{"file_id":"F20","vid":"V461","name":"P5090","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":"28","loc_end_pos":"28","loc_width":"1","loc_rec_seg_no":"1","labl":"La vivienda ocupada por este hogar es:","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"Directo","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"\u00bfCon qu\u00e9 energ\u00eda o combustible cocinan principalmente en este hogar?\n\na. Electricidad\nb. Petr\u00f3leo, gasolina, kerosene, alcohol\nc. Gas natural conectado a red p\u00fablica\nd. Gas propano en cilindro o pipeta\ne. Le\u00f1a, madera o carb\u00f3n de le\u00f1a\nf. Carb\u00f3n mineral\ng. Materiales de desecho","var_qstn_qstnlit":"La vivienda ocupada por este hogar, es:\n\na. Propia, totalmente pagada\nb. Propia, la est\u00e1n pagando\nc. En arriendo o subarriendo\nd. En usufructo\ne. Posesi\u00f3n sin t\u00edtulo (ocupante de hecho) o propiedad colectiva\nf. Otra Cu\u00e1l","var_qstn_postqtxt":"\u00bfCu\u00e1l es el valor de la cuota que pagan mensualmente?\n\nValor $ _______________","var_qstn_ivuinstr":"Esta pregunta hace referencia a la condici\u00f3n de tenencia de la vivienda donde reside el hogar. \n\nCuando se entreviste a hogares que se encuentren en \u00e1reas de invasi\u00f3n conocidas de antemano, el encuestador no deber\u00e1 insistir en que el informante le responda \"invasor\", sino que marcar\u00e1 la casilla correspondiente.\n\no saldos pendientes, relativos a la adquisici\u00f3n de \u00e9sta.\n\n- Propia, la est\u00e1n pagando: Marque esta alternativa cuando la vivienda ocupada por el hogar es propiedad de uno o varios de sus miembros y se pagan cuotas para cubrir pr\u00e9stamos otorgados para su adquisici\u00f3n.\n \n- En arriendo o subarriendo: Cuando los miembros del hogar pagan peri\u00f3dicamente por el derecho de alojarse en la vivienda y ninguno de ellos es su due\u00f1o.  Anticresis (renta en especie). Es un convenio que se realiza entre dos partes, una parte entrega una suma de dinero al due\u00f1o de una vivienda por el derecho a ocuparla por un per\u00edodo de tiempo determinado, generalmente un a\u00f1o y la otra parte se compromete a devolver el dinero al ocupante del inmueble, al cabo del a\u00f1o, previa entrega de la vivienda. \n\nEsta modalidad obedece a un sistema de mercadeo financiero donde  se pagan en especie los intereses, que generar\u00eda una suma de dinero en pr\u00e9stamo.\n\nTenga en cuenta que el concepto de anticresis se debe aplicar dentro de la    alternativa: \"En arriendo o Subarriendo\" por lo tanto no se considera una  alternativa como tal. Este concepto se utiliza con m\u00e1s frecuencia  en la ciudad de Pasto.\n\n- En usufructo: Se considera que el hogar tiene una vivienda en usufructo, cuando con previa autorizaci\u00f3n del propietario o administrador, el hogar ocupa la vivienda, sin que ninguno de sus miembros sea due\u00f1o de ella y sin que se pague arriendo; generalmente son cedidas por familiares o amigos, o est\u00e1n en sucesi\u00f3n.\n\nEntran tambi\u00e9n en esta categor\u00eda las viviendas adjudicadas temporalmente por razones de trabajo: viviendas que se dan a celadores, cuidadores, casas fiscales, casas para trabajadores de acer\u00edas, petroleras, etc.\n\n- Posesi\u00f3n sin t\u00edtulo (ocupante de hecho) o propiedad colectiva: Se considera posesi\u00f3n sin t\u00edtulo, cuando el hogar habita una vivienda que ha sido construida sobre un lote que no es de su propiedad;  o cuando ocupa una vivienda  sin ser due\u00f1o de la misma y sin autorizaci\u00f3n del propietario o administrador y propiedad colectiva, donde no existe t\u00edtulo a nombre de ninguna persona del hogar, sino de una colectividad.","var_universe":"el universo est\u00e1 conformado por la poblaci\u00f3n civil no institucional residente en viviendas particulares.