa\u00eds gestiona informaci\u00f3n normalizada, homog\u00e9nea y sistem\u00e1tica sobre la generaci\u00f3n y el manejo de residuos o desechos peligrosos originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales.\n\n\nREFERENTES INTERNACIONALES\n\n\nEn enero de 2010 la Secretar\u00eda del Convenio de Basilea public\u00f3 el documento \u201cWaste without frontiers: global trends in generation and transboundary movements of hazardous wastes and other wastes\u201d en el que reporta la generaci\u00f3n de residuos peligrosos de los pa\u00edses miembros que suministraron informaci\u00f3n correspondiente al per\u00edodo 2004 a 2006.\n\nAlgunos pa\u00edses de la regi\u00f3n han creado e implementado en los \u00faltimos a\u00f1os herramientas electr\u00f3nicas para la declaraci\u00f3n de los residuos peligrosos por parte de los generadores de este tipo de residuos; tal es el caso del \u201cSistema de Declaraci\u00f3n y Seguimiento de Residuos Peligrosos \u2013 SIDREP\u201d de Chile, el \u201cPadr\u00f3n de Generadores de Residuos Peligrosos (PGRP)\u201d de M\u00e9xico, el \u201cRegistro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos\u201d de Argentina o el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos de Colombia. La generaci\u00f3n de residuos peligrosos en los pa\u00edses antes mencionados es comparable en orden de magnitud con las cifras reportadas por Colombia. Sin embargo, cabe resaltar que para el caso espec\u00edfico de la generaci\u00f3n de residuos peligrosos de M\u00e9xico reportada para 2008, no fueron incluidos los residuos provenientes de la concentraci\u00f3n de minerales (jales mineros) ni los cortes de perforaci\u00f3n de la industria petrolera, los cuales constitu\u00edan una importante fracci\u00f3n del total de residuos peligrosos generados que ha sido reportado en estimaciones de a\u00f1os anteriores por dicho pa\u00eds. Estos residuos no est\u00e1n actualmente considerados por la legislaci\u00f3n mexicana como residuos peligrosos."},"holdings":[{"text":"Los establecimientos que reportan informaci\u00f3n en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos- RGRDP; sin embargo, se debe tener en cuenta que para la operaci\u00f3n estad\u00edstica solo aplican los registros validados por la Autoridad Ambiental y transmitidos al IDEAM.","location":"","callno":"","uri":""}],"study_notes":"OBJETIVO GENERAL\n\nContar con informaci\u00f3n normalizada, homog\u00e9nea y sistem\u00e1tica sobre la generaci\u00f3n y manejo de residuos o desechos peligrosos originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del pa\u00eds.\n\n\nOBJETIVOS ESPEC\u00cdFICOS \n \n\u00b7 Capturar, procesar, analizar y difundir datos e informaci\u00f3n estad\u00edstica sobre la generaci\u00f3n y manejo de los residuos o desechos peligrosos a nivel nacional, a trav\u00e9s del Sistema de Informaci\u00f3n Ambiental, que facilite la toma de decisiones en materia de pol\u00edtica ambiental, entre otros.\n\n\u00b7 Elaborar el Informe Anual Nacional, consolidando la informaci\u00f3n de generaci\u00f3n y manejo de residuos peligrosos reportados por los establecimientos del pa\u00eds, teniendo en cuenta la cantidad anual de residuos o desechos peligrosos generados por actividad productiva, por corriente y tipo de residuo y manejo suministrado.\n\n\u00b7 Garantizar a trav\u00e9s de su sitio Web la informaci\u00f3n consolidada que permita ser consultada por todos los actores involucrados pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental \u2013SINA (Ministerio del Medio Ambiente, Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y de Desarrollo Sostenible institutos de investigaci\u00f3n), el sector productivo y la sociedad en general.","study_info":{"keywords":[{"keyword":"Anonimizaci\u00f3n de microdatos","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Calidad estad\u00edstica","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Censo","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Dato estad\u00edstico","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Est\u00e1ndar estad\u00edstico","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Informaci\u00f3n estad\u00edstica","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Metadato","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Metodolog\u00eda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Microdatos","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Operaci\u00f3n estad\u00edstica","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Producci\u00f3n estad\u00edstica","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Sistema Estad\u00edstico Nacional (SEN)","vocab":"","uri":""}],"topics":[{"topic":"Degradaci\u00f3n medioambiental, contaminaci\u00f3n y protecci\u00f3n medioambiental [9.1]","vocab":"CESSDA","uri":""}],"abstract":"La operaci\u00f3n estad\u00edstica del Registro de Generadores de Residuos Peligrosos se desarroll\u00f3 para contar con informaci\u00f3n normalizada, homog\u00e9nea y sistem\u00e1tica sobre la generaci\u00f3n y manejo de residuos o desechos peligrosos originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del pa\u00eds.