{"file_id":"F3","vid":"V172","name":"P408","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":"67","loc_end_pos":"67","loc_width":"1","loc_rec_seg_no":"1","labl":"En este trabajo <...> es:","var_imputation":null,"var_security":null,"var_resp_unit":"Directo","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"3. \u00bfA qu\u00e9 actividad se dedica principalmente la empresa o negocio en la que...... realiza su trabajo?","var_qstn_qstnlit":"4. En este trabajo <...> es:\n1\tObrero o empleado de empresa particular\n2\tObrero o empleado del gobierno\n3\t Empleado dom\u00e9stico\n4\tTrabajador por cuenta propia\n5\tPatr\u00f3n o empleador\n6\tTrabajador familiar sin remuneraci\u00f3n\n7\tTrabajador familiar sin remuneraci\u00f3n en empresas o negocios de otros hogares\n8\tJornalero o pe\u00f3n\n9\tOtro","var_qstn_postqtxt":"5. Antes de descuentos \u00bfcu\u00e1nto gan\u00f3 ..el mes pasado en este empleo?","var_qstn_ivuinstr":"Lea las alternativas \nEl objetivo de la pregunta es clasificar las personas en funci\u00f3n de las relaciones actuales y potenciales que guardan con los empleos, la solidez del v\u00ednculo entre la persona y el empleo, y el tipo de autoridad que tienen o tendr\u00e1n los titulares sobre los establecimientos y sobre otros trabajadores.\nEl recolector debe leer todas las alternativas de esta pregunta y es \u00e9l quien debe clasificar la posici\u00f3n ocupacional de acuerdo con la informaci\u00f3n obtenida en las preguntas anteriores y las definiciones establecidas para cada categor\u00eda. El recolector debe hacer un buen sondeo y hacer la respectiva consistencia.\nA continuaci\u00f3n se definen las categor\u00edas de ocupaci\u00f3n:\nSeg\u00fan la Clasificaci\u00f3n Internacional de la Situaci\u00f3n en el Empleo (CISE-1993), se entiende como empleado a la persona que trabaja para un empleador p\u00fablico o privado y que percibe una remuneraci\u00f3n en forma de salario, sueldo, comisi\u00f3n, propinas, pago a destajo o pago en especie.\nObrero o empleado de empresa particular. Se considera obrero o  empleado de empresa particular a la persona que trabaja para un empleador privado en condici\u00f3n de asalariado. Aqu\u00ed se incluyen los que trabajan como asalariados en organizaciones de servicio social, sindical, iglesias y otras organizaciones sin fines de lucro.\nPara clasificar una persona en la categor\u00eda de empleado u obrero de empresa particular, no se debe tener  en cuenta el monto de su salario mensual. En este sentido, el salario monetario puede ser inferior al salario m\u00ednimo, e incluso puede recibir solo salario en especie.\nTenga en cuenta que uno de los aspectos que define la posici\u00f3n ocupacional es la relaci\u00f3n contractual que tiene el trabajador. Como se ha dicho anteriormente, se considera obrero o empleado de empresa particular quien trabaja para un empleador privado en condici\u00f3n de asalariado, sin importar la rama de actividad a la que la persona aporta su fuerza de trabajo. En este sentido, es posible encontrar personas con posici\u00f3n ocupacional obrero o empleado de empresa particular que desarrollan su trabajo en entidades oficiales, como los vigilantes de empresas de seguridad que son enviados a entidades del gobierno a prestar sus servicios.\nPara los empleados de ECOPETROL, que por estar regidos por la ley 1118 del 27 de Diciembre de 2006, en la cual se modifica la naturaleza jur\u00eddica de ECOPETROL S.A., en donde el Articulo 7 reza: \u201cR\u00e9gimen Laboral.- Una vez ocurra el cambio de naturaleza jur\u00eddica de ECOPETROL S.A., la totalidad de los servidores p\u00fablicos de ECOPETROL S.A. tendr\u00e1n el car\u00e1cter de trabajadores particulares y por ende, a los contratos individuales de trabajo continuar\u00e1n aplic\u00e1ndoles las disposiciones contenidas en el C\u00f3digo Sustantivo del Trabajo, en la Convenci\u00f3n Colectiva de Trabajo y en el Acuerdo 01 de 1977, seg\u00fan sea el caso, con las modificaciones y adiciones que se presenten\u201d. Por lo tanto deben clasificar como Obrero o empleado de empresa particular.