| Valor | Categoría |
|---|---|
| C100 | Importacion ordinaria. |
| C101 | Importacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este |
| C103 | Importacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35% |
| C104 | Importacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas |
| C105 | Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest |
| C107 | Importacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16% |
| C108 | Importacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima. |
| C111 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C112 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C113 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C114 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C115 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombinos despuÚs de un semestre de servicio. |
| C116 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombianos despuÚs de dos semestres de servicio. |
| C117 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C118 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C119 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C120 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C121 | Importacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje n |
| C122 | Importacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario. |
| C123 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%. |
| C124 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%. |
| C125 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%. |
| C126 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%. |
| C127 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %. |
| C128 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %. |
| C129 | importacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario |
| C130 | Importacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas. |
| C131 | Importacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002 |
| C134 | Importacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos |
| C135 | Importaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional |
| C136 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen. |
| C137 | Importacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas. |
| C150 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario. |
| C151 | Importación con franquicia del gravamen arancelario, de mercancías excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este. |
| C153 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C154 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C156 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%. |
| C157 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%. |
| C158 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos regidos por el decreto 222/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%. |
| C159 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de papel para la impresión o la edición de libros y revistas de carácter científico o cultural. |
| C160 | Importación con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional. |
| C161 | Importación con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigación científica y tecnológica y a la educación. |
| C162 | Importacion de combustibles liquidos derivados del petroleo efectuada directamente por ecopetrol o a traves de cesiones o contrataciones para distribucion en zonas de frontera. |
| C163 | Importacion con franquicia total de implementos para la rehabilitacion de personal militar lesionado en servicio. |
| C165 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen. |
| C166 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000 |
| C167 | Importacion con franquicia del gravamen arancelario de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con el registro sanitario expedido por el invima que los califique como tales |
| C168 | Importacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas |
| C169 | Importacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas |
| C170 | Importacion de mercancias al territorio del departamento archipielago de san andres providencia y santa catalina con el pago del impuesto al consumo departamental |
| C171 | Importacion de mercancias al territorio del departamento archipielago de san andres providencia y santa catalina sin el pago del impuesto al consumo departamental |
| C172 | Importacion de mercancias a la zona de regimen aduanero especial de uraba, tumaco y guapi, inirida, puerto carreño, la primavera y cumaribo con el pago del impuesto sobre las ventas |
| C173 | Importacion de mercancias cuyo valor FOB supere los mil dolares de los estados unidos de norteamerica a la zona de regimen aduanero especial de leticia sin el pago de los tributos aduaneros. |
| C174 | Declaracion de importacion simplificada de mercancias importadas a la zona de regimen aduanero especial de maicao, uribia y manaure, con el pago del impuesto de ingreso de la mercancia. |
| C175 | Importacion con franquicia total de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado. |
| C176 | Importacion con franquicia del gravamen arancelario de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado |
| C177 | Importacion con franquicia de mercancias que se encuentran en importacion temporal para reexportacion en el mismo estado excluidas del pago del impuesto sobre las ventas. |
| C178 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%. |
| C179 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%. |
| C190 | Importacion temporal para perfeccionamiento activo de materias primas e insumos. |
| C191 | Importacion de bienes de capital y repuestos destinados a la reparacion de bienes exportables |
| C192 | Importación temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la reparación de bienes exportables. |
| C193 | Importación temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producción de bienes parcialmente exportables. |
| C194 | Importación temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producción de bienes parcialmente exportables, sin pago de tributos aduaneros en virtud de las normas que individualmente lo contemplen. |
| C195 | Reposicion de partes o materia prima utilizada en productos nacionales exportados que hayan cubierto tributos aduaneros en desarrollo del articulo 163 del articulo 179 del dl 444/67 |
| C196 | Importacion temporal de bienes de capital sin pago de tributos aduaneros destinados a ser reexportados de conformidad con lo establecido en el articulo 163 del decreto 2685 de 1999 |
| C197 | Importacion temporal de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformacion procesamiento o manufactura industrial por parte de los usuaruios altamente exportadores |
| C200 | Importacion ordinaria. |
| C201 | Importacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este |
| C203 | Importacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35% |
