{"file_id":"F45","vid":"V4126","name":"NHCLP2AA","var_intrvl":"discrete","var_dcml":"2","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":"26","loc_end_pos":"29","loc_width":"4","loc_rec_seg_no":"1","labl":"2a. \u00bfEntre 1985 y el momento actual, usted o alg\u00fan miembro del hogar ha sido v\u00edctima del conflicto armado?","var_imputation":null,"var_security":"El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estad\u00edstica por tanto estar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n que para el efecto defina el Comit\u00e9 de Aseguramiento de la reserva estad\u00edstica. Resoluci\u00f3n 173 de 2008.","var_resp_unit":"La informaci\u00f3n del cap\u00edtulo ser\u00e1 suministrada por el\/la jefe\/a del hogar o su c\u00f3nyuge.","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":null,"var_qstn_qstnlit":"2a. \u00bfEntre 1985 y el momento actual, usted o alg\u00fan miembro del hogar ha sido v\u00edctima del conflicto armado?\n\n1. S\u00ed\n2. No","var_qstn_postqtxt":null,"var_qstn_ivuinstr":null,"var_universe":"El universo de estudio para la Encuesta Multiprop\u00f3sito Bogot\u00e1 - Cundinamarca est\u00e1 conformado por la poblaci\u00f3n civil no institucional residente en la cabecera, centro poblado y rural disperso de Bogot\u00e1, Soacha, Ch\u00eda, Cota, Funza, La Calera, Mosquera y Sop\u00f3. As\u00ed mismo, exclusivamente la cabecera de los municipios de Facatativ\u00e1, Zipaquir\u00e1, Fusagasug\u00e1, Madrid, Cajic\u00e1, Sibat\u00e9, El Rosal, Tocancip\u00e1, Tabio, Tenjo, Bojac\u00e1, Gachancip\u00e1, Subachoque y Zipac\u00f3n.\n\nEste cap\u00edtulo va dirigido al jefe\/a del hogar o su c\u00f3nyuge.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":"Tener en cuenta las siguientes definiciones:\n\nV\u00edctima del conflicto armado:\n\n\u2022 Se consideran v\u00edctimas aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un da\u00f1o por hechos ocurridos a partir del 1\u00ba de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasi\u00f3n del conflicto armado interno.\n\n\u2022 Tambi\u00e9n son v\u00edctimas el c\u00f3nyuge, compa\u00f1ero o compa\u00f1era permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la v\u00edctima directa, cuando a esta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida. A falta de estas, lo ser\u00e1n los que se encuentren en el segundo grado de consanguinidad ascendente. De la misma forma, se consideran v\u00edctimas las personas que hayan sufrido un da\u00f1o al intervenir para asistir a la v\u00edctima en peligro o para prevenir la victimizaci\u00f3n.\n \n\u2022 La condici\u00f3n de v\u00edctima se adquiere con independencia de que se individualice, aprehenda, procese o condene al autor de la conducta punible y de la relaci\u00f3n familiar que pueda existir entre el autor y la v\u00edctima.\n\n\u2022 Las violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario que se mencionan en la definici\u00f3n de v\u00edctima del conflicto, se clasifican en las siguientes categor\u00edas de hechos victimizantes: desplazamiento forzado, homicidio, amenaza, desaparici\u00f3n forzada, abandono y despojo de tierras, minas antipersonal, p\u00e9rdida de muebles o inmuebles, vinculaci\u00f3n de ni\u00f1os y adolescentes, acto terrorista, delitos contra la integridad sexual, secuestro, lesiones personales psicol\u00f3gicas, tortura y lesiones personales f\u00edsicas.","var_catgry":[{"value":"1","labl":"Si","is_missing":null,"stats":[]},{"value":"2","labl":"No","is_missing":null,"stats":[]}],"var_codinstr":null,"var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":null,"var_val_range":{"min":"1","max":"2"},"fid":"F45","sid":"743","survey_idno":"DANE-DIMPE-EM-2021"}