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POBCONVID

Encuesta de Calidad de Vida de Bogotá - ECVB 2007

Colombia, 2007
Pobreza y condiciones de vida.
Dirección de Metodología y Producción Estadística - DIMPE
Creado el September 25, 2017 Última modificación September 25, 2017 Visitas a la página 287.228 Descargar 5.370 Documentación en PDF metadata DDI/XML JSON
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Quién se ocupa principalmente del cuidado de .. (F12_PERS_OCUPA_CUIDADO)

archivo de datos: Persona

Información general

Válido: 3697
Inválido: 86590
Intervalo: discrete
Decimal: 0
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Preguntas e instrucciones

Pregunta literal
Quién se ocupa principalmente del cuidado de ... ?

1 Una persona de este hogar (remunerada o no)
2 Una persona de otro hogar, no remunerada
3 Una persona remunerada, de otro hogar
4 Una institución contratada para ello
5 No requiere atención permanente
6 No tiene quien lo cuide
Categorías
Valor Categoría Casos
1 Una persona de este hogar (remunerada o no) 1797
48.6%
5 No requiere atención permanente 1219
33%
6 No tiene quien lo cuide 361
9.8%
2 Una persona de otro hogar, no remunerada 164
4.4%
3 Una persona remunerada, de otro hogar 122
3.3%
4 Una institución contratada para ello 34
0.9%
Sysmiss 86590
Precaución: estas estadísticas reflejan el número de casos encontrados en el archivo de datos. No deben ser interpretadas como un resumen estadístico del universo de interés.
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El objetivo de esta pregunta es poder establecer si las personas que tienen algún tipo de limitación física permanente reciben o no atención debido a su condición y quien se la presta.

· Una persona de este hogar: debe seleccionarse este código para los casos en los que la persona encargada del cuidado sea residente habitual del mismo hogar de la persona que tiene la limitación, señalando a continuación el número de orden asignado en E1.

· Una persona de otro hogar, no remunerada: En este código quedan aquellas personas que independientemente de si son familiares o no, se ocupan del cuidado de la persona con limitaciones, pero no reciben ningún tipo de remuneración. Este sería el caso de la vecina, la cuñada o el hermano que va a diario a la casa de la persona con incapacidad y esta pendiente de sus cuidados.

Si este es el caso debe establecerse si esta persona es hombre o mujer.

· Una persona remunerada: este código aplica para todas aquellas personas de otros hogares que se ocupen del cuidado de la persona del hogar con limitaciones y reciban a cambio remuneración en dinero o en especie por ello.

Por enfermeras

· Una institución contratada para ello: En el código 4 hay que tener en cuenta que sólo debe marcarse en caso de que a diario deba llevarse a la persona a dicha institución. Para los casos en que la persona permanezca día y noche en la institución no debe tomarse información, pues no es un residente habitual en el hogar.
Texto previo a la pregunta
¿Cuál es la que más afecta su desempeño diario?

1 Moverse o caminar
2 Usar sus brazos o manos
3 Ver, a pesar de usar lentes o gafas?
4 Oír, aún con aparatos especiales?
5 Hablar?
6 Entender o aprender?
7 Relacionarse con los demás por problemas mentales o emocionales?
8 Bañarse, vestirse, alimentarse por si mismo?
9 Otra limitación permanente
Texto posterior a la pregunta
N° de Orden

Descripción

Universo
Esta constituido por la población civil en hogares no institucionales, residentes en las viviendas particulares de Bogotá D.C.

Este capítulo está dirigido a todas las personas del hogar.
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Directo

others

Seguridad
El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008.
Notas
NOTAS
· Si el cuidado es prestado por más de una persona del hogar señale la que la mayor parte del tiempo lo hace.

· Si la persona que se ocupa de los cuidados de la persona con limitaciones ocupa la misma vivienda pero es residente de otro hogar, el código que debe asignársele es el 2.

· Si el cuidado esta a cargo de un miembro del hogar y una persona remunerada, debe primar la persona remunerada por lo que se debe marcar el código 3.

· Si el cuidado esta a cargo de una persona de otro hogar no remunerada y una persona remunerada, también debe primar la persona remunerada y por tanto se debe marcar el código 3.
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