{"file_id":"F24","vid":"V998","name":"P6175","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":null,"loc_end_pos":null,"loc_width":"11","loc_rec_seg_no":null,"labl":"El establecimiento al que asiste ... \u00bfes oficial?","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"Directo","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"\u00bfActualmente ..... asiste a la escuela, colegio o universidad?\n\n1. S\u00ed\n2. No","var_qstn_qstnlit":"El establecimiento al que asiste ....., \u00bfes oficial? \n\n1. S\u00ed\n2. No","var_qstn_postqtxt":"\u00bfRecibe en el plantel educativo alimentos (desayunos, medias nueves, almuerzos, etc.) en forma gratuita o por un pago simb\u00f3lico?\n\n1. S\u00ed\n2. No","var_qstn_ivuinstr":"Con esta pregunta se espera establecer la cobertura de la ense\u00f1anza formal Oficial o del Estado. \nAsigne la alternativa correspondiente teniendo en cuenta que un establecimiento se considera oficial cuando:\n\n- La norma de creaci\u00f3n es de car\u00e1cter nacional (por ley o decreto), en cuyo caso  la propiedad jur\u00eddica tambi\u00e9n ser\u00e1 nacional.\n\n- La norma de creaci\u00f3n es de car\u00e1cter seccional (ordenanzas departamentales, acuerdos distritales), y la propiedad jur\u00eddica ser\u00e1 departamental o distrital, seg\u00fan sea el caso.\n\n- Si se trata de una norma de car\u00e1cter local (acuerdos municipales) la propiedad jur\u00eddica es municipal.\n\nUn establecimiento se considera privado cuando es de propiedad de uno o varios particulares, cuya financiaci\u00f3n proviene de recursos propios. Tambi\u00e9n incluye colegios cooperativos.\n\nPara diligenciar esta pregunta tenga en cuenta que:\n\nEn algunas ciudades el gobierno departamental, municipal o distrital ha establecido convenios y contrataciones con colegios privados para que  se reciban estudiantes y cuyo pago de pensiones, matr\u00edculas y dem\u00e1s costos corren por cuenta del departamento , municipio o distrito es decir que aunque las instalaciones son de un colegio privado los costos los asume el estado. En estos casos debe primar la naturaleza jur\u00eddica del establecimiento al que asiste,  por lo tanto  estos ni\u00f1os  se consideran asistiendo a un establecimiento privado.","var_universe":"el universo est\u00e1 conformado por la poblaci\u00f3n civil no institucional residente en viviendas particulares.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":null,"var_catgry":[{"value":"2","labl":"No","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"1","labl":"S\u00ed","is_missing":null,"stats":[]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":null,"max":null},"fid":"F24","sid":"204","survey_idno":"DANE-DIMPE-ENIG-2006_2007"}