\n\nLa Resoluci\u00f3n 1362 del 2 de Agosto de 2007 expedida por el antes Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS), reglament\u00f3 el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos con base en lo estipulado en el Art\u00edculo 27 del Decreto 4741 del 30 de Diciembre de 2005, de acuerdo con los est\u00e1ndares para el acopio de datos, procesamiento, transmisi\u00f3n y difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n que estableci\u00f3 el IDEAM para tal fin (Resoluci\u00f3n 043 de 2007).\n\nCon el fin de armonizar, fortalecer y consolidar la informaci\u00f3n capturada en el registro mencionado que permita mejorar la calidad de los datos y as\u00ed obtener informaci\u00f3n confiable sobre la generaci\u00f3n y manejo de los residuos peligrosos en nuestro pa\u00eds, se desarrolla el presente documento \u201cMetodolog\u00eda para la operaci\u00f3n estad\u00edstica de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos- GRDP\u201d, siguiendo la estructura planteada en los lineamientos del DANE para documentar este tipo de operaciones (DANE, 2014,2).","time_periods":[{"start":"2009-01-01","end":"2015-12-31","cycle":"Por periodo de balance"}],"coll_dates":[{"start":"2009-01-01","end":"2015-03-31","cycle":"A\u00f1o vencido entre el 01 de enero al 31 de marzo reportando informaci\u00f3n del a\u00f1o inmediatamente anterior."}],"nation":[{"name":"COLOMBIA","abbreviation":"COL"}],"geog_coverage":"La cobertura geogr\u00e1fica es Nacional en el territorio Colombiano.","geog_unit":"La desagregaci\u00f3n geogr\u00e1fica es por departamento y\/o municipio y por jurisdicci\u00f3n ambiental.","analysis_unit":"UNIDAD DE OBSERVACI\u00d3N \n\nEstablecimientos o instalaciones generadoras de residuos o desechos peligrosos que reportan informaci\u00f3n en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos.\n\n\nUNIDAD DE AN\u00c1LISIS \n\nInformaci\u00f3n que reporta el establecimiento en cuanto a la generaci\u00f3n y manejo de residuos peligrosos.","universe":"Todos los establecimientos o instalaciones en los que por el desarrollo de sus actividades se generen residuos peligrosos en una cantidad igual o mayor a los 10 kg\/mes, los cuales est\u00e1n obligados a reportar informaci\u00f3n en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos seg\u00fan lo establecido en el Art\u00edculo 28\u00ba del Decreto 4741 de 2005 o los establecimientos que generen menos de 10 kg\/mes requeridos por la Autoridad Ambiental respectiva.","data_kind":"Operaci\u00f3n estad\u00edstica basada en registros administrativos (adm)","notes":"La informaci\u00f3n gestionada en el marco de la operaci\u00f3n estad\u00edstica del Registro de Residuos o Desechos Peligrosos, contribuye a mejorar el conocimiento de la problem\u00e1tica asociada a este tipo de residuos, la planificaci\u00f3n de su gesti\u00f3n y el establecimiento de prioridades para la definici\u00f3n de acciones, reglamentaci\u00f3n y pol\u00edticas que contribuyan con la soluci\u00f3n de esta problem\u00e1tica.\n\nAdicional a la importancia que implica para el pa\u00eds disponer de esta informaci\u00f3n en el marco de la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de RESPEL y su normatividad asociada, as\u00ed como para realizar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco de convenios internacionales, es una operaci\u00f3n que brinda informaci\u00f3n estrat\u00e9gica para la toma de decisiones no solo por parte del sector p\u00fablico sino tambi\u00e9n el sector privado y productivo, en materia de autocontrol ambiental y para los nuevos requerimientos que aparecen como parte del proceso que adelanta Colombia antes sus aspiraciones de pertenecer a la OCDE y cumplir con sus est\u00e1ndares."},"method":{"data_collection":{"data_collectors":[{"name":"Instituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales","abbreviation":"IDEAM","affiliation":""}],"coll_mode":"Autodiligenciamiento de formulario electr\u00f3nico v\u00eda p\u00e1gina web (por selecci\u00f3n; por ejemplo en encuestas por muestreo o censos)","research_instrument":"DISE\u00d1O DE INSTRUMENTOS \n\nComo insumos t\u00e9cnicos de apoyo a los diferentes actores y usuarios de la informaci\u00f3n asociada a la operaci\u00f3n estad\u00edstica de residuos o desechos peligrosos, el IDEAM ha generado una serie de instrumentos disponibles al p\u00fablico en general a trav\u00e9s de su portal web, para facilitar la implementaci\u00f3n del Registro y el flujo de informaci\u00f3n, tales como:\n\n\u00b7 Aplicativos inform\u00e1ticos:\n\n- M\u00f3dulo de captura de informaci\u00f3n, herramienta diligenciada por los generadores de respel. Consta de: Cap\u00edtulo I identificaci\u00f3n de la empresa, Cap\u00edtulo II Informaci\u00f3n sobre bienes y servicios (Materias primas consumidas y bienes consumibles m\u00e1s comunes y principales bienes elaborados y\/o servicios ofrecidos) y Cap\u00edtulo III, Informaci\u00f3n sobre generaci\u00f3n, manejo y existencias de residuos o desechos peligrosos.\n\n- M\u00f3dulo para la administraci\u00f3n y validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n por parte de la autoridad ambiental seg\u00fan su jurisdicci\u00f3n\n\n- M\u00f3dulo s\u00faper administrador, para la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n compilada por parte del IDEAM.\n\n\u00b7 Tutorial multimedia para el diligenciamiento del RGRDP.