{"doc_desc":{"title":"FIVI_2009_2021","idno":"COL-DANE-FIVI-2009-2021","producers":[{"name":"Oscar Joaqu\u00edn Villamizar D\u00edaz","abbreviation":"ojvillamizard@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n- DIRPEN","role":"Coordinador Regulaci\u00f3n Estad\u00edstica"},{"name":"Lina Mar\u00eda Manios Gonz\u00e1lez","abbreviation":"lmmaniosg@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Metodolog\u00eda y Producci\u00f3n Estadistica - DIMPE","role":"Documentador  DIMPE"},{"name":"Rafael Humberto Zorro Cubides","abbreviation":"rhzorroc@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Regulaci\u00f3n, Planeaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Normalizaci\u00f3n- DIRPEN","role":"Actualizador DIRPEN"},{"name":"Marly Johanna Tellez L\u00f3pez","abbreviation":"mjtellezl@dane.gov.co","affiliation":"Direcci\u00f3n de Informaci\u00f3n, Mercadeo y Cultura Estad\u00edstica \u2013 DIMCE","role":"Verificador DIMCE"}],"prod_date":"2022-04-29"},"study_desc":{"title_statement":{"idno":"DANE-DIMPE-FIVI-2009-2021","title":"Financiaci\u00f3n de Vivienda - FIVI - 2009 - 2021","alt_title":"FIVI","translated_title":"Housing finance"},"authoring_entity":[{"name":"Direcci\u00f3n de Metodolog\u00eda y Producci\u00f3n Estad\u00edstica - DIMPE","affiliation":""},{"name":"","affiliation":""}],"production_statement":{"producers":[{"name":"Direcci\u00f3n de Metodolog\u00eda y Producci\u00f3n Estad\u00edstica -  Financiaci\u00f3n de Vivienda","affiliation":" Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica - DANE  ","role":"Equipo T\u00e9cnico  "}],"copyright":"Ley 1032 de 2006","funding_agencies":[{"name":"Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica","abbreviation":"DANE","role":"Ejecutor"}]},"distribution_statement":{"contact":[{"name":"contacto@dane.gov.co","affiliation":"DANE","email":"contacto@dane.gov.co","uri":"http:\/\/www.dane.gov.co\/index.php\/contactenos"}]},"series_statement":{"series_name":"Censo de empresas [en\/census]","series_info":"ANTECEDENTES DE LA OPERACI\u00d3N ESTAD\u00cdSTICA\n\nEl desarrollo de la investigaci\u00f3n \u201cFinanciaci\u00f3n de Vivienda\u201d presenta cuatro etapas hist\u00f3ricas desde su creaci\u00f3n. La primera, entre 1983 y 1994, identificada con el nombre \u201cEdificaci\u00f3n y Financiaci\u00f3n de Vivienda\u201d, buscaba dimensionar tanto la oferta (construcci\u00f3n) como la demanda (compra) de vivienda en el pa\u00eds. La segunda, denominada \u201cFinanciaci\u00f3n de Vivienda\u201d, tuvo su inicio en 1995 y finaliz\u00f3 en 1999. Su alcance, la demanda (compra) de vivienda en Colombia. La coyuntura que influy\u00f3 para el desarrollo de la primera etapa de la investigaci\u00f3n la constituy\u00f3 la pol\u00edtica de vivienda que desarroll\u00f3 el gobierno de Belisario Betancourt. Una de las estrategias b\u00e1sicas del plan de vivienda de esa administraci\u00f3n fue la de favorecer a los estratos medios y bajos de la poblaci\u00f3n, que ni el Sistema de Unidad de Poder Adquisitivo Constante -UPAC-, ni el Instituto de Cr\u00e9dito Territorial -ICT- cubr\u00edan, eliminando la cuota inicial de los pr\u00e9stamos destinados a vivienda para las familias de escasos recursos.\n\nEn consecuencia, se modific\u00f3 el Sistema UPAC, introduciendo por primera vez, desde su creaci\u00f3n, un esquema de intereses diferenciales para los cr\u00e9ditos individuales que permitieran una transferencia de recursos de los demandantes de vivienda suntuaria hacia los de vivienda popular (Decreto 2928 de octubre de 1982). Tambi\u00e9n se increment\u00f3 la tasa de inter\u00e9s para los constructores e industriales, se reformaron los rangos de la Unidad de Poder Adquisitivo a\u00f1os Constante-UPAC para cr\u00e9ditos individuales y se canalizaron los recursos a la vivienda popular con un precio de menos de 2800 UPAC ($1.800.000 pesos en la  fecha) (Decreto 1325 de mayo de 1983). En el transcurso de los diez a\u00f1os siguientes, y con las sucesivas reformas que modificaron la pol\u00edtica de vivienda y en particular los sistemas de financiaci\u00f3n, en 1995 se redise\u00f1\u00f3 la investigaci\u00f3n y se actualiz\u00f3 la metodolog\u00eda. Los aspectos m\u00e1s importantes tenidos en cuenta para el redise\u00f1o de 1995 fueron:\n\n- El Decreto 1288 de mayo de 1985 modific\u00f3 los rangos UPAC de las nuevas colocaciones, salvo en el caso de las viviendas con valor comercial unitario de hasta 2 800 UPAC, para los cuales se mantuvo la obligaci\u00f3n que ten\u00edan las Corporaciones de Ahorro y Vivienda -CAV- de invertir no menos del 50% de sus captaciones en viviendas con valor inferior o igual al rango se\u00f1alado; de este monto, por lo menos la mitad (25%) deber\u00eda estar representado en pr\u00e9stamos para vivienda con valor no superior a los 1 300 UPAC. Tambi\u00e9n se estableci\u00f3 la posibilidad de financiar obras de urbanismo y la adquisici\u00f3n de lotes con servicios, actividades para las cuales se pod\u00eda destinar hasta el 5% de los recursos a la vivienda de hasta 2 800 UPAC.\n\n- Las disposiciones legales que rigieron a Colombia, como la Constituci\u00f3n de 1991,  la Ley 09 de 1989 sobre Reforma Urbana, la Ley 49 de 1990 -Cap\u00edtulo XI sobre financiaci\u00f3n de vivienda de inter\u00e9s social-, y  la Ley 003 de 1991, por la cual se crea el Sistema Nacional de Vivienda de inter\u00e9s social y se establece el Subsidio Familiar de Vivienda -SFV-, se reforma el ICT y se dictan otras disposiciones.\n\n- Los programas de gobierno de la \u201cRevoluci\u00f3n Pac\u00edfica\u201d en la administraci\u00f3n Cesar Gaviria Trujillo y \u201cEl Salto Social\u201d en la administraci\u00f3n Ernesto Samper Pizano.\n\nDurante 1999, el sistema de financiaci\u00f3n de vivienda en el pa\u00eds atraves\u00f3 por situaciones cr\u00edticas: iliquidez del sistema financiero y en particular de las entidades que financian vivienda en Colombia, elevados montos en la cartera vencida de dichas entidades, altas tasas de inter\u00e9s, crecimiento desmedido en las cuotas de amortizaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos hipotecarios atados al sistema UPAC, adem\u00e1s de la recesi\u00f3n en general de la econom\u00eda colombiana y mundial.\n\nComo resultado de lo anterior, muchos deudores del cr\u00e9dito hipotecario no pudieron continuar pagando sus obligaciones, y al final muchos de ellos perdieron sus inmuebles o los dieron en daci\u00f3n de pago de la deuda adquirida con la entidad crediticia. Esto llev\u00f3 al cierre a algunas entidades financiadoras de vivienda, as\u00ed como a la quiebra de muchos constructores.\n\nCon el prop\u00f3sito de sanear la situaci\u00f3n, a finales de 1999 el Gobierno Nacional tom\u00f3 algunas medidas y expidi\u00f3 las siguientes normas:\n\n- Ley 546 (23 de diciembre de 1999), por medio de la cual se dictaron normas en materia de vivienda.\n\n- Decreto 2702 (30 de diciembre de 1999), por el cual se establece la metodolog\u00eda para la re-liquidaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos destinados a la financiaci\u00f3n de vivienda de largo plazo denominados en moneda legal.\n\n- Decreto 2703 (30 de diciembre de 1999), por el cual se determina la equivalencia entre la Unidad de Valor Real-UVR y la Unidad de Poder Adquisitivo Constante-UPAC, y se adopta la metodolog\u00eda para calcular el valor en pesos de la UVR.