{"file_id":"F8","vid":"V931","name":"P118","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":"114","loc_end_pos":"114","loc_width":"1","loc_rec_seg_no":"1","labl":"\u00bfcu\u00e9nta con un plan o seguro complementario en salud?","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"La informaci\u00f3n ser\u00e1 suministrada por cada miembro del hogar de 18 a\u00f1os o m\u00e1s y las personas entre 10 y 17 a\u00f1os que trabajen o sean estudiantes en los niveles t\u00e9cnico, tecnol\u00f3gico y universitario. \nLa informaci\u00f3n para las personas menores de 18 a\u00f1os que no trabajen ni sean estudiantes en los niveles t\u00e9cnico, tecnol\u00f3gico y universitario, ser\u00e1 suministrada por los padres o personas del hogar encargadas de su cuidado. No se acepta informaci\u00f3n suministrada por la empleada dom\u00e9stica. \nAsimismo, cuando la persona tenga alg\u00fan problema grave de salud, discapacidad o problema mental, se puede tomar los datos al miembro del hogar, mayor de 18 a\u00f1os que mejor conozca la informaci\u00f3n de esa persona.","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"F.7. En los \u00faltimos 12 meses \u00bfCu\u00e1l ha sido el \u00faltimo cambio de __ en su sistema de salud?\n\n1\tCambio de EPS\n2\tCambio de r\u00e9gimen ( contibutivo a subsidiado o viceversa)\n3\tDe no afiliado a afiliado\n4\tPaso de cotizante a beneficiario\n5\tPaso de beneficiario a cotizante\n6\tNinguna","var_qstn_qstnlit":"F.8. \u00bfCu\u00e9nta con un plan o seguro complementario en salud?\n\n1\tS\u00ed\n2\tNo","var_qstn_postqtxt":"F.9. \u00bfCu\u00e1nto paga o cu\u00e1nto le descuentan mensualmente a ___ por concepto de \u00e9stos planes o seguros complementarios de salud?","var_qstn_ivuinstr":"Registre la respuesta de acuerdo con lo manifestado por el encuestado.\nSi la respuesta corresponde a la opci\u00f3n 1 (Si), contin\u00fae con la siguiente pregunta.\nSi la respuesta corresponde a la opci\u00f3n 2 (No), pase a la pregunta 10\n\nSe desea determinar, si las personas cuentan con planes complementarios al plan obligatorio de salud (POS) (medicina prepagada, atenci\u00f3n complementaria, seguro, etc.).\n\nTenga en cuenta que:\n\n\u00b7\tEstos planes complementarios no son considerados como entidades de seguridad social en salud, a pesar de que, por ejemplo, una EPS puede ofrecer planes complementarios como la medicina prepagada.\n\u00b7\tLa ley 100 exige como requisito previo a la contrataci\u00f3n de cualquier plan o seguro de salud complementario la afiliaci\u00f3n al POS, por lo tanto, una persona puede estar cubierta por una Entidad Promotora de Salud y adem\u00e1s tener uno o varios de estos planes complementarios. A pesar de lo anterior, puede ocurrir que una persona no est\u00e9 cubierta por una entidad de seguridad social en salud y tenga planes o seguros complementarios.\n\u00b7\tEl contrato de medicina prepagada o la p\u00f3liza de hospitalizaci\u00f3n y cirug\u00eda puede cubrir los mismos riesgos contemplados en el POS y tener algunos servicios complementarios.\no\tP\u00f3liza de hospitalizaci\u00f3n y cirug\u00eda: Son p\u00f3lizas de seguros que cubren la atenci\u00f3n de afecciones o enfermedades que tienen que ser tratadas m\u00e9dicamente en hospitales o cl\u00ednicas ya sea por enfermedad o accidente y que pueden o no requerir una o varias intervenciones quir\u00fargicas.\no\tContrato de Medicina Prepagada: La medicina prepagada es un sistema organizado y establecido por entidades autorizadas para la gesti\u00f3n de la atenci\u00f3n m\u00e9dica y la prestaci\u00f3n de servicios de salud mediante el cobro regular de un precio pagado por anticipado por los afiliados.