\n@Notas.\nSi se presenta el caso de dos personas que tienen un negocio, pero este solo esta registrado a nombre de una de ellas, tenga en cuenta:\n-\tSi una de las dos personas ejerce como patr\u00f3n y la otra persona  pertenece a la n\u00f3mina, devenga alg\u00fan salario que sugiera relaci\u00f3n laboral, la primera debe ser clasificada como patr\u00f3n o empleador y la segunda como empleado de empresa particular.\nTodos los empleados de empresa particular deben registrar alg\u00fan tipo de contrato en la pregunta 4.\n\na.\tObrero o empleado del gobierno. Es aquella persona que trabaja para una entidad oficial en condici\u00f3n de asalariado (independientemente del cargo que desempe\u00f1e). Se incluyen aqu\u00ed las personas vinculadas a entidades mixtas (de propiedad privada y del Estado), siempre y cuando la persona este cobijado con el r\u00e9gimen del empleado del estado.\n@Notas.\nHay que verificar que la empresa reportada por el encuestado sea estatal y que la contrataci\u00f3n sea directamente con la entidad. Tenga en cuenta que muchas personas que trabajan para estas entidades no son empleados p\u00fablicos porque no son asalariados sino que su contrataci\u00f3n se hace a trav\u00e9s de un tercero o la vinculaci\u00f3n es a trav\u00e9s de la prestaci\u00f3n de servicios (contratistas). \nPara recordar: \n\u00b7\tLos empleados de ECOPETROL no son empleados del gobierno. \n\u00b7\tLos empleados del CERREJ\u00d3N no son empleados del gobierno. \n\u00b7\tLos empleados del gobierno no deben estar vinculados al sistema general de seguridad social en salud a trav\u00e9s del r\u00e9gimen subsidiado.\n\u00b7\tTodos los empelados p\u00fablicos deben registrar alg\u00fan tipo de contrato en la pregunta 4 de este cap\u00edtulo.\n\nb.\tEmpleado dom\u00e9stico. Es aquella persona que le trabaja a un solo hogar, realizando actividades propias del servicio dom\u00e9stico y recibe por su trabajo un salario en dinero y\/o en especie. Comprende a los sirvientes, conductores, jardineros, porteros de casa, ni\u00f1eras, amas de llaves, etc. Estas personas pueden vivir o no en el hogar donde trabajan.\nSi existe en el hogar un pariente o familiar del jefe que trabaja en el mismo como servicio dom\u00e9stico, debe quedar ubicado en esta categor\u00eda.\n\n@Notas.\n\u00b7\tTodos los empelados dom\u00e9sticos deben registrar alg\u00fan tipo de contrato en la pregunta 4 de este cap\u00edtulo.\n\nc.\tTrabajador por cuenta propia. Seg\u00fan la Clasificaci\u00f3n Internacional de la Situaci\u00f3n en el Empleo (CISE-1993), Son las personas que explotan su propia empresa econ\u00f3mica o que ejercen por su cuenta una profesi\u00f3n u oficio con ayuda o no de familiares, pero sin utilizar ning\u00fan trabajador (empleado u obrero) remunerado.  Estas personas pueden trabajar solos o asociados con otras de igual condici\u00f3n.\n\n Dentro de esta alternativa  tenga en cuenta:\n\u00b7\tLas personas que manifiestan trabajar en cualquier nivel del gobierno (nacional, departamental o municipal), en calidad de \u201ccontratistas\u201d deben quedar clasificados como: \u201cTrabajadores por cuenta propia\u201d.  Se entiende por contratista a las personas cuyo contrato no genera relaci\u00f3n laboral, ni prestaciones sociales, y que por lo tanto, s\u00f3lo tienen derecho a la remuneraci\u00f3n convenida. Igual tratamiento se debe dar a las personas que trabajan en la empresa privada bajo las mismas condiciones. \nLas personas que realizan actividades dom\u00e9sticas en diferentes hogares (lavan ropas, trabajan por d\u00edas, etc.).\nLas personas que tienen pensionistas en el hogar, a\u00fan cuando cuenten con una empleada dom\u00e9stica, se considerar\u00e1n como trabajadores por cuenta propia.\nLas madres comunitarias.  