{"file_id":"F14","vid":"V282","name":"REGIMEN","var_intrvl":"discrete","var_dcml":null,"var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":null,"loc_end_pos":null,"loc_width":"4","loc_rec_seg_no":"1","labl":"C\u00f3digo de r\u00e9gimen","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"Informante Indirecto","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":null,"var_qstn_qstnlit":"C\u00f3digo de r\u00e9gimen\n\nC100\tImportacion ordinaria.\nC101\tImportacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este\nC103\tImportacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%\nC104\tImportacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC105\tImportacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC107\tImportacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16%\nC108\tImportacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima.\nC111\tImportacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.\nC112\tImportacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.\nC113\tImportacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%\nC114\tImportacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%\nC115\tImportaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombinos despu\u00das de un semestre de servicio.\nC116\tImportaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio.\nC117\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.\nC118\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.\nC119\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.\nC120\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.\nC121\tImportacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje no supere los 1400 c.c exentos o excluidos del gravamen arancelario\nC122\tImportacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario.\nC123\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%.\nC124\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%.\nC125\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%.\nC126\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%.\nC127\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %.\nC128\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %.\nC129\timportacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario\nC130\tImportacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas.\nC131\tImportacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002\nC134\tImportacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos\nC135\tImportaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional\nC136\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen.\nC137\tImportacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.\nC150\tImportaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario.\nC151\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario, de mercanc\u00edas excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.\nC153\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.\nC154\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC156\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.\nC157\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.\nC158\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos regidos por el decreto 222\/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%.\nC159\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de papel para la impresi\u00f3n o la edici\u00f3n de libros y revistas de car\u00e1cter cient\u00edfico o cultural.\nC160\tImportaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.\nC161\tImportaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.\nC162\tImportacion de combustibles liquidos derivados del petroleo efectuada directamente por ecopetrol o a traves de cesiones o contrataciones para distribucion en zonas de frontera.\nC163\tImportacion con franquicia total de implementos para la rehabilitacion de personal militar lesionado en servicio.\nC165\tImportaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen.\nC166\tImportacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000\nC167\tImportacion con franquicia del gravamen arancelario de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con el registro sanitario expedido por el invima que los califique como tales\nC168\tImportacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas\nC169\tImportacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas\nC170\tImportacion de mercancias al territorio del departamento archipielago de san andres providencia y santa catalina con el pago del impuesto al consumo departamental\nC171\tImportacion de mercancias al territorio del departamento archipielago de san andres providencia y santa catalina sin el pago del impuesto al consumo departamental\nC172\tImportacion de mercancias a la zona de regimen aduanero especial de uraba, tumaco y guapi, inirida, puerto carre\u00f1o, la primavera y cumaribo con el pago del impuesto sobre las ventas\nC173\tImportacion de mercancias cuyo valor FOB supere los mil dolares de los estados unidos de norteamerica a la zona de regimen aduanero especial de leticia sin el pago de los tributos aduaneros.\nC174\tDeclaracion de importacion simplificada de mercancias importadas a la zona de regimen aduanero especial de maicao, uribia y manaure, con el pago del impuesto de ingreso de la mercancia.\nC175\tImportacion con franquicia total de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado.\nC176\tImportacion con franquicia del gravamen arancelario de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado\nC177\tImportacion con franquicia de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.\nC178\tImportacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%.\nC179\tImportacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%.\nC190\tImportacion temporal para perfeccionamiento activo de materias primas e insumos.\nC191\tImportacion de bienes de capital y repuestos destinados a la reparacion de bienes exportables\nC192\tImportaci\u00f3n temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la reparaci\u00f3n de bienes exportables.\nC193\tImportaci\u00f3n temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producci\u00f3n de bienes parcialmente exportables.\nC194\tImportaci\u00f3n temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producci\u00f3n de bienes parcialmente exportables, sin pago de tributos aduaneros en virtud de las normas que individualmente lo contemplen.\nC195\tReposicion de partes o materia prima utilizada en productos nacionales exportados que hayan cubierto tributos aduaneros en desarrollo del articulo 163 del articulo 179 del dl 444\/67 \nC196\tImportacion temporal de bienes de capital sin pago de tributos aduaneros destinados a ser reexportados de conformidad con lo establecido en el articulo 163 del decreto 2685 de 1999\nC197\tImportacion temporal de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformacion procesamiento o manufactura industrial por parte de los usuaruios altamente exportadores\nC200\tImportacion ordinaria.\nC201\tImportacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este\nC203\tImportacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%\nC204\tImportacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . 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Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario.\nC223\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%.\nC224\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%.\nC225\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%.\nC226\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%.\nC227\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %.\nC228\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %.\nC229\timportacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto 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mercanc\u00edas excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.\nC253\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.\nC254\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC256\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.\nC257\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.\nC258\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos 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1999\nC297\tImportacion temporal de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformacion procesamiento o manufactura industrial por parte de los usuaruios altamente exportadores\nC300\tImportacion ordinaria.