| C204 | Importacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas |
| C205 | Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest |
| C207 | Importacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16% |
| C208 | Importacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima. |
| C211 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C212 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C213 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C214 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C215 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombinos despuÚs de un semestre de servicio. |
| C216 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombianos despuÚs de dos semestres de servicio. |
| C217 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C218 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C219 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C220 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C221 | Importacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje n |
| C222 | Importacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario. |
| C223 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%. |
| C224 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%. |
| C225 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%. |
| C226 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%. |
| C227 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %. |
| C228 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %. |
| C229 | importacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario |
| C230 | Importacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas. |
| C231 | Importacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002 |
| C234 | Importacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos |
| C235 | Importaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional |
| C236 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen. |
| C237 | Importacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas. |
| C250 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario. |
| C251 | Importación con franquicia del gravamen arancelario, de mercancías excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este. |
| C253 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C254 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C256 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%. |
| C257 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%. |
| C258 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos regidos por el decreto 222/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%. |
| C259 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de papel para la impresión o la edición de libros y revistas de carácter científico o cultural. |
| C260 | Importación con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional. |
| C261 | Importación con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigación científica y tecnológica y a la educación. |
| C263 | Importación con franquicia total de implementos para la rehabilitación de personal militar lesionado en servicio. |
| C265 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen. |
| C266 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000 |
| C267 | Importacion con franquicia del gravamen arancelario de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con el registro sanitario expedido por el invima que los califique como tales |
| C268 | Importacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas |
| C269 | Importacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas |
| C278 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%. |
| C279 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%. |
| C290 | Importacion temporal para perfeccionamiento activo de materias primas e insumos. |
| C291 | Importacion de bienes de capital y repuestos destinados a la reparacion de bienes exportables |
| C292 | Importación temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la reparación de bienes exportables. |
| C293 | Importación temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producción de bienes parcialmente exportables. |
| C294 | Importación temporal de bienes de capital y repuestos destinados a la producción de bienes parcialmente exportables, sin pago de tributos aduaneros en virtud de las normas que individualmente lo contemplen. |
| C295 | Reposicion de partes o materia prima utilizada en productos nacionales exportados que hayan cubierto tributos aduaneros en desarrollo del articulo 163 del articulo 179 del dl 444/67 |
| C296 | Importacion temporal de bienes de capital sin pago de tributos aduaneros destinados a ser reexportados de conformidad con lo establecido en el articulo 163 del decreto 2685 de 1999 |
| C297 | Importacion temporal de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformacion procesamiento o manufactura industrial por parte de los usuaruios altamente exportadores |
| C300 | Importacion ordinaria. |
| C301 | Importacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este |
| C303 | Importacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35% |
| C304 | Importacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas |
| C305 | Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest |
| C307 | Importacion ordinaria de licores sujetos a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 16% |
| C308 | Importacion ordinaria de medicamentos excluidas del pago del impuesto sobre las ventas con registro sanitario expedido por el invima. |
| C311 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C312 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C313 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C314 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C315 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombinos despuÚs de un semestre de servicio. |
| C316 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombianos despuÚs de dos semestres de servicio. |
| C317 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C318 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C319 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C320 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C321 | Importacion ordinaria de vehiculos, de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, exentos o excluidos del gravamen arancelario cuyo cilindraje n |
| C322 | Importacion ordinaria de vehiculos de la partida 87,03, asi como los chasises y carrocerias, incluidas las cabinas excepto los camperos. Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 cc, sujetos al pago del gravamen arancelario. |
| C323 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 16%. |
| C324 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 20%. |
| C325 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 25%. |
| C326 | Importación ordinaria de mercancias sujeta a un gravamen del 0% con una tarifa del impuesto a las ventas del 35%. |