\n\n- Decreto 2704 (30 de diciembre de 1999), por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 546 de 1999, en lo relacionado con el Consejo Superior de Vivienda.\n\n- Resoluci\u00f3n 2896 (29 de diciembre de 1999), por el cual se publica el valor de la UVR para cada uno de los d\u00edas comprendidos entre el 1\u00ba de enero de 1993 y el 31 de diciembre de 1999.\n\n- Decreto 856 (19 de mayo de 1999), por el cual se autoriza la denominaci\u00f3n de Unidades de Valor Real Constante de los t\u00edtulos de tesorer\u00eda -TES- clase B de que trata el art\u00edculo cuarto del Decreto 2599 de 1998.\n\n\nPRIMERA ETAPA : 1983-1994: El DANE inici\u00f3 en 1985 la producci\u00f3n de estas estad\u00edsticas recolectando informaci\u00f3n retroactiva desde 1983 de forma anual, en 1984 con una periodicidad semestral y a partir de 1985, trimestralmente. La investigaci\u00f3n utiliz\u00f3, en su inicio, tres (3) tipos de formularios, con los que se pretend\u00eda recoger informaci\u00f3n relacionada con el mercado de la vivienda (oferta y demanda), seg\u00fan el tipo de financiaci\u00f3n, as\u00ed: \n\nFormulario No. 1: Financiaci\u00f3n de vivienda nueva (cr\u00e9ditos individuales  entregados). \nFormulario No. 2: Financiaci\u00f3n a proyectos (constructores).\nFormulario No. 3: Seguimiento a los proyectos (seg\u00fan formulario No. 2). \n\nLa informaci\u00f3n recolectada en los formularios 2 y 3 present\u00f3 innumerables inconvenientes: baja cobertura de fuentes, diligenciamiento errado, env\u00edo inoportuno de la informaci\u00f3n, sobrevaloraci\u00f3n de las cifras de viviendas entregadas al incluir subrogaciones, etc., que unidos al alto volumen de inconsistencias determinaron la suspensi\u00f3n de su aplicaci\u00f3n. El Formulario No. 1 se constituy\u00f3 en el formulario \u00fanico para la investigaci\u00f3n. \n\nLa informaci\u00f3n recolectada, producida en forma coherente y continua, cuantifica los cr\u00e9ditos para la compra de vivienda nueva otorgados por las entidades financiadoras, presenta datos relativos a cr\u00e9ditos individuales entregados para compra de vivienda nueva, otorgados por las Corporaciones de Ahorro y vivienda (CAV), el Banco Central Hipotecario -BCH-, el Fondo Nacional de Ahorro -FNA- y las Cajas de Vivienda de las principales ciudades del pa\u00eds. Adicionalmente, proporciona informaci\u00f3n acerca del n\u00famero de unidades de viviendas nuevas entregadas al p\u00fablico. \n\nEsta primera etapa muestra una riqueza de fuentes de financiaci\u00f3n para vivienda, que antes de la d\u00e9cada de 1970 no exist\u00eda, debido a que la mayor\u00eda de las empresas edificadoras eran peque\u00f1as. Hacia el a\u00f1o de 1972, el BCH y el ICT eran las principales fuentes de financiaci\u00f3n tanto para los constructores como para los compradores de vivienda. \n\nCon la creaci\u00f3n de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y la Unidad de Poder Adquisitivo Constante como mecanismo para captar y fomentar el ahorro destinado a financiar la construcci\u00f3n de vivienda, se logra un mayor desarrollo y dinamismo en la financiaci\u00f3n de vivienda en el pa\u00eds.\n\n\nSEGUNDA ETAPA: 1995-1999: Los cambios ocurridos en lo referente al enfoque de la pol\u00edtica social, incluidos la pol\u00edtica sobre vivienda y el marco constitucional, fueron los factores determinantes para la transformaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n en la segunda etapa, en la que se ampli\u00f3 la cobertura institucional, se adicionaron nuevas variables y se adopt\u00f3 un mayor n\u00famero de par\u00e1metros de medici\u00f3n y seguimiento de la din\u00e1mica sectorial. Las bases para la segunda etapa de la investigaci\u00f3n pueden sintetizarse en: \n\n- Los cambios en la orientaci\u00f3n de las pol\u00edticas de vivienda de los gobiernos de C\u00e9sar Gaviria y Ernesto Samper.\n\n- La expedici\u00f3n de la Ley 9 de 1989 sobre Reforma Urbana, que define la vivienda de inter\u00e9s social (art\u00edculo 44).\n\n- El Plan de Desarrollo \u201cLa Revoluci\u00f3n Pac\u00edfica\u201d en la administraci\u00f3n de Cesar Gaviria Trujillo, que dio una orientaci\u00f3n diferente a la intervenci\u00f3n social del Estado y a nuevos criterios para la aplicaci\u00f3n de esas pol\u00edticas (focalizaci\u00f3n, descentralizaci\u00f3n, subsidios a la demanda, principalmente).\n\n- La expedici\u00f3n de la Ley 3 de 1991, que precis\u00f3 la orientaci\u00f3n y los mecanismos de aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas.\n\n- La Constituci\u00f3n de 1991, que defini\u00f3 como derecho fundamental el tener acceso a una vivienda digna (Cap\u00edtulo 2)\n\n- Las reglamentaciones sobre el Sistema UPAC en relaci\u00f3n con la vivienda de inter\u00e9s social.\n\n- El Plan de Desarrollo del gobierno Samper \u201cEl Salto Social\u201d y su pol\u00edtica de vivienda social urbana. \n\n\nTERCERA ETAPA : 2000-2004: Esta tercera etapa tiene como sustento la siguiente normatividad:\n\n- Decreto 2702\/99. Por el cual se establece la metodolog\u00eda para la reliquidaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos destinados a la financiaci\u00f3n de vivienda de largo plazo denominados en moneda legal. \n\n- Decreto 2703\/99. Por el cual se determina la equivalencia entre la Unidad de Valor Real (UVR) y la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) y se adopta la metodolog\u00eda para calcular el valor en pesos de la UVR.\n\n- Decreto 2704\/99. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 546\/99, en lo relacionado con el Consejo Superior de Vivienda. Ley 508\/99. Plan Nacional de Desarrollo -Cap\u00edtulo de infraestructura social referente a vivienda. \n\n- Decreto 824\/99. Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3\u00aa de 1991 en relaci\u00f3n con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para \u00e1reas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignaci\u00f3n por parte de las Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar. \n\n- Decreto 856\/99. Por el cual se autoriza la denominaci\u00f3n de Unidades de Valor Real Constante de los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda (TES) clase B de que trata el Art\u00edculo 4\u00ba del Decreto 2599\/98. \n\n- Decreto 1537\/99. Reglament\u00f3 parcialmente la Ley 3\u00aa\/91 con relaci\u00f3n al subsidio familiar de vivienda de inter\u00e9s social, otorgado a hogares que hayan recibido del Fondo Nacional del Ahorro. Establece este decreto que el Gobierno podr\u00e1 asignar y entregar para vivienda de inter\u00e9s social a hogares que hayan suscrito escritura p\u00fablica a compraventa de la soluci\u00f3n de vivienda objeto del mismo.\n\n- Decreto 1538\/99. Se expidi\u00f3 este decreto como complemento del Decreto 824\/99 y con el prop\u00f3sito de dar claridad a algunos conceptos como la definici\u00f3n de hogar, ahorro programado, postulaciones colectivas y algunos otros.