\nC301\tImportacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este\nC303\tImportacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%\nC304\tImportacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC305\tImportacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC307\tImportacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16%\nC308\tImportacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima.\nC311\tImportacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.\nC312\tImportacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.\nC313\tImportacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%\nC314\tImportacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%\nC315\tImportaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombinos despu\u00das de un semestre de servicio.\nC316\tImportaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio.\nC317\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.\nC318\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.\nC319\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.\nC320\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.\nC321\tImportacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje no supere los 1400 c.c exentos o excluidos del gravamen arancelario\nC322\tImportacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario.\nC323\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%.\nC324\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%.\nC325\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%.\nC326\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%.\nC327\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %.\nC328\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %.\nC329\timportacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario\nC330\tImportacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas.\nC331\tImportacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002\nC334\tImportacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos\nC335\tImportaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional\nC336\tImportacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen.\nC337\tImportacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.\nC350\tImportaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario.\nC351\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario, de mercanc\u00edas excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.\nC353\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.\nC354\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC356\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.\nC357\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.\nC358\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos regidos por el decreto 222\/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%.\nC360\tImportaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.\nC361\tImportaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.\nC363\tImportaci\u00f3n con franquicia total de implementos para la rehabilitaci\u00f3n de personal militar lesionado en servicio.\nC365\tImportaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen.\nC366\tImportacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000\nC368\tImportacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas\nC369\tImportacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas\nC378\tImportacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%.\nC379\tImportacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%.\nC390\tImportaci\u00f3n ordinaria precedida de importaci\u00f3n temporal de largo plazo.\nC392\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia.\nC393\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas, precedida de importaci\u00f3n con franquicia excluidas del impuesto sobre las ventas; clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a \u00daste.\nC395\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.\nC396\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC397\tImportaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC398\tImportacion ordinaria de mercancias precedidas de importacion con franquicia en aplicaci\u00f3n de los articulos 13 literal a y articulo 15 del decreto 2148 de 1991\nC400\tImportacion ordinaria.\nC401\tImportacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este\nC403\tImportacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%\nC404\tImportacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC405\tImportacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC411\tImportacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.\nC412\tImportacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.\nC413\tImportacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%\nC414\tImportacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%\nC415\tImportaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombinos despu\u00das de un semestre de servicio.\nC416\tImportaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio.\nC417\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.\nC418\tImportaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios 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las ventas del 20%.\nC455\tImportacion con franquicia del gravamen arancelario de vehiculos chasises y aviones de servicio publico ensamblados en el pais sujetos a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC456\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.\nC457\tImportaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.\nC460\tImportaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.\nC461\tImportaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.\nC462\tImportacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999.\nC463\tImportacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.\nC464\tImportacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%.\nC465\tImportacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC466\tImportacion ordinaria de autopartes precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC467\tImportacion ordinaria de autopartes precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta  a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.\nC540\tImportaci\u00f3n ordinaria de materias primas e insumos que se encuentren en importaci\u00f3n temporal para perfeccionamiento activo.\nC541\tImportaci\u00f3n ordinaria de materias primas e insumos excluidos del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta e este, que se encuentren en importaci\u00f3n temporal para perfeccionamiento 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procedentes de Zona Franca.\nC603\tReimportaci\u00f3n de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo excluido del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este, procedentes de Zona Franca.\nC605\tReimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas reparadas o reemplazadas, sin garant\u00eda vigente del fabricante o proveedor.\nC606\tReimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas reparadas o reemplazadas sin garant\u00eda vigente del fabricante o proveedor, excluidas de impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.\nC607\tReimportacion de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo sujeto a un diferimiento arancelario del 0% de acuerdo a las normas que individualmente lo contemplen\nC608\tReimportacion de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo con diferimiento arancelario de acuerdo a las normas que individualmente lo contemplen exentas o excluidas del 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temporal de mercanc\u00edas en arrendamiento para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.\nS131\tImportacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais.\nS132\tImportacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion\nS140\tImportaci\u00f3n de mercanc\u00edas para transformaci\u00f3n y ensamble por las industrias autorizadas para el efecto.\nS200\tImportaci\u00f3n temporal de corto plazo para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.\nS220\tImportaci\u00f3n temporal de largo plazo para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.