\n\n\u00b7 Manuales, gu\u00edas e instructivos:\n\n- Manual de diligenciamiento v\u00eda Web del registro de generadores de residuos o desechos peligrosos\n\n- Gu\u00eda de orientaci\u00f3n para la revisi\u00f3n de informaci\u00f3n del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos por parte de las Autoridades Ambientales. (Versi\u00f3n Noviembre \/2010).\n\n- Instructivo para la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n del RGRDP, por parte de las Autoridades Ambientales. (Versi\u00f3n 3 -nov 2010)\n\n\u00b7 Documentos de apoyo:\n\n- Preguntas frecuentes Registro RESPEL.\n\n- CIIU_ReV3AC_DANE\n\n- CIIU_ReV4AC_DANE\n\n- CORRELATIVAS 30Vs4_DANE\n\nSin embargo, se aclara que las autoridades tambi\u00e9n cuentan con los aplicativos, manuales y dem\u00e1s informaci\u00f3n reglamentaria a trav\u00e9s de un v\u00ednculo en sus portales web, bajo los est\u00e1ndares establecidos por el IDEAM para facilitar el acceso de los usuarios al registro.","coll_situation":"ENTRENAMIENTO \n\nSe realizan capacitaciones por parte del personal a cargo del registro y\/o coordinador del \u00e1rea, donde se abordan los siguientes temas:\n\n\u00b7 Normativa aplicable a la tem\u00e1tica, (Decreto 4741\/2005, Resoluci\u00f3n 1362 de 2007, Convenio de Basilea, la Resoluci\u00f3n 043 protocolos\/2007, Pol\u00edtica Nacional de respel).\n\n\u00b7 M\u00f3dulo de diligenciamiento del registro por parte del generador.\n\n\u00b7 M\u00f3dulo administraci\u00f3n por parte de la autoridad ambiental.\n\n\u00b7 M\u00f3dulo de administraci\u00f3n nacional a cargo del IDEAM.\n\n\u00b7 Ejercicio pr\u00e1ctico en cada m\u00f3dulo, en ambiente de pruebas con la clave y usuario establecido.\n\n\u00b7 Documento preguntas y respuestas frecuentes.\n\nSe recibe apoyo permanente del coordinador de \u00e1rea.\n\n\nACTIVIDADES PREPARATORIAS \n\n\nSENSIBILIZACI\u00d3N \n\nEl IDEAM realiza actividades de capacitaci\u00f3n a los actores involucrados (autoridades ambientales y establecimientos\/ empresas) a lo largo del territorio nacional sobre el manejo de los aplicativos inform\u00e1ticos. La capacitaci\u00f3n dirigida hacia las empresas est\u00e1 acompa\u00f1ada por las autoridades ambientales seg\u00fan la jurisdicci\u00f3n donde se realice.\n\n\nSELECCI\u00d3N DE PERSONAL \n\nSe cuenta con personal id\u00f3neo calificado, un (1) profesional tem\u00e1tico (Ingeniero Qu\u00edmico, Ingeniero Ambiental, Agr\u00f3nomo o Qu\u00edmico) con experiencia general de 3 a\u00f1os en temas ambientales y 2 a\u00f1os relacionados con el manejo de residuos peligrosos y un (1) ingeniero de sistemas, con conocimiento en desarrollo de software, los cuales de manera conjunta lideran al interior del IDEAM el desarrollo de la OE y brindan el soporte t\u00e9cnico a los diferentes usuarios. Estos profesionales hacen parte del equipo de planta del IDEAM, que ingres\u00f3 por concurso de m\u00e9ritos.","act_min":"La supervisi\u00f3n, monitoreo y verificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n suministrada por los generadores es adelantada por las autoridades ambientales de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 11 de la Resoluci\u00f3n 1362 de 2007. Posteriormente, una vez el IDEAM cuenta con la informaci\u00f3n transmitida por las autoridades ambientales, se realiza la identificaci\u00f3n de valores at\u00edpicos y se retroalimenta a dichas entidades para que adelanten las aclaraciones pertinentes.\n\nEl aplicativo cuenta con normas de seguridad para su acceso y reglas de validaci\u00f3n para algunas variables y con diferentes estados de diligenciamiento o verificaci\u00f3n de los mismos (abierto, cerrado y transmitido), con el fin de controlar el estado de cargue de los registros. Este punto se desarrolla ampliamente en el \u201cManual de Critica\u201d.","cleaning_operations":"DISE\u00d1O DE SISTEMAS\n\nEl Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos es el instrumento de gesti\u00f3n de informaci\u00f3n mediante el cual se captura informaci\u00f3n normalizada, homog\u00e9nea, sistem\u00e1tica sobre la generaci\u00f3n y el manejo de residuos o desechos peligrosos, originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del pa\u00eds. Este instrumento se encuentra dise\u00f1ado por m\u00f3dulos, de acuerdo con el perfil de usuario que accede al sistema de la siguiente manera: un m\u00f3dulo de diligenciamiento (para los generadores), un m\u00f3dulo de administraci\u00f3n regional o local (para las autoridades ambientales) y un m\u00f3dulo de administraci\u00f3n nacional (para el IDEAM).\n\nEl m\u00f3dulo de diligenciamiento del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos se encuentra en al link http:\/\/kuna.ideam.gov.co:7790\/mursmpr\/index.php y est\u00e1 conformado por tres cap\u00edtulos:\n\nCap\u00edtulo I: Compila la informaci\u00f3n referente a la identificaci\u00f3n de la empresa, entidad u organizaci\u00f3n, del establecimiento generador de residuos o desechos peligrosos y del responsable del diligenciamiento de la informaci\u00f3n en el Registro; incluye las siguientes secciones: Secci\u00f3n 1 - Datos de la empresa, entidad u organizaci\u00f3n, Secci\u00f3n 2 - Datos del establecimiento o instalaci\u00f3n y Secci\u00f3n 3 - Datos del responsable del diligenciamiento de la informaci\u00f3n.