Esta constituido por la población civil en hogares no institucionales, residentes en las viviendas particulares de Bogotá D.C.
Este capítulo va dirigido a todas las viviendas.
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El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008.