\nS230\tImportaci\u00f3n temporal de mercanc\u00edas en arrendamiento para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.\nS231\tImportacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais.\nS232\tImportacion temporal de materia prima al amparo de programas 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%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C128","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C129","labl":"importacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C130","labl":"Importacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C131","labl":"Importacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C134","labl":"Importacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C135","labl":"Importaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C136","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C137","labl":"Importacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C150","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C151","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario, de mercanc\u00edas excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C153","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C154","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C156","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C157","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C158","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos regidos por el decreto 222\/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C159","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de papel para la impresi\u00f3n o la edici\u00f3n de libros y revistas de car\u00e1cter cient\u00edfico o cultural.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C160","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C161","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C162","labl":"Importacion de combustibles liquidos derivados del petroleo efectuada directamente por ecopetrol o a traves de cesiones o contrataciones para distribucion en zonas de frontera.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C163","labl":"Importacion con franquicia total de implementos para la rehabilitacion de personal militar lesionado en servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C165","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C166","labl":"Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C167","labl":"Importacion con franquicia del gravamen arancelario de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con el registro sanitario expedido por el invima que los califique como tales","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C168","labl":"Importacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C169","labl":"Importacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C170","labl":"Importacion de mercancias al territorio del departamento archipielago de san andres providencia y santa catalina con el pago del impuesto al consumo departamental","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C171","labl":"Importacion de mercancias al territorio del departamento archipielago de san andres providencia y santa catalina sin el pago del impuesto al consumo departamental","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C172","labl":"Importacion de mercancias a la zona de regimen aduanero especial de uraba, tumaco y guapi, inirida, puerto carre\u00f1o, la primavera y cumaribo con el pago del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C173","labl":"Importacion de mercancias cuyo valor FOB supere los mil dolares de los estados unidos de norteamerica a la zona de regimen aduanero especial de leticia sin el pago de los tributos aduaneros.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C174","labl":"Declaracion de importacion simplificada de mercancias importadas a la zona de regimen aduanero especial de maicao, uribia y manaure, con el pago del impuesto de ingreso de la mercancia.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C175","labl":"Importacion con franquicia total de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C176","labl":"Importacion con franquicia del gravamen arancelario de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C177","labl":"Importacion con franquicia de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C178","labl":"Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C179","labl":"Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C190","labl":"Importacion temporal para perfeccionamiento activo de materias primas e insumos.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C191","labl":"Importacion de bienes de capital y repuestos destinados a la reparacion de bienes exportables","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C192","labl":"Importaci\u00f3n temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la reparaci\u00f3n de bienes exportables.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C193","labl":"Importaci\u00f3n temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producci\u00f3n de bienes parcialmente exportables.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C194","labl":"Importaci\u00f3n temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producci\u00f3n de bienes parcialmente exportables, sin pago de tributos aduaneros en virtud de las normas que individualmente lo contemplen.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C195","labl":"Reposicion de partes o materia prima utilizada en productos nacionales exportados que hayan cubierto tributos aduaneros en desarrollo del articulo 163 del articulo 179 del dl 444\/67","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C196","labl":"Importacion temporal de bienes de capital sin pago de tributos aduaneros destinados a ser reexportados de conformidad con lo establecido en el articulo 163 del decreto 2685 de 1999","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C197","labl":"Importacion temporal de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformacion procesamiento o manufactura industrial por parte de los usuaruios altamente exportadores","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C200","labl":"Importacion ordinaria.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C201","labl":"Importacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C203","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C204","labl":"Importacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C205","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C207","labl":"Importacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C208","labl":"Importacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C211","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C212","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C213","labl":"Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C214","labl":"Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C215","labl":"Importaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombinos despu\u00das de un semestre de servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C216","labl":"Importaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C217","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C218","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C219","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C220","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C221","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje n","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C222","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C223","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C224","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C225","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C226","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C227","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C228","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C229","labl":"importacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C230","labl":"Importacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C231","labl":"Importacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C234","labl":"Importacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C235","labl":"Importaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C236","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C237","labl":"Importacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C250","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C251","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario, de mercanc\u00edas excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C253","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C254","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C256","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C257","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C258","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos regidos por el decreto 222\/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C259","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de papel para la impresi\u00f3n o la edici\u00f3n de libros y revistas de car\u00e1cter cient\u00edfico o cultural.