{"file_id":"F2","vid":"V189","name":"M05","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":"32","loc_end_pos":"32","loc_width":"1","loc_rec_seg_no":"1","labl":"LA FINCA O PARCELA ESTA:","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"Directo","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"\u00bfCu\u00e1l es el \u00e1rea de la finca o parcela?\n\n\u00c1rea ________","var_qstn_qstnlit":"La finca o parcela est\u00e1:\n\n1\tDada en arriendo\t\n2\tDada en aparcer\u00eda\t\n3\tCedida o dada en usufructo\t\n4\tNing\u00fan uso","var_qstn_postqtxt":"\u00bfCu\u00e1nto reciben por el arriendo o en cu\u00e1nto estiman lo que reciben anualmente por concepto de aparcer\u00eda de esta finca o parcela?\n\nValor anual ____________","var_qstn_ivuinstr":"Esta pregunta busca establecer el uso que se le est\u00e1 dando a la tierra. \n\nNOTA:  Tenga en cuenta que la diferencia con la aparcer\u00eda es que en esta \u00faltima el due\u00f1o de la tierra se involucra en la producci\u00f3n y el pago que recibe por este concepto depende de lo que se obtenga en cada cosecha, mientras que en la modalidad de arriendo lo que se paga por el uso de tierra es una suma de dinero, cantidad de cosecha o de trabajo,  acordada independientemente de la cosecha que se obtenga.\n\nLea cada una de las alternativas y siga el flujo de acuerdo al tipo de respuesta.\n\nSi la finca est\u00e1 cedida, dada en usufructo o no se le ha dado ning\u00fan uso pase la pregunta 7.","var_universe":"El universo de estudio esta conformado por la poblaci\u00f3n civil no institucional residente en todo el territorio nacional. \n\nVa dirigida a todos los hogares.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":"Dada en arriendo:  cuando la tierra ha sido entregada a otra persona para que la explote recibiendo a cambio una retribuci\u00f3n en dinero, en trabajo o en cosecha o mediante combinatorias de estas.\n\nDada en aparcer\u00eda:  cuando la explotaci\u00f3n agropecuaria se realiza a trav\u00e9s de un convenio entre el due\u00f1o de la tierra (aporta la tierra) y otra persona que aporta el trabajo y los insumos.  El resultado de la producci\u00f3n se divide entre las partes, de acuerdo a proporciones previamente establecidas.\n\nCedida o dada en usufructo: cuando la finca o parcela es cedida a otra persona para que la explote sin ning\u00fan tipo de retribuci\u00f3n en dinero, cosecha o trabajo para el propietario.","var_catgry":[{"value":"4","labl":"Ning\u00fan uso","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"3","labl":"Cedida o dada en usufructo","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"2","labl":"Dada en aparcer\u00eda","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"1","labl":"Dada en arriendo","is_missing":null,"stats":[]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":null,"max":null},"fid":"F2","sid":"195","survey_idno":"DANE-DGEB-DIMPE-ENCV-1997"}