\n\n- Decreto 1539\/99. Regul\u00f3 parcialmente el Decreto 350\/99 (dictado con base en la declaratoria de emergencia econ\u00f3mica de la zona cafetera). Entre otros asuntos, dispuso que a partir de la vigencia del Decreto 350 y durante los a\u00f1os 1999 y 2000, al finalizar cada mes, las Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar apropiar\u00e1n el 10% de los dineros destinados por el Fondo de Vivienda (Fovis) para atender las necesidades de subsidios de vivienda de los habitantes de los municipios se\u00f1alados en los Decretos 195 y 223 de 1999. Los recursos ser\u00e1n administrados por las Cajas a trav\u00e9s de un fideicomiso denominado Fondo del Caf\u00e9 (Focaf\u00e9). \n\n- Decreto 1396\/99. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3\u00aa de 1991.\n\n- Decreto 1729\/99. Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990 y 03 de 1991. \n\n- Resoluci\u00f3n No. 2896\/99. Por la cual se publica el valor de la UVR para cada uno de los d\u00edas comprendidos entre el 1\u00ba de enero de 1993 y el 31 de diciembre de 1999. \n\n- Acuerdo No. 14\/99. Expedido por el Inurbe, por medio del cual se establecen los periodos de postulaci\u00f3n y asignaci\u00f3n del subsidio familiar de vivienda, otorgado por las Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar. \n\n- Resoluci\u00f3n del Inurbe No. 0243 del 9 de julio de 1999. Por la cual se aprueban y se adoptan los formularios de Registro \u00danico de Postulantes del Subsidio Familiar de Vivienda y de Inscripci\u00f3n del Registro de la Oferta de Programas de Vivienda de Inter\u00e9s Social. \n\n- Nuevas disposiciones en materia de subsidios a la VIS. Acuerdo No. 18 de 1999 (julio 28). Por el cual se reglamenta el Decreto 824 de 1999, en cuanto al Reglamento de Garant\u00edas, para el giro del subsidio familiar de vivienda con anterioridad al otorgamiento de la escritura. \n\n- Acuerdo No. 19 de 1999 (julio 28) por medio del cual se reglamenta el sistema unificado del subsidio en la etapa de transici\u00f3n.\n\n\nCUARTA ETAPA : 2004 en adelante: Teniendo en cuenta que la vivienda constituye un factor determinante de desarrollo social y econ\u00f3mico, en la medida que posibilita la disminuci\u00f3n de la pobreza y la miseria, la reactivaci\u00f3n de la econom\u00eda y la generaci\u00f3n de empleo, el gobierno de \u00c1lvaro Uribe V\u00e9lez, desarroll\u00f3 (a\u00f1o 2002) como base de su pol\u00edtica de vivienda, ajustes en materia de financiaci\u00f3n de vivienda y de subsidio familiar de vivienda, y cre\u00f3 incentivos de oferta y demanda para cr\u00e9ditos de vivienda. Para cumplir con las metas propuestas, la actual pol\u00edtica de vivienda busca como objetivo fundamental garantizar la existencia en el tiempo de esquemas de financiaci\u00f3n a largo plazo para la vivienda, mejorando la posibilidad de acceso a los m\u00e1s pobres. Este objetivo se lograr\u00e1 a trav\u00e9s de la puesta en marcha de medidas de pol\u00edtica en tres frentes generales: medidas para fortalecer y viabilizar el sistema de financiaci\u00f3n de largo plazo, de alivio a los deudores y a las entidades financieras, y para el direccionamiento de la vivienda de inter\u00e9s social y los subsidios.  \n\nPor otra parte, dada la crisis por la que atravesaban las antiguas Corporaciones de Ahorro y Vivienda CAV, caracterizada principalmente por la escasez de recursos, el aumento de su cartera morosa y por haber afectado el financiamiento de proyectos de construcci\u00f3n de vivienda, el gobierno sugiri\u00f3 replantear el esquema de financiamiento que se ven\u00eda utilizando, mediante el cual se captaban recursos a la vista y se prestaban a largo plazo. En tal sentido, y con el fin de garantizar la viabilidad del sistema de financiaci\u00f3n hipotecaria a largo plazo, el gobierno propone desarrollar condiciones necesarias que permitan impulsar la vinculaci\u00f3n de recursos del mercado de capitales a la financiaci\u00f3n de vivienda a trav\u00e9s de instrumentos tales como la titularizaci\u00f3n de la cartera hipotecaria, las letras y c\u00e9dulas hipotecarias, leasing habitacional, instrumentos que disminuyen el alto riesgo tanto para las entidades crediticias como para los deudores; lo anterior conlleva los movimientos a corto plazo de la tasa de inter\u00e9s, reduce los costos de captaci\u00f3n de las entidades y disminuye el riesgo de iliquidez del sistema de financiaci\u00f3n de la construcci\u00f3n.\n\nEs en \u00e9ste contexto, que la operaci\u00f3n estad\u00edstica determina la evoluci\u00f3n  trimestral del n\u00famero y valor de las viviendas financiadas a largo plazo. Con la inclusi\u00f3n de variables de clasificaci\u00f3n como \u201ctipo de vivienda\u201d se establece si la vivienda adquirida es nueva o usada, el \u201crango de vivienda\u201d permite establecer si la vivienda es de inter\u00e9s social o diferente de inter\u00e9s social, la variable \u201csubsidio\u201d establece si la vivienda cuenta o no con subsidio familiar de vivienda y las variables geogr\u00e1ficas permiten la desagregaci\u00f3n de la informaci\u00f3n a nivel total nacional, por departamento y capital de departamento.\n\n\nREFERENTES INTERNACIONALES\n\nEl DANE en Latinoam\u00e9rica es pionero en la generaci\u00f3n de estad\u00edsticas en el sector construcci\u00f3n y vivienda, la operaci\u00f3n estad\u00edstica es resultado de la necesidad del Gobierno Nacional, del sector especializado en la financiaci\u00f3n de vivienda individual a largo plazo y de los diferentes usuarios de contar con informaci\u00f3n confiable y oportuna que permita la toma acertada de decisiones sobre la financiaci\u00f3n de vivienda a largo plazo en el pa\u00eds."},"holdings":[{"text":"La poblaci\u00f3n objeto lo constituyen las entidades que financian vivienda a largo plazo en el pa\u00eds: Banca Hipotecaria y Comercial, Fondo Nacional de Ahorro, Fondos de Empleados, Cooperativas de Vivienda.","location":"","callno":"","uri":""}],"study_notes":"OBJETIVO GENERAL\n\nDotar al pa\u00eds y al sistema de financiaci\u00f3n de vivienda, de un instrumento de medici\u00f3n que permita conocer la evoluci\u00f3n del n\u00famero y valor de las viviendas financiadas en el pa\u00eds a largo plazo, por parte de las entidades que otorgan cr\u00e9ditos hipotecarios de vivienda.\n\n\nOBJETIVOS ESPEC\u00cdFICOS\n\n- Determinar el n\u00famero y valor de las viviendas financiadas por tipo de vivienda, seg\u00fan rangos de vivienda, entidad financiadora, a nivel nacional, por departamento y capital de departamento.\n\n- Establecer el n\u00famero y valor de las viviendas de inter\u00e9s social financiadas por tipo de vivienda, con y sin Subsidio Familiar de Vivienda, seg\u00fan entidad financiadora, a nivel nacional, por departamento y capital de departamento.\n\n- Cuantificar el n\u00famero y valor de las viviendas diferentes de inter\u00e9s social financiadas por tipo de vivienda, por categor\u00edas, entidad financiadora, a nivel nacional, por departamento y capital de departamento.