\n\nCap\u00edtulo II: Captura la informaci\u00f3n del tipo y consumo de las materias primas y bienes consumibles utilizados por el establecimiento que pueden incidir en la generaci\u00f3n de residuos o desechos peligrosos y sobre los bienes y servicios ofrecidos por \u00e9ste; incluye las siguientes secciones: \n\nSecci\u00f3n 1 - Materias primas consumidas y bienes consumibles m\u00e1s comunes utilizados durante el periodo de balance, que puedan incidir en que la actividad productiva genere residuos o desechos peligrosos y Secci\u00f3n 2 - Principales bienes elaborados y\/o servicios ofrecidos durante el periodo de balance.\n\nCap\u00edtulo III: Captura la informaci\u00f3n sobre la generaci\u00f3n anual de residuos o desechos peligrosos originados en el establecimiento y sobre el manejo que el generador dio a \u00e9stos, discriminados por tipo de residuo, incluye las siguientes secciones: Secci\u00f3n 1 - Generaci\u00f3n y manejo de residuos o desechos peligrosos, Secci\u00f3n 2 - Existencias de residuos o desechos peligrosos anteriores al primer periodo de balance declarado(No aplica actualmente) y Secci\u00f3n 3 - Categor\u00eda del generador de residuos o desechos peligrosos - clasificaci\u00f3n como generador e informaci\u00f3n final\n\nEl Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos es diligenciado v\u00eda Web directamente por los establecimientos generadores de este tipo de residuos a nivel nacional; las autoridades ambientales son responsables de la revisi\u00f3n de la informaci\u00f3n consignada por los generadores y de realizar la transmisi\u00f3n de dicha informaci\u00f3n al IDEAM.\n\nPor su parte, una vez el IDEAM recibe en el Sistema de Informaci\u00f3n Ambiental la informaci\u00f3n transmitida por parte de las autoridades ambientales, debe poner a disposici\u00f3n del p\u00fablico en su p\u00e1gina Web las salidas de informaci\u00f3n nacionales consolidadas referentes a las cantidades anuales de residuos o desechos peligrosos generados por actividad productiva, por corriente o tipo de residuos, por tipo de residuos aprovechados, tratados y dispuestos y dem\u00e1s indicadores que considere de inter\u00e9s. \n\n\nALMACENAMIENTO\n\nEl aplicativo para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos peligrosos es un portal web para el manejo din\u00e1mico de informaci\u00f3n que consta de dos interfaces, llamadas Lado Administrador y Lado Cliente. Est\u00e1 desarrollado con una arquitectura de tres capas (MVC Modelo, Vista, controlador).\n\nLa capa de vista interact\u00faa con el usuario navegante, se comunica con el controlador o capa de reglas de negocio, que es la que procesa la mayor\u00eda de la informaci\u00f3n, y \u00e9sta se comunica con la capa de acceso a datos (Modelo) que es la que realiza operaciones de consulta, inserci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y eliminaci\u00f3n, sobre la base de datos.\n\nLa aplicaci\u00f3n tiene tres tipos de usuario: S\u00faper Administrador, administradores y clientes. El S\u00faper Administrador puede crear, actualizar, consultar, eliminar informaci\u00f3n general del sistema, incluso de cualquier tipo de usuario de sistema. Los administradores tienen permisos para crear, actualizar, consultar, eliminar informaci\u00f3n de la red de Calidad de Aire de su jurisdicci\u00f3n. Los usuarios pueden \u00fanicamente consultar informaci\u00f3n y descargarla si est\u00e1n registrados. \n\nEn cuanto al almacenamiento de los registros y datos, toda la DATA queda almacenada en la base de datos de la entidad que es ORACLE 11G.\n\n\nSEGURIDAD DE LOS DATOS \n\nPor otra parte para garantizar la seguridad de la base de datos donde reposa en el aplicativo de generadores de residuos o desechos peligrosos, el IDEAM cuenta con diferentes activos de informaci\u00f3n, entre ellas las aplicaciones que soportan los procesos y mitigan el riesgo de la perdida de la confidencialidad, integridad y disponibilidad en sus activos de informaci\u00f3n a trav\u00e9s de una Web Aplicattion Firewall - WAF, que ayuda a proteger las aplicaciones web de ataques habituales que podr\u00edan afectar la disponibilidad de las aplicaciones, comprometer la seguridad o consumir excesivos recursos de la nube AWS.\n\nLa WAF permite controlar el tr\u00e1fico que desea habilitar o bloquear en su aplicaci\u00f3n web mediante la definici\u00f3n de reglas de seguridad web personalizables y se configura para crear reglas personalizadas que bloquean patrones de ataque comunes, como la inyecci\u00f3n de c\u00f3digo SQL y los scripts de sitios, as\u00ed como reglas dise\u00f1adas para su aplicaci\u00f3n espec\u00edfica.\n\nAdem\u00e1s se cuenta con:\n\n\u00b7 Firewall 300d, que es una parte de un sistema o una red que est\u00e1 dise\u00f1ada para bloquear el acceso no autorizado, permitiendo al mismo tiempo comunicaciones autorizadas.\n\n\u00b7 Antivirus Kaspersky - Antivirus corporativo. Es de esta manera que el Instituto maximiza sus esfuerzos para contrarrestar posibles ataques que impacten la correcta operaci\u00f3n de sus activos.