{"file_id":"F5","vid":"V545","name":"PRE_DIRE","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":null,"loc_end_pos":null,"loc_width":"12","loc_rec_seg_no":null,"labl":"Prestaciones sociales del personal temporal contratado directamente por la empresa a t\u00e9rmino fijo, causadas en el mes","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008","var_resp_unit":"Directo","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"Sueldos y salarios del personal temporal contratado directamente por la empresa a t\u00e9rmino fijo, causados en el mes","var_qstn_qstnlit":"Prestaciones sociales del personal temporal contratado directamente por la empresa a t\u00e9rmino fijo, causadas en el mes","var_qstn_postqtxt":"Personal temporal contratado a trav\u00e9s de empresas","var_qstn_ivuinstr":"Se entiende por prestaciones sociales las remuneraciones obligatorias, especiales y pactadas diferentes a los sueldos y salarios que el empleador cancela a su personal","var_universe":"Unidades econ\u00f3micas formalemente establecidas, ubicadas en el territorio nacional, cuya actividad principal es el comercio, y que tienen m\u00e1s de 20 empleados o ventas superiores a 1200 millones de pesos del a\u00f1o 1.997","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"2","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":null,"var_catgry":[{"value":"1","labl":null,"is_missing":null,"stats":[{"value":"1","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"2","labl":null,"is_missing":null,"stats":[{"value":"1","type":"freq","wgtd":null}]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":"Nota: se solicitan las prestaciones sociales causadas durante el per\u00edodo de corte (mensual), por el personal ocupado, y no las pagadas, ni los ajustes correspondientes a periodos anteriores.\n\nSi en el mes en que reporta la informaci\u00f3n, se efectu\u00f3 alg\u00fan ajuste al rubro de prestaciones sociales, este ajuste se debe reportar \u00fanicamente en el espacio de observaciones, especificando el mes al cual corresponde dicho ajuste.\n\nLas prestaciones sociales incluyen:\n\nAportes a la seguridad social (salud, pensi\u00f3n, riesgos profesionales)\nAportes parafiscales (I.C.B.F.), Sena, y Cajas de compensaci\u00f3n.\nPrimas legales y extralegales, vacaciones y cesant\u00edas e intereses sobre cesant\u00edas, es decir, todos los rubros estipulados como prestaci\u00f3n social en el C\u00f3digo Sustantivo del Trabajo y el R\u00e9gimen Laboral Colombiano.\nAunque en sentido estricto las vacaciones no son prestaci\u00f3n social, incl\u00fayalas en este rengl\u00f3n.\n\nSi la empresa tiene convenios especiales para la cancelaci\u00f3n de las prestaciones sociales, relaci\u00f3nelos en observaciones\n\nNo incluya: las jubilaciones causadas por los pensionados del establecimiento, el valor de los honorarios causados por servicios profesionales, las indemnizaciones pagadas, los gastos m\u00e9dicos y funerarios, los seguros de vida, los auxilios de vivienda, las becas y dem\u00e1s bonificaciones ocasionales. Tampoco las prestaciones sociales pagadas o provisionadas en el mes, que hayan sido causadas en meses diferentes al mes en referencia.\n\nAclare en observaciones cuando las prestaciones sociales son inferiores o superiores al porcentaje m\u00ednimo legal sobre los sueldos y salarios (52.6%)","var_val_range":{"min":null,"max":null},"fid":"F5","sid":"38","survey_idno":"DANE-DIMPE-MMCM-2009-2010-2011-2012"}