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C260","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C261","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C263","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total de implementos para la rehabilitaci\u00f3n de personal militar lesionado en 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Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C305","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C307","labl":"Importacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C308","labl":"Importacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C311","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C312","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C313","labl":"Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C314","labl":"Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C315","labl":"Importaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombinos despu\u00das de un semestre de servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C316","labl":"Importaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C317","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C318","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C319","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C320","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C321","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje n","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C322","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C323","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C324","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C325","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C326","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C327","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C328","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C329","labl":"importacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C330","labl":"Importacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C331","labl":"Importacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C334","labl":"Importacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C335","labl":"Importaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C336","labl":"Importacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C337","labl":"Importacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C350","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C351","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario, de mercanc\u00edas excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C353","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C354","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C356","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C357","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C358","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos regidos por el decreto 222\/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C360","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C361","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C363","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total de implementos para la rehabilitaci\u00f3n de personal militar lesionado en servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C365","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C366","labl":"Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C368","labl":"Importacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C369","labl":"Importacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C378","labl":"Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C379","labl":"Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C390","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria precedida de importaci\u00f3n temporal de largo plazo.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C392","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C393","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas, precedida de importaci\u00f3n con franquicia excluidas del impuesto sobre las ventas; clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a \u00daste.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C395","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C396","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C397","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de mercanc\u00edas precedida de importaci\u00f3n con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C398","labl":"Importacion ordinaria de mercancias precedidas de importacion con franquicia en aplicaci\u00f3n de los articulos 13 literal a y articulo 15 del decreto 2148 de 1991","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C400","labl":"Importacion ordinaria.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C401","labl":"Importacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C403","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C404","labl":"Importacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C405","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C411","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C412","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del  25 %.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C413","labl":"Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C414","labl":"Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45%","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C415","labl":"Importaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombinos despu\u00das de un semestre de servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C416","labl":"Importaci\u00f3n de veh\u00edculos, autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos Colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C417","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C418","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C419","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C420","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de veh\u00edculos autom\u00f3viles por funcionarios diplom\u00e1ticos colombianos despu\u00das de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C450","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas con franquicia del gravamen arancelario.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C453","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C454","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C455","labl":"Importacion con franquicia del gravamen arancelario de vehiculos chasises y aviones de servicio publico ensamblados en el pais sujetos a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 16%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C456","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C457","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia del gravamen arancelario de mercanc\u00edas contempladas en contratos con resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C460","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C461","labl":"Importaci\u00f3n con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica y a la educaci\u00f3n.