\n\n\nPROCESAMIENTO DE S\u00c1BANAS DE INFORMACI\u00d3N \n\nCon el objetivo de validar la informaci\u00f3n que se captura en el aplicativo, el IDEAM realiza la comparaci\u00f3n de las cifras en las s\u00e1banas de informaci\u00f3n que arroja el aplicativo realizando la comparaci\u00f3n de cada uno de los indicadores establecidos en la secci\u00f3n de \u201cSALIDAS DE INFORMACI\u00d3N\u201d respecto a las cantidades generadas y gestionadas de los residuos o desechos peligrosos por los usuarios. Este proceso se realiza antes de generar el informe anual, para verificar la coherencia de los datos antes de procesarlos.\n\nPara llevar a cabo la validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n reportada, se realiza la descarga de las \u201cS\u00e1banas de Informaci\u00f3n\u201d de la secci\u00f3n \u201cSalidas de Informaci\u00f3n\u201d y se realiza la comparaci\u00f3n con los totales generados en cuanto a las cantidades anuales generadas y gestionadas.\n\n\nDISE\u00d1O DE M\u00c9TODOS Y MECANISMOS PARA EL CONTROL DE CALIDAD\n\nDado que la calidad de la informaci\u00f3n debe corresponder a la realidad de la generaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los residuos o desechos peligrosos de las diferentes regiones del pa\u00eds, se entiende que la calidad de la informaci\u00f3n que alimenta el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos es responsabilidad directa del generador, quien debe reportar anualmente a las autoridades ambientales correspondientes la informaci\u00f3n referente a la gesti\u00f3n y generaci\u00f3n de los residuos peligrosos de sus establecimientos.\n\nEsta informaci\u00f3n, es transmitida de manera electr\u00f3nica por las autoridades ambientales al Sistema de Informaci\u00f3n Ambiental, para que el IDEAM realice de manera consolidada la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n nacional sobre la generaci\u00f3n y gesti\u00f3n de este tipo de residuos; por lo tanto, son estas entidades las responsables de implementar mecanismos de seguimiento y control que permitan mejorar la calidad de la informaci\u00f3n y que \u00e9sta sea confiable y oportuna, seg\u00fan el art\u00edculo 11 de la Resoluci\u00f3n 1362 de 2007 que trata sobre seguimiento y monitoreo de la informaci\u00f3n.\n\nIgualmente, las autoridades ambientales deben divulgar dicha informaci\u00f3n referida al \u00e1rea de su jurisdicci\u00f3n, con la ayuda de las salidas de informaci\u00f3n dise\u00f1adas y dispuestas en el Registro. Esto hace que el personal responsable de la administraci\u00f3n del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos en cada una de las autoridades ambientales, revise la informaci\u00f3n reportada sobre la generaci\u00f3n y gesti\u00f3n de este tipo de residuos, y de esta manera verificar su coherencia seg\u00fan la actividad econ\u00f3mica y su categor\u00eda. Es por ello que las autoridades ambientales juegan un rol fundamental en cuanto a la calidad de la informaci\u00f3n, ya que son responsables de la revisi\u00f3n y trasmisi\u00f3n de los datos al Sistema de Informaci\u00f3n Ambiental nacional.\n\nCon el fin de minimizar los riesgos en la calidad de la informaci\u00f3n, el IDEAM elabor\u00f3 una gu\u00eda de orientaci\u00f3n para la revisi\u00f3n de la informaci\u00f3n por parte de las autoridades ambientales, tratando de brindar mecanismos estandarizados para adelantar la revisi\u00f3n de la misma. En dicho documento, se describe de manera detallada cada una de las recomendaciones para mejorar la calidad de la informaci\u00f3n del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos en sus jurisdicciones. \n\nLa gu\u00eda se encuentra publicada en la p\u00e1gina web del IDEAM, en el link http:\/\/www.ideam.gov.co\/web\/contaminacion-y-calidad-ambiental\/registro-de-generaodores-respel.\n\nLa gu\u00eda en primer lugar, relaciona los aspectos m\u00e1s importantes al momento de realizar la revisi\u00f3n de los registros y describe algunas herramientas que pueden ser implementadas por las autoridades ambientales en las correspondientes jurisdicciones, para de esta manera facilitar las actividades de seguimiento y control de la informaci\u00f3n que los generadores consignan a trav\u00e9s del Registro.\n\nAdicionalmente, se cuenta con dos manuales que permiten minimizar la probabilidad de incluir datos err\u00f3neos dentro de los formatos de captur de la informaci\u00f3n, que se encuentran en el mismo link de la gu\u00eda de orientaci\u00f3n para las autoridades ambientales y cuyos instrutivos son; \u201cInstrucciones para la Administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos por parte de la Autoridades Ambientales\u201d y \u201cManual de diligenciamiento v\u00eda web del Registro de Generadores de Residuos o Desechos\u201d, adem\u00e1s de contar con un tutorial que sire como gu\u00eda para el resgistro de generadores de residuos o desechos peligrosos.\n\nOtro mecanismo de control de calidad son las reglas de validaci\u00f3n, consistencia e imputaci\u00f3n de las variables, que han sido dise\u00f1adas y desarrolladas.