\n\n- Recopilar informaci\u00f3n sobre operaciones de cr\u00e9dito: desembolsos a cr\u00e9dito de constructores; cr\u00e9ditos individuales desembolsados para los Fondos, Cajas de Vivienda y dem\u00e1s entidades financiadoras de vivienda y subrogaciones de cr\u00e9dito.","study_info":{"keywords":[{"keyword":"Financiaci\u00f3n de vivienda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Estad\u00edsticas de Financiaci\u00f3n de Vivienda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Moneda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Financiaci\u00f3n en UVR","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Financiaci\u00f3n en pesos","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Tipo de vivienda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Rango vivienda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Entidad financiadora de vivienda","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Financiaci\u00f3n  VIS","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Financiaci\u00f3n  no VIS","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Subsidio Familiar de Vivienda  (SFV)","vocab":"","uri":""},{"keyword":"N\u00famero de viviendas financiadas","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Valor de las viviendas financiadas","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Vivienda de inter\u00e9s social (VIS)","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Microcr\u00e9ditos Inmobiliarios","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Tasa inter\u00e9s","vocab":"","uri":""}],"topics":[{"topic":"Vivienda [10.1]","vocab":"CESSDA","uri":"http:\/\/www.nesstar.org\/rdf\/common"}],"abstract":"El DANE, es una instituci\u00f3n gubernamental de car\u00e1cter t\u00e9cnico, cuya misi\u00f3n es obtener y procesar la informaci\u00f3n estrat\u00e9gica nacional, garantizando la disponibilidad y calidad, que sirva de base para el desarrollo econ\u00f3mico, social y pol\u00edtico del pa\u00eds. \n\nEn este contexto el DANE desarrolla la operaci\u00f3n estad\u00edstica de Financiaci\u00f3n de Vivienda - FIVI, cuya finalidad es proporcionar estad\u00edsticas relacionadas con el n\u00famero y el valor de las viviendas nuevas y usadas financiadas a trav\u00e9s de cr\u00e9ditos hipotecarios entregados por las entidades que financian vivienda a largo plazo en el pa\u00eds, presentando una estad\u00edstica que permita a los planificadores, formuladores, evaluadores y p\u00fablico en general, informaci\u00f3n para el diagn\u00f3stico de la financiaci\u00f3n de vivienda.\n\nLas cifras sobre financiaci\u00f3n de vivienda se refieren al valor de los cr\u00e9ditos individuales desembolsados para la compra de vivienda nueva y usada en millones de pesos corrientes y constantes del cuarto trimestre de 2005 y al n\u00famero de viviendas financiadas. La informaci\u00f3n se recolecta a trav\u00e9s de un CENSO, de los registros administrativos de las operaciones de cr\u00e9dito hipotecario de vivienda que se realizan en el territorio nacional.","nation":[{"name":"COLOMBIA","abbreviation":"COL"}],"geog_unit":"La cobertura geogr\u00e1fica que enmarca la presente investigaci\u00f3n es nacional, desagregada por departamentos y capitales departamentales.","analysis_unit":"UNIDAD DE OBSERVACI\u00d3N:\n\nSon los cr\u00e9ditos hipotecarios a largo plazo para compra de vivienda nueva y usada.\n\n\nUNIDAD DE AN\u00c1LISIS: \n\nSon los cr\u00e9ditos hipotecarios a largo plazo para compra de vivienda nueva y usada.","universe":"El universo de estudio lo constituyen las entidades que financian vivienda a largo plazo en el pa\u00eds y que conforman la cobertura de la operaci\u00f3n estad\u00edstica.","data_kind":"Censos (cen)","notes":"Las variables que maneja esta investigaci\u00f3n se dividen en: \n\nVARIABLES DE ESTUDIO: \n\n\u00ba N\u00famero de cr\u00e9ditos hipotecarios: Se definen cr\u00e9ditos de vivienda, independientemente del monto, corresponde a aquellos otorgados a personas naturales, destinados a la adquisici\u00f3n de vivienda nueva o usada, o a la construcci\u00f3n de vivienda individual. De acuerdo con la Ley 546 de 1999.\n \n\u00ba Valor de los cr\u00e9ditos hipotecarios: corresponde al monto desembolsado por parte de la entidad financiadora a personas naturales, destinados a la adquisici\u00f3n de vivienda nueva o usada, o a la construcci\u00f3n de vivienda individual. De acuerdo con la Ley 546 de 1999.\n\n\u00ba Valor de cr\u00e9ditos a constructores: son los desembolsos realizados por las entidades financiadoras a los constructores, una vez aprobado el cr\u00e9dito y, de acuerdo con el avance del estado de la obra, se efect\u00faan desembolsos parciales.\n\n\u00ba Valor de las subrogaciones de cr\u00e9dito: corresponde al monto sustituido de los cr\u00e9ditos de constructores a individuales y el valor reemplazado entre individuales, es decir, es el traslado de la deuda del constructor a una persona individual, para el caso de compra de vivienda nueva y para la compra de vivienda usada, corresponde al traslado de la deuda de una persona individual a otra individual.\n\n\nVARIABLES DE CLASIFICACI\u00d3N: \n\n\u00ba Tipo de vivienda: corresponde a la clasificaci\u00f3n seg\u00fan el tipo de soluci\u00f3n habitacional al cual est\u00e1n dirigidos los recursos del cr\u00e9dito hipotecario y puede ser nueva o usada.\n\n\u00ba Rango de vivienda: corresponde a la clasificaci\u00f3n que tiene el valor del inmueble objeto de financiaci\u00f3n. Puede ser vivienda VIS o diferente de VIS.\n\n\u00ba Entidad financiadora de vivienda: corresponde a las entidades facultadas para otorgar cr\u00e9ditos hipotecarios a largo plazo en el pa\u00eds.\n\n\u00ba Financiaci\u00f3n  VIS: corresponde a la clasificaci\u00f3n que se da a la vivienda cuyo valor va hasta 135 smlmv. Tiene condiciones especiales de tasa de inter\u00e9s y porcentaje de financiaci\u00f3n, y puede ser sujeta de subsidio familiar de vivienda por parte del gobierno. Puede ser Vivienda de Inter\u00e9s Prioritario VIP (hasta 70 smlmv) o diferente de VIP (superior a 70 smlmv). \n\n\u00ba Categor\u00edas No VIS: corresponde a la clasificaci\u00f3n que se tiene para la vivienda cuyo precio es superior a 135 smlmv y est\u00e1 dada en UVR. Puede ser categor\u00eda uno a 643.100 UVR; categor\u00eda dos de 643.101 a 2.411.625 UVR y categor\u00eda tres superior a  2.411.625 UVR.\n\n\u00ba Subsidio Familiar de Vivienda  (SFV): es el aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle la adquisici\u00f3n de una soluci\u00f3n de vivienda de inter\u00e9s social, sin cargo de restituci\u00f3n, siempre que el beneficiario cumpla con los requisitos que establece la Ley 3 de 1991.\n\n\u00ba Departamentos y Bogot\u00e1, D. C: corresponde a la clasificaci\u00f3n dada en el Divisi\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia -DIVIPOLA.\n\n\nVARIABLES CALCULADAS: \n\n\u00ba N\u00famero de viviendas financiadas: corresponde a la sumatoria del n\u00famero de cr\u00e9ditos u obligaciones hipotecarias individuales concedidas en el trimestre de referencia.\n\n\u00ba Valor de las viviendas financiadas: se refiere a la sumatoria del monto de capital total desembolsado mediante los cr\u00e9ditos hipotecarios concedidos en el trimestre de referencia."