{"file_id":"F1","vid":"V10","name":"FOBPES","var_intrvl":"contin","var_dcml":"2","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":"54","loc_end_pos":"68","loc_width":"15","loc_rec_seg_no":"1","labl":"Total valor FOB pesos de la posici\u00f3n","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008","var_resp_unit":"Informante directo (exportador)","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":null,"var_qstn_qstnlit":"Total valor FOB pesos de la posici\u00f3n","var_qstn_postqtxt":null,"var_qstn_ivuinstr":null,"var_universe":"Las Sociedades de Intermediaci\u00f3n Aduanera, quienes act\u00faan en nombre y por encargo de los exportadores, y las personas que act\u00faen de manera directa que adelanten procedimientos y tr\u00e1mites de exportaci\u00f3n como lo son: Los Usuarios Aduaneros Permanentes a trav\u00e9s de sus representantes acreditados ante la DIAN, los usuarios Altamente Exportadores a trav\u00e9s de sus representantes acreditados ante la DIAN, las personas naturales, de manera personal y directa, cuando realicen exportaciones que individualmente no superen el valor FOB de mil (USD 1.000) d\u00f3lares de los Estados Unidos de Norteam\u00e9rica y las personas jur\u00eddicas, a trav\u00e9s de su representante legal o apoderado, cuando realicen exportaciones que individualmente no superen el valor FOB de mil d\u00f3lares de Estados Unidos de Norteam\u00e9rica (USD 1.000); en las jurisdicciones de las administraciones de Arauca, Leticia, Yopal, Puerto Carre\u00f1o, In\u00edrida y Puerto As\u00eds, este monto ser\u00e1 de USD 5.000,00; los viajeros en los despachos de sus equipajes, la Administraci\u00f3n Postal Nacional y los intermediarios inscritos ante la DIAN, en la modalidad de Tr\u00e1fico Postal y Env\u00edos Urgentes; la Naci\u00f3n, las entidades territoriales y las entidades descentralizadas quienes podr\u00e1n actuar a trav\u00e9s de su representante legal o apoderado debidamente constituido, los agentes diplom\u00e1ticos consulares y los organismos internacionales acreditados en el pa\u00eds quienes podr\u00e1n actuar de manera personal y directa o a trav\u00e9s de representante legal o jefe de la misi\u00f3n o de apoderado designado por \u00e9stos.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":"Valor FOB (Free On Board): corresponde al precio de venta de los bienes embarcados a otros pa\u00edses, puestos en el medio de transporte, sin incluir valor de seguro y fletes. Este valor que inicialmente se expresa en d\u00f3lares americanos se traduce al valor FOB en pesos colombianos, empleando la tasa promedio de cambio del mercado correspondiente al mes de an\u00e1lisis","var_catgry":[],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":"19.85","max":"284676118644"},"fid":"F1","sid":"556","survey_idno":"DANE-DIMPE-EXPO-1970-1990"}