\n\n\nACOPIO (O RECOLECCI\u00d3N ) DE DATOS \n\n\u00b7 M\u00e9todos y mecanismos para el acopio (o recolecci\u00f3n): El acopio de datos en el RGRDP se realiza trav\u00e9s del aplicativo v\u00eda Web o Excel desarrolladas por el IDEAM para tal fin. El generador es el responsable de diligenciar las variables correspondientes en los plazos establecidos en el Art\u00edculo 28\u00ba del Decreto 4741 de 2005. Para lo anterior, las autoridades ambientales tienen disponibles al p\u00fablico dichas aplicaciones a trav\u00e9s de sus sitios Web junto con los manuales o instructivos de diligenciamiento de la Informaci\u00f3n. La informaci\u00f3n es enviada por el generador a la autoridad ambiental a trav\u00e9s de un v\u00ednculo dispuesto en la herramienta inform\u00e1tica llamado \u201cCerrar Formato\u201d\n\n\u00b7 Transmisi\u00f3n de los datos: Dependiendo de la ubicaci\u00f3n y\/o jurisdicci\u00f3n del establecimiento al interior del cual se est\u00e1n generando los residuos o desechos peligrosos, la informaci\u00f3n es recibida por la autoridad ambiental respectiva, quien se encarga de validar su calidad y transmitirla al IDEAM.\n\n\u00b7 Cobertura de acopio o recolecci\u00f3n: La informaci\u00f3n capturada es aquella reportada por el generador de respel a trav\u00e9s del aplicativo. Sin embargo, se debe tener en cuenta que no todos los generadores de residuos o desechos peligrosos obligados por norma a reportar a nivel nacional se registran (autodeclaran), por lo tanto la cobertura no es del 100%.\n\n\u00b7 Consolidaci\u00f3n de archivos: Una vez transmitida la informaci\u00f3n por parte de las autoridades ambientales, el IDEAM consolida la informaci\u00f3n a nivel nacional a trav\u00e9s de un aplicativo denominado \u201cS\u00faper Administrador\u201d.\n\n\nNORMAS, ESPECIFICACIONES O REGLAS DE VALIDACI\u00d3N, CONSISTENCIA E IMPUTACI\u00d3N \n\nEn las tablas que se encuentran en las p\u00e1ginas de la 40 a la 42 se resumen las especificaciones de las variables y reglas de validaci\u00f3n que repercuten en la operaci\u00f3n estad\u00edstica del RGRDP sobre la generaci\u00f3n y manejo de los  residuos o desechos peligrosos en el pa\u00eds."},"analysis_info":{"sampling_error_estimates":"AN\u00c1LISIS ESTAD\u00cdSTICO \n\nEl an\u00e1lisis estad\u00edstico es desarrollado por el IDEAM con el fin de detectar: a) Datos an\u00f3malos y b) Datos negativos.\n\na) Detecci\u00f3n de datos an\u00f3malos, se realiza a trav\u00e9s de un software estad\u00edstico llamado SPSS, tres meses antes de la fecha de corte (31 de agosto\/ cada a\u00f1o). Para la detecci\u00f3n de datos an\u00f3malos se hace el siguiente procedimiento:\n\n- Se crean las variables en el SPSS de acuerdo con la estructura y el orden en el cual se descarga la informaci\u00f3n del aplicativo. Se ajusta seg\u00fan los requerimientos b\u00e1sicos del SPSS (no deben haber celdas vac\u00edas en la salida de informaci\u00f3n y se debe manejar (,) y no (.) en todas las celdas).\n\n- Se da clic en analizar y luego \u201ctabla personalizada\u201d por cantidad total de residuos por establecimiento.\n\n\n- Se organiza en la columna \u201cSuma\u201d los datos de mayor a menor y aquellos valores que se diferencien considerablemente son revisados por establecimiento y se compara la cifra reportada en periodos de balance anteriores.\n\n- Si la cifra con cierto grado de incertidumbre se encuentra dentro de las cifras promedio y si es consistente con establecimientos que reportan la misma corriente de residuo en el mismo estado de la materia y con la misma actividad productiva no se considera un dato an\u00f3malo; de lo contrario se descarga la informaci\u00f3n del establecimiento que presenta el dato at\u00edpico de los a\u00f1os anteriores y se compara si es consistente o no; si las cifras difieren de un periodo a otro se solicita mediante oficio a la autoridad ambiental respectiva la verificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n y ajuste si da a lugar. Si la autoridad no da respuesta oportuna mediante oficio se le informa que se cambia el estado del reporte de transmitido a cerrado para que dicha informaci\u00f3n que no fue validada por la autoridad ambiental no haga parte del consolidado nacional con el fin de tener datos confiables.\n\nb) Detecci\u00f3n de datos negativos, se hace la detecci\u00f3n, descargando la s\u00e1bana de informaci\u00f3n secci\u00f3n 1 cap. 3 del aplicativo en la opci\u00f3n salidas.\n\n- Los datos negativos encontrados se igualan a cero rest\u00e1ndolos en el consolidado de cada indicador (imputaci\u00f3n de datos).\n\n- Se hace el gr\u00e1fico respectivo.\n\n\nAN\u00c1LISIS DE CONTEXTO \n\nEl IDEAM realiza an\u00e1lisis de contexto para establecer la coherencia de los resultados frente a los fen\u00f3menos del entorno que afectan, lo cual permite obtener argumentos que pueden sustentar cambios en los indicadores de la operaci\u00f3n estad\u00edstica.\n\nEl an\u00e1lisis comprende el fen\u00f3meno desde el contexto internacional, nacional y por autoridad ambiental, diferenciando el comportamiento de estos residuos por actividad econ\u00f3mica. Asimismo, el an\u00e1lisis contempla los aspectos principales para el almacenamiento, el tratamiento, el aprovechamiento y la valorizaci\u00f3n interna y externa de los residuos peligrosos seg\u00fan el tipo al que pertenezca.\n\nUna mirada integral de los resultados mencionados permite obtener informaci\u00f3n que puede explicar comportamientos que parecieran inconsistentes. \n\nLa continuidad metodol\u00f3gica garantiza comparabilidad de los resultados en el tiempo por tipo de residuo, estado de la materia y tama\u00f1o del generador, entre otros.\n\nAdicionalmente, es posible contrastar los niveles de residuos peligrosos generados en el pa\u00eds frente a otros pa\u00edses de Latinoam\u00e9rica.