},"method":{"data_collection":{"data_collectors":[{"name":"Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica","abbreviation":" DANE ","affiliation":"Gobierno Nacional"}],"coll_mode":"Autodiligenciamiento de formulario electr\u00f3nico v\u00eda p\u00e1gina web (por selecci\u00f3n; por ejemplo en encuestas por muestreo o censos)","research_instrument":"DISE\u00d1O DE INSTRUMENTOS\n\nPara poder cumplir con la captura de la informaci\u00f3n se cuenta con dos instrumentos b\u00e1sicos que las fuentes deben diligenciar cada trimestre:\n\n* PLANILLA DE CONTROL DE COBERTURA: el control de la recepci\u00f3n de la informaci\u00f3n se realiza a trav\u00e9s de la planilla de control de cobertura, en la que se listan las fuentes con sus datos de identificaci\u00f3n: c\u00f3digo y nombre de la entidad, ciudad, nombre del personal encargado del diligenciamiento y tel\u00e9fono, con el fin de registrar la fecha de entrega de la informaci\u00f3n por parte de las entidades y un espacio para las observaciones a que haya lugar durante este proceso. De igual manera, este formato permite actualizar o dar mantenimiento al directorio de fuentes, pues en \u00e9l se debe registrar los cambios o novedades que se presenten con el personal y la ubicaci\u00f3n tanto de los funcionarios como de las entidades que conforman las fuentes de la investigaci\u00f3n (v\u00e9ase anexo A).\n\n* FORMATO DE RECOLECCI\u00d3N: Con el prop\u00f3sito de lograr una mayor eficiencia en la recolecci\u00f3n, comprensi\u00f3n y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n recolectada en la investigaci\u00f3n, se dise\u00f1o un instrumento id\u00f3neo que debe ser diligenciado por las entidades que financian vivienda en Colombia. Su periodicidad es trimestral y se encuentra estructurado en tres partes, la primera, corresponde a las instrucciones generales para su correcto diligenciamiento, la segunda, corresponde a los datos de identificaci\u00f3n de la fuente y la tercera parte que son los cap\u00edtulos del levantamiento de la informaci\u00f3n, tal y como se presentan a continuaci\u00f3n:\n\n\n DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO \n\n - Instrucciones generales: corresponde a las instrucciones que la entidad debe tener en cuenta para el adecuado y correcto diligenciamiento de la informaci\u00f3n.\n\n - Datos de identificaci\u00f3n: corresponde a los datos que deben consignarse en la parte superior del formato de recolecci\u00f3n y vienen con la siguiente numeraci\u00f3n:\n\n1. Nombre de la entidad\n2. Periodo al que se refiere la informaci\u00f3n\n2.1. A\u00f1o\n2.2. Trimestre\n2.3. Fecha a que se refiere la informaci\u00f3n\n3. Responsable de suministrar la informaci\u00f3n en la entidad\n3.1. Nombre\n2.2. Cargo\n3.3. Ciudad\n3.4. Direcci\u00f3n\n3.5. Tel\u00e9fono\n3.6. Direcci\u00f3n electr\u00f3nica\n\n- A\u00f1o: se debe diligenciar el a\u00f1o al que corresponde la informaci\u00f3n.\n\n- Trimestre: se debe diligenciar el trimestre al que corresponde la informaci\u00f3n.\n\nCap\u00edtulo I. Informaci\u00f3n para operaciones de cr\u00e9dito: A trav\u00e9s de este cap\u00edtulo se determina el monto total de la financiaci\u00f3n con destino a la actividad edificadora (vivienda, industria, oficinas, bodegas, locales comerciales, hoteles, educaci\u00f3n, hospital-asistencial, administraci\u00f3n p\u00fablica, religioso, social-recreacional y otros no residenciales), tanto para constructores como para individuales. \n\nCap\u00edtulo II. N\u00famero y valor de viviendas nuevas financiadas. N\u00famero y valor de los cr\u00e9ditos individuales  desembolsados para la adquisici\u00f3n de \u00e9ste tipo de unidad habitacional. En \u00e9ste cap\u00edtulo queda consignada la informaci\u00f3n sobre el tipo de vivienda a adquirir, si la soluci\u00f3n habitacional es de inter\u00e9s social y si dicha vivienda tiene o no subsidio familiar de vivienda, o si es diferente de inter\u00e9s social y por rangos. Esta informaci\u00f3n se solicita desagregada al siguiente nivel geogr\u00e1fico total nacional, por departamento y capital de departamento. En este cap\u00edtulo se excluyen los pr\u00e9stamos para compra de vivienda usada, ampliaci\u00f3n, reparaci\u00f3n o divisi\u00f3n de unidades de vivienda. \n\nCap\u00edtulo III. N\u00famero y valor de viviendas usadas financiadas. N\u00famero y valor de los cr\u00e9ditos individuales  desembolsados para la adquisici\u00f3n de \u00e9ste tipo de unidad habitacional. En \u00e9ste cap\u00edtulo queda consignada la informaci\u00f3n sobre el tipo de vivienda a adquirir, si la soluci\u00f3n habitacional es de inter\u00e9s social o diferente de inter\u00e9s social, \u00e9sta \u00faltima se clasifica por rangos. Esta informaci\u00f3n se solicita desagregada al siguiente nivel geogr\u00e1fico total nacional, por departamento y capital de departamento. En este cap\u00edtulo se excluyen los pr\u00e9stamos para compra de vivienda nueva, ampliaci\u00f3n, reparaci\u00f3n o divisi\u00f3n de unidades de vivienda.","coll_situation":"SENSIBILIZACI\u00d3N\n\nComo proceso de sensibilizaci\u00f3n, cada trimestre se env\u00eda correspondencia a todas las fuentes indicando el per\u00edodo de referencia para la recolecci\u00f3n de la informaci\u00f3n, y las fechas importantes a tener en cuenta para poder cumplir con los cronogramas establecidos de la siguiente manera: per\u00edodo correspondiente a la informaci\u00f3n reportada, fechas en las cuales se debe realizar el env\u00edo de la informaci\u00f3n, per\u00edodos indicados para la correcci\u00f3n y aclaraciones a las que haya lugar. Cuando se realiza un cambio metodol\u00f3gico por parte del DANE, se contacta por medio telef\u00f3nico y\/o v\u00eda correo electr\u00f3nico a cada una de las fuentes, con el fin de programar las mesas de trabajo en las cuales se explica en detalle los cambios realizados, las consideraciones que dieron origen a los cambios (cambio en la legislaci\u00f3n, requerimientos de nueva informaci\u00f3n, oportunidad, etc.) y las fechas de reporte y env\u00edo de la informaci\u00f3n. \n\nCuando se trata de una fuente nueva se realiza un contacto inicial con la entidad, en donde se le presenta la investigaci\u00f3n resaltando los principales aspectos de la misma, la importancia para el pa\u00eds y para el p\u00fablico en general de contar con informaci\u00f3n confiable y oportuna, para poder establecer estad\u00edsticas que nos permitan mejorar la toma de decisiones. Se presentan los diferentes instrumentos de recolecci\u00f3n acompa\u00f1ados de los manuales y se realiza una asesor\u00eda cada vez que la fuente lo requiera, ya sea por correo electr\u00f3nico, v\u00eda telef\u00f3nica o personalmente.\n\n\nCAPACITACI\u00d3N\n\nEl grupo de log\u00edstica del DANE central capacita a cada una de las fuentes mediante visitas a las mismas explicando el objetivo y la importancia del env\u00edo de la informaci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n informa sobre la forma y consistencia de cada una de las variables solicitadas; esta actividad es soportada por el manual de diligenciamiento. \n\n\nESQUEMA OPERATIVO, M\u00c9TODO Y PROCEDIMIENTO PARA LA RECOLECCI\u00d3N\n\nLas fuentes de informaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n est\u00e1n constituidas por las entidades que otorgan pr\u00e9stamos para la compra de vivienda a largo plazo, y son: banca hipotecaria, cajas e institutos de vivienda popular de los principales departamentos y ciudades del pa\u00eds, Fondo Nacional de Ahorro y entidades que canalicen sus recursos hacia la financiaci\u00f3n de vivienda en Colombia, quienes reportan la informaci\u00f3n de sus registros administrativos a trav\u00e9s de un formulario de auto-diligenciamiento. \n\nLa investigaci\u00f3n tiene periodicidad trimestral; por tal raz\u00f3n Log\u00edstica de Auto-diligenciamiento y Registros, los cinco primeros d\u00edas h\u00e1biles del mes siguiente al corte del trimestre env\u00eda una carta a las fuentes solicitando la informaci\u00f3n correspondiente. \n\nEn esta comunicaci\u00f3n que es dirigida a la persona responsable de la informaci\u00f3n y que va mediante correo certificado figura el periodo de recolecci\u00f3n, fecha m\u00e1xima para el env\u00edo de la informaci\u00f3n y es confirmando mediante llamada telef\u00f3nica o correo electr\u00f3nico que la comunicaci\u00f3n enviada efectivamente lleg\u00f3 a su destinatario.