{"file_id":"F1","vid":"V12","name":"ICESPP8.1","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":null,"loc_end_pos":null,"loc_width":null,"loc_rec_seg_no":"1","labl":"Otros pagos anterior","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"Directo","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"Salario B\u00e1sico","var_qstn_qstnlit":"Otros pagos","var_qstn_postqtxt":"Total","var_qstn_ivuinstr":"La columna -PERIODO ACTUAL consta de tres casillas:\n\nOtros pagos que constituyen salario: Se reporta la suma de otros gastos no incluidos en el salario b\u00e1sico mensual y que constituyen salario en contratos laborales, de acuerdo con la legislaci\u00f3n laboral y que la instituci\u00f3n reconoce como tal. Esta columna s\u00f3lo aplica para el personal con contrato laboral. Debe incluir entre otros, los pagos por los siguientes conceptos:\n\nRecargos por horas extras, trabajo nocturno, dominicales o feriados\nSubsidios de transporte\nGastos de representaci\u00f3n (\u00fanicamente pagos mensuales a los directivos por el desempe\u00f1o de cargos como representantes de la Instituci\u00f3n)\nComisiones, bonificaciones, vi\u00e1ticos permanentes\nPrima legal y cualquier otra prestaci\u00f3n que contractualmente la instituci\u00f3n otorgue como salario.\n\nSi durante el periodo de referencia (octubre o abril) no se generaron gastos por concepto de \u201cotros pagos salariales\u201d en un cargo determinado, se debe escribir cero (0), de lo contrario se consigna el valor correspondiente por dicho concepto","var_universe":"El universo de estudio est\u00e1 determinado por el conjunto de instituciones de educaci\u00f3n superior privadas existentes en el pa\u00eds, clasificadas en cuatro modalidades de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Educaci\u00f3n (Ley 30 de 1992) 1 y por todos los establecimientos comerciales donde las instituciones adquieren los diferentes bienes y servicios para desarrollar su actividad econ\u00f3mica.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":null,"var_catgry":[],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":null,"max":null},"fid":"F1","sid":"251","survey_idno":"DANE-DIMPE-ICESP-2010-2011-2012"}