\n\nLos resultados son un insumo clave para el reporte anual que realiza el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a la Secretar\u00eda del convenio de Basilea con prop\u00f3sitos de comparabilidad a nivel internacional.\n\n\nCOMIT\u00c9S DE EXPERTOS\n\nSe realizan reuniones durante el mes de Diciembre de cada a\u00f1o, con el Coordinador del \u00e1rea o Grupo de Seguimiento a la Sostenibilidad y el Desarrollo y Subdirector de Estudios Ambientales del  IDEAM para la revisi\u00f3n y ajuste del Informe Nacional (versi\u00f3n preliminar) sobre generaci\u00f3n y manejo de los residuos peligrosos en el pa\u00eds. Posteriormente, se hace reuni\u00f3n de discusi\u00f3n con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible \u2013 MADS, durante el mes de enero donde se hace una presentaci\u00f3n del Informe Nacional versi\u00f3n preliminar y se ajusta el documento durante el mes de febrero para tener as\u00ed el informe final."}},"data_access":{"dataset_use":{"contact":[{"name":"Instituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales - IDEAM","affiliation":"","email":"www.ideam.gov.co","uri":"http:\/\/www.ideam.gov.co\/web\/atencion-y-participacion-ciudadana\/tramites-servicios"}],"cit_req":"ANONIMIZACI\u00d3N \n\nRespecto a la anonimizaci\u00f3n de los datos, las s\u00e1banas de informaci\u00f3n que son descargadas de los aplicativos, no presenta informaci\u00f3n detallada de los usuarios, y se limita a indicar algunos de los par\u00e1metros diligenciados por los usuarios. En caso de requerirse acceso a daros anonimizados, los usuarios deben realizar la solicitud ante el IDEAM el cual remitir\u00e1 la informaci\u00f3n teniendo como base el siguiente procedimiento:\n\n\nPROCEDIMIENTO GENERAL \n\nSOLICITUDES\n\nEl IDEAM mediante la Resoluci\u00f3n 2071 de 2015 \u201cpor medio de la cual se deroga la Resoluci\u00f3n No. 3037 del 27 de octubre de 2014 y se establece el procedimiento interno para peticiones quejas reclamos y sugerencias del Instituto de Hidrolog\u00eda Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales \u2013 IDEAM, define la ruta que debe seguirse de manera interna para la recepci\u00f3n, tr\u00e1mite y respuesta de las peticiones que se presenten, dentro de las cuales aplica la solicitud de acceso al microdato. \n\nPara aquellos microdatos que no est\u00e1n disponibles en el portal institucional www.ideam.gov.co o para aquellos donde se requiera un mayor nivel de detalle, se debe hacer solicitud formal ante el IDEAM a trav\u00e9s de los canales dispuestos por el instituto para tal fin. Las solicitudes se realizar\u00e1n de la siguiente manera:\n\n\u00b7 Ingresando a la P\u00e1gina www.ideam.gov.co en el link: \/\/www.ideam.gov.co\/web\/atencion-yparticipacion- ciudadana\/contactenos\n\n\u00b7 A trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico de atenci\u00f3n al ciudadano (atenci\u00f3nalciudadano@ideam.gov.co)\n\n\u00b7 V\u00eda telef\u00f3nica por la l\u00ednea gratuita: 018000110012 o PBX Bogot\u00e1 3527160 Ext: 1200 \u2013 1210; las solicitudes que realicen los ciudadanos se direccionar\u00e1n a la dependencia correspondiente o se orienta para que realice su solicitud por cualquiera de los canales escritos\n\n\u00b7 Correo electr\u00f3nico, pagina WEB y ventanilla de correspondencia (f\u00edsico)\n\n\nATENCI\u00d3N DE LA PETICI\u00d3N \n\nRecibida la solicitud, la misma es direccionada a la Subdirecci\u00f3n de Estudios Ambientales, dependencia a cargo de la administraci\u00f3n del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos. Una vez recibida, se realizar\u00e1n los siguientes pasos para la atenci\u00f3n oportuna de la solicitud:\n\nPaso 1. Recepci\u00f3n de la solicitud del usuario y radicaci\u00f3n: A trav\u00e9s de los canales institucionales disponibles: Buz\u00f3n de atenci\u00f3n al ciudadano, ventanilla de correspondencia y correo electr\u00f3nico v\u00eda telef\u00f3nica.\n\n- Buz\u00f3n de atenci\u00f3n al ciudadano\/web cont\u00e1ctenos: disponibilidad del buz\u00f3n: atencionalciudadano@ideam.gov.co y http:\/\/www.ideam.gov.co\/web\/atencion-y-participacionciudadana\/ contactenos para solicitudes, sugerencias y recomendaciones.\n\n- Ventanilla de correspondencia\/ v\u00eda telef\u00f3nica: El Centro de Documentaci\u00f3n atiende en el horario de 8:00 a.m. a 4:30 p.m., jornada continua\n\n- Al correo electr\u00f3nico del profesional encargado del registro de generadores de residuos peligrosos.\n\nPaso 2. Selecci\u00f3n y procesamiento de la base de datos requerida por el peticionario: Una vez el peticionario o usuario de la informaci\u00f3n realiza la respectiva solicitud de la informaci\u00f3n sobre la operaci\u00f3n estad\u00edstica de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos disponible en el IDEAM (Subdirecci\u00f3n de Estudios Ambientales) definiendo las variables y la serie o periodos de balance requeridos y disponibles en la herramienta de captura de informaci\u00f3n denominada: Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, se procede con el descargue de sabanas y\/o salidas de informaci\u00f3n de la herramienta en los casos en que no se cuente con informaci\u00f3n\npreviamente descargada.