\n\nLas cartas deben contener los siguientes \u00edtems:\n\n- El trimestre del cual se est\u00e1 solicitando la informaci\u00f3n.\n- Fecha m\u00e1xima para el env\u00edo de la informaci\u00f3n.  \n- Direcci\u00f3n o correo electr\u00f3nico al cual  se debe hacer llegar la informaci\u00f3n.","act_min":"A medida que se realice la recepci\u00f3n de la informaci\u00f3n, se deber\u00e1n actualizar las novedades que se presenten con los datos de identificaci\u00f3n de las fuentes cada trimestre, como por ejemplo: nombre de la persona responsable de diligenciar y enviar la informaci\u00f3n al DANE, direcci\u00f3n o tel\u00e9fonos de contacto.\n\nA trav\u00e9s de este directorio tambi\u00e9n se debe realizar el control de cobertura, es decir, mantener el control sobre las fechas dentro de las cuales deben rendir informaci\u00f3n, y as\u00ed, comunicarse con las fuentes que presenten atrasos en el env\u00edo.   \n\n\nCLASIFICACI\u00d3N Y ORDENAMIENTO DE ENCUESTAS O REGISTROS \n\nSe debe realizar una revisi\u00f3n general del formulario, bien sea f\u00edsico o en medio magn\u00e9tico, verificando siempre que la entidad informante haya contestado los cap\u00edtulos del formulario de una manera adecuada.\n\nTodo formulario de recolecci\u00f3n con informaci\u00f3n incompleta o inconsistente debe ser confirmado v\u00eda telef\u00f3nica o, en caso de ser necesario, personalmente. Una vez contactada la fuente, se realizar\u00e1n las respectivas correcciones o se complementar\u00e1 de acuerdo con las instrucciones dadas por la entidad que reporta. Esta etapa finaliza con el ordenamiento y la clasificaci\u00f3n de cada fuente seg\u00fan la banca comercial o cajas y fondos. El Fondo Nacional del Ahorro va de manera independiente.\n\n\nRECEPCI\u00d3N DE LA INFORMACI\u00d3N \n\nEn la medida en que se realice la recepci\u00f3n de la informaci\u00f3n, se deber\u00e1n actualizar las novedades que se presenten con los datos de identificaci\u00f3n de las fuentes cada trimestre, como por ejemplo: nombre de la persona responsable de diligenciar y enviar la informaci\u00f3n al DANE, direcci\u00f3n o tel\u00e9fonos de contacto.\n\nA trav\u00e9s de este directorio, tambi\u00e9n se debe realizar el control de cobertura, es decir mantener el control sobre las fechas dentro de las cuales deben rendir informaci\u00f3n, y as\u00ed, comunicarse con las fuentes que presenten atrasos en el env\u00edo.   \n\n\nREVISI\u00d3N DEL FORMULARIO \n\nSe debe realizar una revisi\u00f3n general del formulario bien sea f\u00edsico o en medio magn\u00e9tico, verificando siempre que la entidad informante haya contestado los cap\u00edtulos del formulario de una manera adecuada.\n\nTodo formulario de recolecci\u00f3n con informaci\u00f3n incompleta o inconsistente, debe ser confirmado v\u00eda telef\u00f3nica o en caso de ser necesario de manera personal, una vez contactada la fuente, se realizaran las respectivas correcciones o se complementar\u00e1 de acuerdo a las instrucciones dadas por la entidad que reporta.","cleaning_operations":"CONSOLIDACI\u00d3N DE ARCHIVOS\n\nUna vez recibida la informaci\u00f3n enviada por las fuentes, estos archivos son recibidos por el grupo de Log\u00edstica en un PC con la configuraci\u00f3n adecuada para este fin, en el cual es desempaquetada, esta infamaci\u00f3n es cargada sobre esquemas secundarios de tablas relacionales en plataforma Fox Pro  desde la cual se alimenta el esquema principal de igual configuraci\u00f3n, con lo cual consolida la informaci\u00f3n a nivel nacional, departamental y capital de departamento, realiza verificaciones de duplicidad a nivel de llave principal, unida a algunos campos de identificaci\u00f3n, y permite generar la base de datos consolidada.\n\nAl final de estos procesos, se realiza un reprocesamiento total de la informaci\u00f3n, es decir, se carga nuevamente toda la informaci\u00f3n recolectada, sobre los esquemas secundarios de tablas relacionales en plataforma Fox Pro y desde la cual se actualiza el esquema principal, lo que posibilita recuperar en su totalidad alg\u00fan tipo de informaci\u00f3n que no se hubiese cargado a la base principal, consolid\u00e1ndose a la informaci\u00f3n ya existente, sin nunca dejar de lado las verificaciones de duplicidad a nivel de llave principal, unida a algunos campos de identificaci\u00f3n, esto permite generar la base de datos con toda la informaci\u00f3n suministrada por las fuentes.\n\n\nPROCESAMIENTO DE DATOS\n\nLa informaci\u00f3n estad\u00edstica reportada por todas las entidades de cobertura debe cumplir con las especificaciones de validaci\u00f3n dise\u00f1adas por la operaci\u00f3n estad\u00edstica.\n\n\nCONSISTENCIA Y VALIDACI\u00d3N DE LA INFORMACI\u00d3N POR CAP\u00cdTULOS\n\nCAP\u00cdTULO 1. Informaci\u00f3n sobre operaciones de cr\u00e9dito\n\nSi la entidad informante es de la banca hipotecaria, deber\u00e1 diligenciar las preguntas 1, 2 y 3; si es un fondo o una caja de vivienda, diligenciar\u00e1 las preguntas 1, 3 y 4.\n\nLa sumatoria de la informaci\u00f3n reportada en este cap\u00edtulo ser\u00e1 superior o igual a la sumatoria de los cap\u00edtulos 2 y 3 del formulario, ya que se refiere a la totalidad de los cr\u00e9ditos desembolsados para la construcci\u00f3n y compra de inmuebles para todos los destinos de la construcci\u00f3n.\n\n\nCAP\u00cdTULO 2. N\u00famero de viviendas financiadas nuevas y valor de cr\u00e9ditos individuales entregados para compra de vivienda nueva \n\nLa informaci\u00f3n de este cap\u00edtulo se encuentra dividida en dos partes: en la primera se encuentran los datos por departamento y en la segunda parte por capitales departamentales as\u00ed: Bogot\u00e1 y 32 departamentos y 31 capitales departamentales.\n\nEn el cuadro correspondiente a departamentos: 2.0, se revisar\u00e1:\n\n- Que la sumatoria de cada fila, corresponda al total, excluyendo la informaci\u00f3n sobre lotes con servicios. \n- Que la informaci\u00f3n suministrada para cada departamento, sea mayor o igual a la informada para capitales departamentales.\n- Que la sumatoria de las columnas corresponda al total informado por la fuente.\n- Que el valor de los cr\u00e9ditos desembolsados dividido el n\u00famero de viviendas financiadas, sea coherente, de acuerdo con el rango de clasificaci\u00f3n. \n- Se deber\u00e1 confirmar que la informaci\u00f3n correspondiente a Bogot\u00e1, haya sido excluida del departamento de Cundinamarca.\n- Que cuando se haya diligenciado n\u00famero de viviendas financiadas, se informe el valor desembolsado y viceversa. \n- Si se hace evidente un error aritm\u00e9tico, se corregir\u00e1.