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POBCONVID

Medición de Pobreza Monetaria 2011

Colombia
Pobreza y condiciones de vida.
Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE
Creado el September 25, 2017 Última modificación September 25, 2017 Visitas a la página 100.097 Descargar 3.588 Documentación en PDF metadata DDI/XML JSON
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¿Está... cotizando actualmente a un fondo de pensiones? (P6920)

archivo de datos: PERSONAS 2011

Información general

Válido: 357901
Inválido: 469625
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Preguntas e instrucciones

Pregunta literal
¿Está... cotizando actualmente a un fondo de pensiones?

1 Sí
2 No
3 Ya es pensionado
Categorías
Valor Categoría Casos
2 No 242713
67.8%
1 Sí 109065
30.5%
3 Ya es pensionado 6123
1.7%
Sysmiss 469625
Precaución: estas estadísticas reflejan el número de casos encontrados en el archivo de datos. No deben ser interpretadas como un resumen estadístico del universo de interés.
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Esta pregunta se debe diligenciar para todos los ocupados.

Para el diligenciamiento de esta pregunta tenga en cuenta:

El sistema general de pensiones tiene por objeto garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la ley 100/93.

Serán afiliados al sistema general de pensiones:

• En forma obligatoria, todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.

• En forma voluntaria, los trabajadores independientes y en general todas las personas naturales residentes en el país y los colombianos domiciliados en el exterior que cumplan algunos requisitos contemplados en la ley 100/93. Los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el país y no estén cubiertos por algún régimen de su país de origen o de cualquier otro.

• Las personas pensionadas ya no se les descuenta, por lo tanto no están afiliadas a un fondo de pensiones, aunque sigan desempeñando alguna actividad como empleados, asalariados o en condición de trabajadores independientes en estos casos deben marcar alternativa 3.

• Cuando el informante conteste que está afiliado por pensión al Seguro Social, Caja de Previsión, Entidad Administradora de Pensiones (Colmena, Colpatria, Porvenir, Davivir etc.), marque alternativa 1 (Si).

• Existe también el régimen de excepciones correspondiente a entidades que tienen su propio sistema de pensiones, como:

Los miembros de las fuerzas militares y de policía.
Personal civil del Ministerio de Defensa y la policía nacional.
Personal docente afiliado al Fondo Nacional de prestaciones sociales del magisterio.
Empleados y pensionados de Ecopetrol etc.

Si la persona está afiliada a alguno de estos regímenes digite alternativa 1 (SI).

Aunque lo anterior es lo contemplado por la ley, el recolector puede encontrar otras situaciones como: ocupados no afiliados al régimen de pensiones, información que debe registrarse tal cual la suministra el informante.

• Solo se anotará la opción 1 (Si), cuando la persona informa que actualmente se encuentra cotizando para pensiones, es decir, si cotiza por el trabajo que tiene bien sea como empleado (asalariado) o independiente.

Descripción

Universo
El universo está conformado por la población civil no institucional, residente en todo el territorio nacional; va dirigida a todos los hogares encontrados en la vivienda y a todas las personas que forman parte del hogar.
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La encuesta utiliza informante directo para las personas de 18 años y más, y para aquellas de 10 a 17 años que trabajen o estén buscando trabajo. Para los demás se acepta informante idóneo (persona del hogar mayor de 18 años, que a falta del informante directo pueda responder correctamente las preguntas). No se acepta información de empleados del servicio doméstico, pensionistas, vecinos o menores, excepto cuando el menor de edad es el jefe del hogar o cónyuge.

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Seguridad
El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008.
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