\n\nPaso 3. An\u00e1lisis y revisi\u00f3n de los resultados agregados: Preparaci\u00f3n y proyecci\u00f3n de respuesta: Una vez el IDEAM realiza el procesamiento de los datos requeridos, obteniendo el resultado esperado, el funcionario del IDEAM a cargo de la operaci\u00f3n estad\u00edstica y el coordinador del tema o grupo en la Subdirecci\u00f3n de Estudios Ambientales, revisan y confirman que se acaten los t\u00e9rminos de la respuesta.\n\nPaso 4. Respuesta al peticionario: Previo an\u00e1lisis de los resultados de la herramienta \u2013 Registro de generadores \u2013RESPEL y aprobaci\u00f3n de la respuesta proyectada y sus adjuntos (si aplica), se entregar\u00e1 la informaci\u00f3n al peticionario a trav\u00e9s del canal por el cual se dio recepci\u00f3n a la solicitud o apoy\u00e1ndose en otros canales disponibles.\n\nEl IDEAM har\u00e1 recomendaciones generales sobre el uso e interpretaci\u00f3n de la informaci\u00f3n seg\u00fan considere:\n\n\u00b7 Realizar las respectivas citaciones cuando se haga uso de los microdatos de uso p\u00fablico seleccionado.\n\nCompromisos. Los usuarios se comprometen al recibir la informaci\u00f3n a dar uso adecuado de la informaci\u00f3n y actuar teniendo en cuenta lo estipulado en la resoluci\u00f3n 1600 de 1994, \u201cpor el cual se reglamenta parcialmente el Sistema Nacional Ambiental (SINA) en relaci\u00f3n con los Sistemas Nacionales de Investigaci\u00f3n Ambiental y de Informaci\u00f3n Ambiental\u201d, el cual establece en su art\u00edculo 31:\n\n\u00b7 Art\u00edculo 31\u00b0: \u201cDel car\u00e1cter de la informaci\u00f3n ambiental. De conformidad con los art\u00edculos 11 y 23 del Decreto-ley 2811 de 1974, decl\u00e1rase como de utilidad p\u00fablica la informaci\u00f3n relativa a la calidad ambiental y a la oferta y estado de los recursos naturales renovables. En consecuencia los propietarios, usuarios, concesionarios, arrendatarios y titulares de permiso de uso sobre recursos naturales renovables y elementos ambientales est\u00e1n obligados a recopilar y a suministrar sin costo alguno tal informaci\u00f3n a solicitud del IDEAM. Las personas naturales o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, nacionales o extranjeras, que posean o procesen informaci\u00f3n relativa a la calidad ambiental y a la oferta y estado de los recursos naturales, deber\u00e1n entregarla al IDEAM para los fines que \u00e9ste considere, en los t\u00e9rminos establecidos por la ley\u201d.\n\n\u00b7 As\u00ed mismo, acatar lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014, por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia Informaci\u00f3n P\u00fablica Nacional, cuyo objeto es regular el derecho de acceso a la misma, los procedimientos, derechos y las excepciones a la publicidad de informaci\u00f3n.\n\n\u00b7 Hacer las notas t\u00e9cnicas referentes al procesamiento de los datos contenidos en los microdatos de uso p\u00fablico seleccionado.\n\n\u00b7 Respetar los derechos de autor de los microdatos de uso p\u00fablico seleccionado. Dar cr\u00e9ditos al IDEAM en las publicaciones que se basen en los resultados obtenidos citando de la siguiente manera.\n\n\u201cInstituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales \u2013 IDEAM. Todos los derechos reservados.\n\nInformaci\u00f3n a\u00f1o \u201cX\u201d capturada a trav\u00e9s de Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, con corte dd\/mm\/aa). Su reproducci\u00f3n total o parcial debe ser autorizada por el IDEAM\u201d.","conditions":"La identificacion de las necesidades de nueva informacion del sistema se realiza a traves del analisis de la informacion registrada en el formato REGISTRO IDENTIFICACION DE NECESIDADES DE INFORMACION DEL SISAIRE, implementado para llevar un record de los comentarios que se recogen por lo diferentes elementos del proceso de gestion de datos que se describen a continuacion:\n\n\u00b7 Mediante la interaccion permanente del IDEAM con la poblacion objetivo de la operacion estadistica, que comprende a los tomadores de decisiones (MADS, Autoridades Ambientales, Autoridades de Salud, etc), academia y publico en general, en diversos eventos tanto nacionales como internacionales. Entre estos eventos se incluyen las mesas regionales de calidad del aire que se llevan a cabo con el fin de articular las entidades regionales y nacionales y en las que se consulta a los usuarios sobre las necesidades de informacion.\n\n\u00b7 En el aplicativo SISARE, en el rol de Super Administrador, opcion \u201cContacto\u201d \/ \u201cBuscar comentarios\u201d que corresponde a los comentarios dejados por los usuarios en la opcion \u201cContactenos\u201d.\n\n\u00b7 Mediante el contacto de los profesionales de la Subdireccion de Estudios Ambientales del IDEAM encargados del SISAIRE con las autoridades ambientales, que se realiza mensualmente durante la verificacion del cargue de informacion, documentado en la actividad \u201cVerificacion mensual avance en el cargue de informacion\u201d segun el diagrama de flujo de la gestion de datos de SISAIRE (IDEAM, 2015).\n\n\u00b7 Recepcion de comentarios por el correo electronico (sisaire@ideam.gov.co) o via telefonica (571-352 7160 Ext. 1601) por los profesionales de la Subdireccion de Estudios Ambientales del IDEAM encargados del SISAIRE con autoridades ambientales y usuarios."}}}}