\n\nEn el cuadro correspondiente a capitales departamentales: 2.1, se revisar\u00e1:\n\n- Que la sumatoria de cada fila, corresponda al total informado, excluyendo lotes con servicios.\n- Que la informaci\u00f3n suministrada para cada capital departamental, sea menor o igual a la informada para los departamentos.\n- Que el valor de los cr\u00e9ditos desembolsados dividido el n\u00famero de viviendas financiadas, sea coherente, de acuerdo con el rango de clasificaci\u00f3n.\n- Que cuando se haya diligenciado n\u00famero de viviendas financiadas, se informe el valor desembolsado y viceversa. \n- Si se hace evidente un error aritm\u00e9tico, se corregir\u00e1.\n\nEn los casos en que haya discrepancia entre los totales de sumas, o cifras mayores en capitales departamentales que en el total de la secci\u00f3n, o falten datos sobre n\u00famero de viviendas financiadas o valor de cr\u00e9ditos, se consultar\u00e1 con la fuente informante para precisar el origen del error, y la forma de corregirlo.\n\n\nCAP\u00cdTULO 3. N\u00famero de viviendas financiadas usadas. Valor de cr\u00e9ditos individuales entregados para compra de vivienda usada.\n\nLa informaci\u00f3n de este cap\u00edtulo se encuentra dividida, al igual que el capitulo 2 en dos partes: en la primera parte se encuentran los datos por departamento y en la segunda parte por capitales departamentales as\u00ed: Bogot\u00e1 y 32 departamentos y 31 capitales departamentales.\n\nEn el cuadro correspondiente a departamentos: 3.0, se debe revisar:\n\n- Que la sumatoria de cada fila, corresponda al total. \n- Que la informaci\u00f3n suministrada para cada departamento, sea mayor o igual a la informada para capitales departamentales.\n- Que la sumatoria de las columnas corresponda al total informado por la fuente.\n- Que el valor de los cr\u00e9ditos desembolsados dividido el n\u00famero de viviendas financiadas, sea coherente, de acuerdo con el rango de clasificaci\u00f3n.\n- Se deber\u00e1 confirmar que la informaci\u00f3n correspondiente a Bogot\u00e1, haya sido excluida del departamento de Cundinamarca. \n- Que cuando se haya diligenciado n\u00famero de viviendas financiadas, se informe el valor desembolsado y viceversa. \n- Si se hace evidente un error aritm\u00e9tico, se corregir\u00e1.\n\nEn el cuadro correspondiente a capitales departamentales: 3.1, se debe  revisar:\n\n- Que la sumatoria de cada fila, corresponda al total informado.\n- Que la informaci\u00f3n suministrada para cada capital departamental, sea menor o igual a la informada para los departamentos.\n- Que en la informaci\u00f3n por capitales departamentales se excluyan las \u00e1reas metropolitanas de las grandes ciudades.\n- Que el valor de los cr\u00e9ditos desembolsados dividido el n\u00famero de viviendas financiadas, sea coherente, de acuerdo con el rango de clasificaci\u00f3n.\n- Que cuando se haya diligenciado n\u00famero de viviendas financiadas, se informe el valor desembolsado y viceversa. \n- Si se hace evidente un error aritm\u00e9tico, se corregir\u00e1.\n\nEn los casos en que haya discrepancia en los totales de sumas, o cifras mayores en capitales departamentales que en el total de la secci\u00f3n, o falten datos sobre n\u00famero de viviendas financiadas o valor de cr\u00e9ditos, se consultar\u00e1 con la fuente informante para precisar el origen del error, y la forma de corregirlo.\n\n\nTRANSMISI\u00d3N DE DATOS A DANE CENTRAL\n\nEl equipo de log\u00edstica del DANE central realiza la grabaci\u00f3n de la informaci\u00f3n enviada por las fuentes en forma autom\u00e1tica, mediante el aplicativo de la investigaci\u00f3n Financiaci\u00f3n de Vivienda - FIVI. Para este proceso se deben seguir los siguientes pasos:\n\n1. Tomar el archivo Excel enviado por la fuente y simult\u00e1neamente el archivo dise\u00f1ado para la cr\u00edtica de la informaci\u00f3n, que se encuentra formulado y permite verificar y detectar inconsistencias en cuanto a sumas verticales y horizontales, como tambi\u00e9n encontrar decimales ocultos y errores en la informaci\u00f3n departamental en comparaci\u00f3n con la de la correspondiente capital.\n \n2. Se toma la informaci\u00f3n enviada por la fuente del capitulo 2.0 (vivienda nueva departamentos) y se sombrea \u00fanicamente el contenido desde el n\u00famero de viviendas VIS con subsidio desde el departamento de Antioquia, hasta el departamento del Vichada; luego se copia en el formato de cr\u00edtica en la hoja 2.0. El mismo procedimiento se efect\u00faa con los cap\u00edtulos 2.1 (vivienda nueva capitales); capitulo 3.0 (vivienda usada departamento) y cap\u00edtulo 3.1 (vivienda usada capitales)\n\n3. Una vez tenemos la informaci\u00f3n en el formato de cr\u00edtica, verificamos las sumas totales y las comparamos con el formulario enviado por la fuente, para detectar inconsistencias, luego verificamos si hay decimales para redondear la cifra a enteros.\n\n4. En las hojas 2.0 y 3.0, adjuntas al archivo de cr\u00edtica, aparece una tabla que verifica que la informaci\u00f3n de la capital no sea mayor a la de los departamentos. Esta es una de las principales validaciones.\n\n5. Despu\u00e9s de efectuado este proceso si se encuentran inconsistencias en cuanto a las capitales, se debe llamar a la fuente para verificar el dato correcto, y corregirlo en el formulario.\n\n6. Una vez verificadas las cifras definitivas, se copia o se digitan los datos del formulario en el capitulo 1 \u201cInformaci\u00f3n sobre operaciones de cr\u00e9dito\u201d enviado por la fuente, ubicando el c\u00f3digo de la fuente.\n\n7. Una vez que se cuenta con las cifras cargamos los datos contenidos en la hoja 2.0 del formato de cr\u00edtica, solamente se toma la informaci\u00f3n contenida en el cuadro desde el total nacional, hasta el \u00faltimo registro de la tabla.\n\n8. Luego se toma los datos del formato de cr\u00edtica 2.1 con la informaci\u00f3n de las capitales, se pegan en la hoja Cap2. Lo anterior con el fin de que los datos queden independientes para cada fuente. Este proceso se realiza con todas las fuentes.\n\n9. En el momento en que se tengan los datos completos en la base trimestral  con las fuentes que reportaron, despu\u00e9s haber solucionado las inconsistencias si se presentaron, se ordena por c\u00f3digo de entidad, tipo de registro y c\u00f3digo capital, esto con el fin de que la informaci\u00f3n quede organizada por fuente, el archivo se guarda con el nombre \"cap1\", como una hoja de c\u00e1lculo de Microsoft Excel 4.0. Esto con el fin de que se pueda cargar la informaci\u00f3n al programa de captura desarrollado en FoxPro 2.6 y este lo pueda procesar; este mismo proceso se debe efectuar para los cap\u00edtulos 2 y 3, los  nombres de los archivos deben ser \"Cap1\".xls, \"Cap2\".xls y \"Cap3\".xls; se debe tener precauci\u00f3n al nombrar los archivos ya que estos no deben tener mas de cuatro (4) caracteres, de lo contrario el aplicativo no lo cargar\u00e1.\n\n\nGRABACI\u00d3N\n\nPara la conformaci\u00f3n de los archivos de Financiaci\u00f3n de Vivienda, tanto en la captura de la informaci\u00f3n como en la consolidaci\u00f3n final, se deben considerar una serie de aspectos de tipo t\u00e9cnico con el fin de garantizar su consistencia y su posterior uso por parte de los diferentes usuarios. En el desarrollo de esta operaci\u00f3n estad\u00edstica  censal con captura por medio de DMC, se debe considerar una fase importante, en la cual se realiza la validaci\u00f3n de los datos censales.