Cabe anotar que a partir de Julio de 2012 algunas de las madres comunitarias entraran a hacer parte de una contrataci\u00f3n especial bajo la figura de asalariadas y por tanto quedaran incluidas en la alternativa \u201cObrero, empleado de empresa particular\u201d, por tanto es importante realizar un buen sondeo para conocer la condici\u00f3n de las madres comunitarias para y as\u00ed determinar si son o no trabajadoras por cuenta propia.\n\n@Notas.\nSi se presenta el caso de dos personas que tienen un negocio, pero este solo esta registrado a nombre de una de ellas, tenga en cuenta:\n-\tSi dentro de la sociedad, no se cuenta con la colaboraci\u00f3n o participaci\u00f3n de terceros (empleados) y si no existe ning\u00fan tipo de subordinaci\u00f3n entre las partes;  las dos personas ejercen su profesi\u00f3n y atienden las actividades propias del negocio (atenci\u00f3n a clientes, producci\u00f3n, distribuci\u00f3n o ventas), deben ser clasificadas como cuenta propia.\n\nd.\tPatr\u00f3n o empleador. Son las personas que dirigen su propia empresa econ\u00f3mica o ejercen por su cuenta una profesi\u00f3n u oficio, utilizando uno o m\u00e1s trabajadores remunerados, empleados y\/o obreros.\n\u2022\tSeg\u00fan la Clasificaci\u00f3n Internacional de la Situaci\u00f3n en el Empleo (CISE-1993) se entiende como empleador a la persona que dirige su propia empresa econ\u00f3mica o que ejerce por cuenta propia una profesi\u00f3n u oficio, y que contrata a uno o m\u00e1s empleados.\nNo se consideran patrones o empleadores los jefes del hogar, por el hecho de tener empleados dom\u00e9sticos en su casa particular (conductores, jardineros, etc.)\nLos directivos  de entidades p\u00fablicas o privadas se consideran como empleados.\n\n@Notas.\nSi se presenta el caso de dos personas que tienen un negocio, pero este solo esta registrado a nombre de una de ellas, tenga en cuenta:\n-\tSi las dos personas ejercen como patronos, tienen personal a su cargo y ninguna de ellas, devenga alg\u00fan salario que sugiera relaci\u00f3n laboral, o que no pertenezcan a la nomina, ambas deben ser registradas como patr\u00f3n o empleador.\n\ne.\tTrabajador familiar sin remuneraci\u00f3n. Es la persona no remunerada (no recibe salario en dinero ni en especie), que trabaj\u00f3 por lo menos 1 hora en la semana de referencia, en una empresa econ\u00f3mica explotada por una persona emparentada con \u00e9l que reside en el mismo hogar. \nEjemplo: \nEdwin es un estudiante de b\u00e1sica secundaria y en sus tiempos libres colabora en el negocio de sus padres,  donde se comercializan v\u00edveres y abarrotes. Edwin dedica a esta labor 3 horas diarias sin recibir ning\u00fan tipo de remuneraci\u00f3n. Esta persona es un  trabajador familiar sin remuneraci\u00f3n.  \n\nf.\t    Trabajador sin remuneraci\u00f3n en empresas o negocios de otros hogares. Es la persona no remunerada (no recibe salario en dinero ni en especie), que trabaj\u00f3 por lo menos 1 hora en la semana de referencia, en una empresa econ\u00f3mica explotada por una persona emparentada o no con \u00e9l,  que  NO reside en el mismo hogar. \n Ejemplo.\nEl mayordomo de una finca en la cual trabajan los hijos, sin recibir salario en dinero ni en especie, para este caso los hijos se consideran trabajador sin remuneraci\u00f3n en empresas o negocios de otros hogares. \n\n\nEjemplo.\nUna persona que trabaja con una t\u00eda que no vive en su hogar, en un almac\u00e9n de ropa para hombre, pero no recibe salario en dinero ni en especie, se considera Trabajador sin remuneraci\u00f3n en empresa de otros hogares.\n\ng.\tJornalero o pe\u00f3n. Son los trabajadores que se dedican directamente a la producci\u00f3n de bienes agr\u00edcolas y pecuarios, bajo la dependencia de un solo patr\u00f3n del que obtienen  una remuneraci\u00f3n ya sea fija o por unidad producida.\n@Nota.\nTodo jornalero o pe\u00f3n debe tener alg\u00fan tipo de contrato ya sea verbal o escrito.