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C462","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C463","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impues","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C464","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impues","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C465","labl":"Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impues","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C466","labl":"Importacion ordinaria de autopartes precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impue","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C467","labl":"Importacion ordinaria de autopartes precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta  a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C540","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de materias primas e insumos que se encuentren en importaci\u00f3n temporal para perfeccionamiento activo.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C541","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de materias primas e insumos excluidos del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta e este, que se encuentren en importaci\u00f3n temporal para perfeccionamiento activo","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C545","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de bienes de capital y repuestos que se encuentren en importaci\u00f3n temporal para producir principalmente bienes exportables, antes de cumplir el compromiso de exportaci\u00f3n.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C546","labl":"Importaci\u00f3n ordinaria de bienes de capital y repuestos que se encuentren en importaci\u00f3n temporal para producir bienes exportables parcialmente, antes de cumplir el compromiso de exportaci\u00f3n.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C547","labl":"Importacion ordinaria de materias primas o insumos importados temporalmente para procesamiento industrial o de los productos resultantes del procesamiento industrial","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C600","labl":"Reimportaci\u00f3n de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C601","labl":"Reimportaci\u00f3n de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo, excluidos del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmenyte sujeta  a esta.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C602","labl":"Reimportaci\u00f3n de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo, procedentes de Zona Franca.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C603","labl":"Reimportaci\u00f3n de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo excluido del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este, procedentes de Zona Franca.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C605","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas reparadas o reemplazadas, sin garant\u00eda vigente del fabricante o proveedor.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C606","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas reparadas o reemplazadas sin garant\u00eda vigente del fabricante o proveedor, excluidas de impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C607","labl":"Reimportacion de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo sujeto a un diferimiento arancelario del 0% de acuerdo a las normas que individualmente lo contemplen","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C608","labl":"Reimportacion de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo con diferimiento arancelario de acuerdo a las normas que individualmente lo contemplen exentas o excluidas del impuesto sobre las ventas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C609","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas producidas parcial o totalmente con materias primas e insumos extranjeros en importaci\u00f3n temporal para perfeccionamiento activo, en el mismo estado en que fueron exportadas.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C610","labl":"reimportacion temporal de mercancias producidas parcial o totalmente con materias primas e insumos extranjeros en importacion temporal para perfeccionamiento activo en el mismo estado en que fueron exportadas sujetas a ser reexportadas","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C660","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas exportadas temporalmente para su reimportaci\u00f3n en el mismo estado, no sujetas al pago de tributos aduaneros.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C662","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas en el mismo estado en que fueron exportadas definitivamente.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C663","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas en el mismo estado en que fueron exportadas definitivamente, a Zona Franca.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C665","labl":"Reimportaci\u00f3n de mercanc\u00edas en cumplimiento de garant\u00eda vigente del fabricante o proveedor, no sujetas al pago de tributos.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C666","labl":"Reimportacion de mercancias reparadas o reemplazadas no sujetas al pago de tributos aduaneros.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C700","labl":"Importacion de menaje domestico sujeto a un gravamen unico ad-valorem","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"C701","labl":"Importacion de menaje domestico que realicen los agentes diplomaticos, consulares y de organismos internacionales acreditados en el pais y los funcionarios colombianos que regresan al termino de su mision de conformidad con lo establecido en el decreto 21","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S100","labl":"Importaci\u00f3n temporal de corto plazo para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S105","labl":"Importaci\u00f3n temporal de veh\u00edculos de turistas, siempre que \u00dastos lleguen conjuntamente con el veh\u00edculo.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S106","labl":"Importacion temporal de aeronaves de matricula extranjera de servicio privado para el transporte de personas que realicen, establezcan o mantengan actividades comerciales en el pais.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S120","labl":"Importacion temporal de largo plazo para reexportacion en el mismo estado","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S130","labl":"Importaci\u00f3n temporal de mercanc\u00edas en arrendamiento para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S131","labl":"Importacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S132","labl":"Importacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S140","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas para transformaci\u00f3n y ensamble por las industrias autorizadas para el efecto.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S200","labl":"Importaci\u00f3n temporal de corto plazo para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S220","labl":"Importaci\u00f3n temporal de largo plazo para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S230","labl":"Importaci\u00f3n temporal de mercanc\u00edas en arrendamiento para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S231","labl":"Importacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S232","labl":"Importacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S240","labl":"Importaci\u00f3n de mercanc\u00edas para transformaci\u00f3n y ensamble por las industrias autorizadas para el efecto.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S310","labl":"Importacion temporal de largo plazo precedida de importacion temporal de corto plazo","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S320","labl":"Importaci\u00f3n temporal de largo plazo para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S330","labl":"Importaci\u00f3n temporal de mercanc\u00edas en arrendamiento para reexportaci\u00f3n en el mismo estado.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S331","labl":"Importacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais.","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"S332","labl":"Importacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion","is_missing":null,"stats":[]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"character","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":null,"max":null},"fid":"F14","sid":"557","survey_idno":"DANE-DIMPE-IMPO-1991-2007"}