\no\tContrato de Plan Complementario de Salud con una EPS: son las actividades, procedimientos, intervenciones y gu\u00edas de atenci\u00f3n integral, que pueden o no estar contemplados en el Plan Obligatorio de Salud (POS.) y que son ofrecidos por una EPS bajo la modalidad de un prepago, y cuya finalidad b\u00e1sica es brindarle alternativas al afiliado de comodidad, tecnolog\u00eda y hoteler\u00eda.\no\tOtro (Seguro estudiantil, ambulancia, etc.): Son p\u00f3lizas de seguros que cubren afecciones, enfermedades y\/o servicios que, de acuerdo con lo pactado entre las partes, pueden o no incluir hospitalizaci\u00f3n para el tratamiento de ellas.","var_universe":"El universo para la Encuesta Longitudinal de Protecci\u00f3n Social est\u00e1 conformado por la poblaci\u00f3n civil no institucional residente en todo el territorio nacional. \n\nEste cap\u00edtulo va dirigido a todas las personas del hogar.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":"\u00b7\tSistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS): Sistema a trav\u00e9s del cual crea las condiciones de acceso a un Plan Obligatorio de Salud para todos los habitantes del territorio nacional. Este Plan debe permitir la protecci\u00f3n integral de las familias a la maternidad y enfermedad general, en las fases de promoci\u00f3n y fomento de la salud y la prevenci\u00f3n, diagn\u00f3stico, tratamiento y rehabilitaci\u00f3n para todas las patolog\u00edas, seg\u00fan la intensidad de uso y los niveles de atenci\u00f3n y complejidad que se definan.\n\n\u00b7\tPlan Obligatorio de Salud (POS). Es el conjunto de servicios de salud que todas las EPS, sin excepci\u00f3n, deben prestarle a todas las personas que est\u00e9n afiliadas al Sistema de Seguridad Social en Salud. Estos servicios de atenci\u00f3n que garantiza el POS cubren las necesidades de salud de los colombianos: actividades, procedimientos e intervenciones en salud y servicios hospitalarios, y medicamentos para la atenci\u00f3n de toda y cualquier condici\u00f3n de salud, enfermedad o patolog\u00eda para usuarios de todas las edades, incluida la atenci\u00f3n de enfermedades graves como SIDA y C\u00e1ncer.\n\n\u00b7\tEntidades Promotoras de Salud (EPS) CONTRIBUTIVAS: son las entidades responsables de la afiliaci\u00f3n, y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones. Su funci\u00f3n b\u00e1sica ser organizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestaci\u00f3n del Plan de Salud Obligatorio a los afiliados. Adicionalmente, pueden ofrecer los llamados Planes Complementarios \n\n\u00b7\tEntidades Promotoras de Salud (EPS) SUBSIDIADAS: son las entidades responsables de la afiliaci\u00f3n, del registro de los afiliados y de la administraci\u00f3n de los recursos que el estado destina a la afiliaci\u00f3n en salud de la poblaci\u00f3n pobre y vulnerable.\n\n\u00b7\tInstituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) Son funciones de las Instituciones prestadoras de Servicios de Salud prestar los servicios en su nivel de atenci\u00f3n correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los par\u00e1metros y principios se\u00f1alados en la Ley 100. \n\n\u00b7\tSi la persona manifiesta estar afiliada como cotizante o beneficiario de m\u00e1s de una entidad de seguridad social en salud, refi\u00e9rase a la afiliaci\u00f3n como cotizante.\n\nSeg\u00fan la ley 1023  de mayo del 2006, las Madres Comunitarias del programa de Hogares Comunitarios ICBF se afiliaran con su grupo familiar al  r\u00e9gimen contributivo del sistema general de seguridad social en salud, cotizar\u00e1n mensualmente como aporte al Sistema el (4%) de la suma que reciben por concepto de bonificaci\u00f3n del Instituto Colombiano de Bienestar","var_catgry":[{"value":"2","labl":"No","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"1","labl":"S\u00ed","is_missing":null,"stats":[]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":"1","max":"2"},"fid":"F8","sid":"194","survey_idno":"DANE-DIMPE-ELPS-2012"}