\n\nh.\t Otro, \u00bfcu\u00e1l? En esta categor\u00eda se incluyen los trabajadores que no se pueden clasificar  seg\u00fan su situaci\u00f3n en el empleo, es decir, en este grupo se clasifican los trabajadores sobre los que no se dispone de suficiente informaci\u00f3n y\/o que no pueden ser incluidos en ninguna de las categor\u00edas anteriores. Para esta alternativa se debe especificar la posici\u00f3n ocupacional que la persona tenga y que no debe estar contemplada en las alternativas anteriores.\n Ejemplo.\nLos hijos del mayordomo de una finca trabajan en esta y  reciben una paga en dinero o en especie. En este caso los hijos se consideran en alternativa otro, \u00bfcu\u00e1l?\nLas personas que no hacen parte del hogar, pero ayudan a la madre comunitaria en el ejercicio de su labor a cambio de pago en dinero o en especie, se clasifica en alternativa \u201cotro, \u00bfcu\u00e1l?\u201d Ayudante de madre comunitaria.\nUn empleado asalariado de una f\u00e1brica de calzado contrata a una persona (ayudante) para que le colabore en su vivienda con labores de solador y guarnecedor de calzado. Siempre y cuando el ayudante solamente le trabaje a esta persona debe ser clasificado en la alternativa \u201cOtro, \u00bfcu\u00e1l?\u201d y all\u00ed especificar que est\u00e1 contratado por un asalariado.\n\n@Notas.\nPara el ejemplo anterior se debe tener en cuenta que la clasificaci\u00f3n de \u00e9sta persona como \u201cotro, \u00bfcu\u00e1l?\u201d se hace de esta manera ya que se trata de una subcontrataci\u00f3n de la misma actividad que realiza el asalariado.\nDebe quedar claro que si una persona es contratada por otra para realizar labores diferentes a las de su ocupaci\u00f3n u oficio, la clasificaci\u00f3n no corresponder\u00eda a \u201cotro, \u00bfcu\u00e1l?\u201d. Para establecer la posici\u00f3n ocupacional de esta persona se debe hacer un buen sondeo.","var_universe":"Para el caso del M\u00f3dulo de Trabajo Infantil, el universo est\u00e1 conformado por la poblaci\u00f3n de 5 a 17 a\u00f1os de edad civil no institucional residente en viviendas particulares.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"3265","type":"vald","wgtd":null},{"value":"41181","type":"invd","wgtd":null},{"value":"1","type":"min","wgtd":null},{"value":"9","type":"max","wgtd":null},{"value":"4.557","type":"mean","wgtd":null},{"value":"2.063","type":"stdev","wgtd":null}],"var_txt":null,"var_catgry":[{"value":"1","labl":"Obrero o empleado de empresa particular","is_missing":null,"stats":[{"value":"643","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"2","labl":"Obrero o empleado del gobierno","is_missing":null,"stats":[{"value":"2","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"3","labl":"Empleado dom\u00e9stico","is_missing":null,"stats":[{"value":"60","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"4","labl":"Trabajador por cuenta propia","is_missing":null,"stats":[{"value":"845","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"5","labl":"Patr\u00f3n o empleador","is_missing":null,"stats":[{"value":"0","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"6","labl":"Trabajador familiar sin remuneraci\u00f3n","is_missing":null,"stats":[{"value":"1458","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"7","labl":"Trabajador familiar sin remuneraci\u00f3n en empresas o negocios de otros hogares","is_missing":null,"stats":[{"value":"144","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"8","labl":"Jornalero o pe\u00f3n","is_missing":null,"stats":[{"value":"101","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"9","labl":"Otro","is_missing":null,"stats":[{"value":"12","type":"freq","wgtd":null}]},{"value":"Sysmiss","labl":null,"is_missing":"Y","stats":[{"value":"41181","type":"freq","wgtd":null}]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":"1","max":"9"},"fid":"F3","sid":"407","survey_idno":"DANE-DIMPE-MTI-2015"}