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":"Tenga en cuenta las siguientes definiciones:\n\na. Propia, totalmente pagada. Es la situaci\u00f3n de los hogares en los cuales uno o varios de sus\nmiembros tiene(n) t\u00edtulo legal de propiedad sobre la vivienda y no tiene(n) pr\u00e9stamos o saldos\npendientes, relativos a la adquisici\u00f3n de \u00e9sta..\nb. Propia, la est\u00e1n pagando. Marque esta alternativa cuando la vivienda ocupada por el hogar es\npropiedad de uno o varios de sus miembros y se pagan cuotas para cubrir pr\u00e9stamos otorgados\npara su adquisici\u00f3n.\nc. En arriendo o subarriendo. Cuando los miembros del hogar pagan peri\u00f3dicamente por el\nderecho de alojarse en la vivienda y ninguno de ellos es su due\u00f1o. Anticresis (renta en\nespecie). Es un convenio que se realiza entre dos partes, una parte entrega una suma de dinero\nal due\u00f1o de una vivienda por el derecho a ocuparla por un per\u00edodo de tiempo determinado,\ngeneralmente un a\u00f1o y la otra parte se compromete a devolver el dinero al ocupante del\ninmueble, al cabo del a\u00f1o, previa entrega de la vivienda.\nEsta modalidad obedece a un sistema de mercadeo financiero donde se pagan en especie los\nintereses, que generar\u00eda una suma de dinero en pr\u00e9stamo.\nTenga en cuenta que el concepto de anticresis se debe aplicar dentro de la alternativa: \"En\narriendo o Subarriendo\" por lo tanto no se considera una alternativa como tal. Este concepto se\nutiliza con m\u00e1s frecuencia en la ciudad de Pasto.\nd. En usufructo. Se considera que el hogar tiene una vivienda en usufructo, cuando con previa\nautorizaci\u00f3n del propietario o administrador, el hogar ocupa la vivienda, sin que ninguno de sus\nmiembros sea due\u00f1o de ella y sin que se pague arriendo; generalmente son cedidas por\nfamiliares o amigos, o est\u00e1n en sucesi\u00f3n.\nEntran tambi\u00e9n en esta categor\u00eda las viviendas adjudicadas temporalmente por razones de\ntrabajo: viviendas que se dan a celadores, cuidadores, casas fiscales, casas para trabajadores de\nacer\u00edas, petroleras, etc.\ne. Posesi\u00f3n sin t\u00edtulo (ocupante de hecho) o propiedad colectiva. Se considera posesi\u00f3n sin\nt\u00edtulo, cuando el hogar habita una vivienda que ha sido construida sobre un lote que no es de su\npropiedad; o cuando ocupa una vivienda sin ser due\u00f1o de la misma y sin autorizaci\u00f3n del\npropietario o administrador y propiedad colectiva, donde no existe t\u00edtulo a nombre de ninguna\npersona del hogar, sino de una colectividad.","var_catgry":[{"value":"6","labl":"Otra \u00bfcu\u00e1l?","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"5","labl":"Posesi\u00f3n sin titulo (Ocupante de hecho ) \u00f3 propiedad colectiva","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"4","labl":"En usufructo","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"3","labl":"En arriendo o subarriendo","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"2","labl":"Propia, la est\u00e1n pagando","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"1","labl":"Propia, totalmente pagada","is_missing":null,"stats":[]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":null,"max":null},"fid":"F20","sid":"204","survey_idno":"DANE-DIMPE-ENIG-2006_2007"}