\n\t\nLas normas de validaci\u00f3n en el momento de captura, deben permitir una correcci\u00f3n inmediata por parte de quien cr\u00edtica la informaci\u00f3n, mientras que las que se implementan para una vez finalizada la jornada, debe generar marcas de inconsistencia pero, a menos que se explicite. Deben servir al cr\u00edtico como estad\u00edsticas del desarrollo del trabajo de cr\u00edtica, validaci\u00f3n y consistencia, pero no requieren de revisita por parte de la fuente. La raz\u00f3n de esto es que pretender corregir todas las inconsistencias volviendo a la fuente informante, es muy negativo en t\u00e9rminos de rendimientos operativos. \n\nEstas normas deben ser tenidas en cuenta para la captura en el aplicativo una vez efectuados los procesos de cr\u00edtica, validaci\u00f3n y consistencia  de la informaci\u00f3n.\n\n\nVALIDACI\u00d3N DE LOS DATOS REPORTADOS POR ASOBANCARIA\n\nUna vez consolidada, revisada y validada la informaci\u00f3n el equipo de Log\u00edstica contrasta la informaci\u00f3n obtenida frente a la registrada por ASOBANCARIA, teniendo en cuenta que la informaci\u00f3n de ASOBANCARIA corresponda al mismo trimestre. Adem\u00e1s que las fuentes que le reportan a ASOBANCARIA sean las mismas que le reportan al DANE. Las variables a confrontar son: N\u00famero y Valor de los Cr\u00e9ditos Hipotecarios, por tipo de vivienda, por rangos de vivienda y categor\u00edas No VIS; al siguiente nivel de desagregaci\u00f3n total nacional, por departamento y capital de departamento.   \n\nSeg\u00fan disposiciones tem\u00e1ticas se pueden admitir diferencias en n\u00famero de cr\u00e9ditos hasta 15 y en valor hasta 1.000 millones de pesos corrientes, las diferencias que superen este monto, por encima o por debajo, deber\u00e1n ser confirmadas con la entidad correspondiente y si es del caso realizar las correcciones a que haya lugar. Esta comparaci\u00f3n se realiza en la hoja de c\u00e1lculo dise\u00f1ada para tal fin en archivo Excel.\n\n\nNORMAS DE VALIDACI\u00d3N\n\nLas normas de validaci\u00f3n en el momento de captura, deben permitir una correcci\u00f3n inmediata por parte de quien cr\u00edtica la informaci\u00f3n, mientras que las que se implementan para una vez finalizada la jornada, debe generar marcas de inconsistencia pero, a menos que se explique. Deben servir al cr\u00edtico como estad\u00edsticas del desarrollo del trabajo de cr\u00edtica, validaci\u00f3n y consistencia, pero no requieren de revisita por parte de la fuente.  La raz\u00f3n de esto es que pretende corregir todas las inconsitencias volviendo a la fuente informante, es muy negocio en t\u00e9rminos de rendimientos operativas.\n\nEstas normas deben ser tenidas en cuenta para la captura en el aplicativo una vez efectuados los procesos de cr\u00edtica, validaci\u00f3n y consistencia de la informaci\u00f3n."},"analysis_info":{"sampling_error_estimates":"AN\u00c1LISIS ESTAD\u00cdSTICO\n\nTomando como base la informaci\u00f3n de los cuadros de salida, trimestralmente se hace un an\u00e1lisis de corte transversal y de serie de tiempo de la informaci\u00f3n, en donde se analizan las medidas de tendencia central (media, moda, mediana), medidas de dispersi\u00f3n (rango, varianza y desviaci\u00f3n est\u00e1ndar) y distribuciones.\n\nSe realizan comparaciones entre cortes transversales: variaciones y contribuciones (anuales, a\u00f1o corrido y acumulado doce meses).\n\nTrimestralmente se realiza un an\u00e1lisis de contexto, comparando las cifras publicadas por la investigaci\u00f3n con las producidas en otras entidades referentes al sector de la construcci\u00f3n; de esta manera se da coherencia al comportamiento macroecon\u00f3mico de la financiaci\u00f3n de vivienda del pa\u00eds.\n\nPara el an\u00e1lisis estad\u00edstico se cuenta con series de las principales variables desde el primer trimestre de 1995 hasta la fecha, el cual se realiza al interior del DANE central, presentando un an\u00e1lisis de serie de tiempo (variaciones porcentuales) con la cual los usuarios de la informaci\u00f3n pueden hacer un an\u00e1lisis de la financiaci\u00f3n de soluciones habitacionales del pa\u00eds.\n\n\nAN\u00c1LISIS DE CONTEXTO\n\nCorresponde a un informe trimestral, donde se realiza un comparativo de la informaci\u00f3n de Financiaci\u00f3n de Vivienda producida por el DANE, frente a la informaci\u00f3n generada por otras entidades que estudian el tema; en el referido informe se hace un an\u00e1lisis del comportamiento de las principales variables (valor y  n\u00famero de cr\u00e9ditos hipotecarios de vivienda en sus diferentes modalidades y desagregaciones). En tal sentido, se realizan cortes transversales y series de tiempo, teniendo en cuenta que las propensiones, distribuciones, variaciones y contribuciones presenten tendencia similar."}},"data_access":{"dataset_use":{"conf_dec":[{"txt":"Ley 79 de 1993 Art\u00edculo 5:\n \nLos datos suministrados al Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica DANE, en desarrollo  de censos y encuestas, no podr\u00e1n darse a conocer al p\u00fablico ni a entidades u organismos oficiales, ni a las autoridades p\u00fablicas, sino \u00fanicamente en res\u00famenes num\u00e9ricos, que no hagan posible deducir de ellos informaci\u00f3n alguna de car\u00e1cter individual que pudiera utilizarse para fines comerciales, de tributaci\u00f3n fiscal, de investigaci\u00f3n judicial o cualquier otro diferente del propiamente estad\u00edstico.","required":"yes","form_no":"","uri":""}],"contact":[{"name":"Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica","affiliation":"Gobierno Nacional","email":"dane@dane.gov.co","uri":"www.dane.gov.co"}],"cit_req":"Se autoriza el uso de la informaci\u00f3n contenida en esta portal, siempre y cuando se haga la siguiente cita textual: \"Fuente:  Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica: www.dane.gov.co \". Queda en cambio prohibida la copia o reproducci\u00f3n de los datos en cualquier medio electr\u00f3nico (redes, bases de datos, cd rom, diskettes) que permita la disponibilidad de esta informaci\u00f3n a multiples usuarios sin el previo visto bueno del DANE por medio escrito.\n \nCalidad de la informaci\u00f3n: Los datos e informaci\u00f3n en general que aparecen en el portal se han introducido siguiendo estrictos procedimientos de control de calidad. No obstante, el DANE no se responsabiliza por el uso e interpretaci\u00f3n realizado por terceros.","conditions":"El acceso a los microdatos anonimizados de uso p\u00fablico es de car\u00e1cter gratuito y estar\u00e1 disponible en la p\u00e1gina Web del DANE. \n\nEl acceso a los microdatos anonimizados por licencia,cuando requiera procesamientos adicionales, podr\u00e1 tener un costo que ser\u00e1 definido mediante acto administrativo.\n\n\nPara m\u00e1s informaci\u00f3n acerca de la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n estad\u00edstica, consultar:\n\n\nhttp:\/\/www.dane.gov.co\/files\/acerca\/Normatividad\/Ley79_1993.pdf\n\nhttp:\/\/www.dane.gov.co\/files\/acerca\/Normatividad\/Resolucion1503_2011.pdf"}}}}