| C327 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2 %. |
| C328 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10 %. |
| C329 | importacion ordinaria de cervezas de acuerdo con lo previsto en el articulo 113 de la ley 788 el cual modifica el articulo 475 del estatuto tributario |
| C330 | Importacion ordinaria de mercancias exentas del impuesto sobre las ventas. |
| C331 | Importacion ordinaria de licores, vinos y aperitivos y similares con cesion del iva conforme a lo establecido en el articulo 54 de la ley 788 de 2002 |
| C334 | Importacion con exclusion del impuesto sobre las ventas de mercancias siempre y cuando se cumplan determinados requisitos |
| C335 | Importaciones de premios y distinciones obtenidos por colombianos en certamenes internacionales reconocidos por el gobierno nacional |
| C336 | Importacion ordinaria de mercancias sujetas a un diferimiento del gravamen arancelario del cero por ciento 0% de acuerdo con las normas que individualmente lo contemplen. |
| C337 | Importacion ordinaria de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas. |
| C350 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario. |
| C351 | Importación con franquicia del gravamen arancelario, de mercancías excluidas del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este. |
| C353 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C354 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C356 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%. |
| C357 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%. |
| C358 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos regidos por el decreto 222/83 suscritos antes de enero 1 de 1991, sujetas a una tarifa de impuestos sobre las ventas del 10%. |
| C360 | Importación con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional. |
| C361 | Importación con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigación científica y tecnológica y a la educación. |
| C363 | Importación con franquicia total de implementos para la rehabilitación de personal militar lesionado en servicio. |
| C365 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario, no sujetas al pago de impuesto sobre las ventas en virtud de normas que individualmente lo contemplen. |
| C366 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario en virtud de lo establecido en el decreto 350 del 25 de febrero de 1999 y ley 608 de 2000 |
| C368 | Importacion de equipos y elementos por instituciones de educacion superior centros de investigacion y centros de desarrollo tecnologico exonerados del impuesto sobre las ventas |
| C369 | Importacion de mercancias con diferimiento del gravamen arancelario exentas o excluidas del pago del impuesto sobre las ventas |
| C378 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 2%. |
| C379 | Importacion de mercancias con franquicia del gravamen arancelario sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 10%. |
| C390 | Importación ordinaria precedida de importación temporal de largo plazo. |
| C392 | Importación ordinaria de mercancías precedida de importación con franquicia. |
| C393 | Importación ordinaria de mercancías, precedida de importación con franquicia excluidas del impuesto sobre las ventas; clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a Úste. |
| C395 | Importación ordinaria de mercancías precedida de importación con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C396 | Importación ordinaria de mercancías precedida de importación con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C397 | Importación ordinaria de mercancías precedida de importación con franquicia; sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%. |
| C398 | Importacion ordinaria de mercancias precedidas de importacion con franquicia en aplicación de los articulos 13 literal a y articulo 15 del decreto 2148 de 1991 |
| C400 | Importacion ordinaria. |
| C401 | Importacion ordinaria de mercancias excluidas del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este |
| C403 | Importacion ordinaria de vehiculos,chasises con motor, carrocerias, los aerodinos de servicio privado y los barcos de recreo y deporte sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35% |
| C404 | Importacion ordinaria de camperos de la partida 87,03, chasises, carrocerias incluidas las cabinas . Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89,03, fabricados o ensamblados en el pais sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas |
| C405 | Importacion ordinaria de vehiculos chasises cabinados, carrocerias de servicio publico, aerodinos de ensenanza hasta de dos plazas y los de servicio publico y las motos y motocicletas con motor hasta de 185 cc, sujetos a una tarifa diferencial del impuest |
| C411 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C412 | Importacion ordinaria de vehiculos automoviles de la partida 87,03, realizada Por funcionarios diplomaticos colombianos despues de dos semestres de servicio en el exterior sujeto a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 25 %. |
| C413 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues de un semestre de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C414 | Importacion de vehiculos automoviles por funcionarios diplomaticos colombianos despues dos semestres de servicios en el exterior sujetas a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 45% |
| C415 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombinos despuÚs de un semestre de servicio. |
| C416 | Importación de vehículos, automóviles por funcionarios diplomáticos Colombianos despuÚs de dos semestres de servicio. |
| C417 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C418 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C419 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de un semestre de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C420 | Importación ordinaria de vehículos automóviles por funcionarios diplomáticos colombianos despuÚs de dos semestres de servicio en el exterior, sujeta a una tarifa diferencial de impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C450 | Importación de mercancías con franquicia del gravamen arancelario. |
| C453 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de automotores sujetos a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 35%. |
| C454 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías sujetas a la tarifa del impuesto sobre las ventas del 20%. |
| C455 | Importacion con franquicia del gravamen arancelario de vehiculos chasises y aviones de servicio publico ensamblados en el pais sujetos a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 16%. |
| C456 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a enero 1 de 1996, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 14%. |
| C457 | Importación con franquicia del gravamen arancelario de mercancías contempladas en contratos con resolución de adjudicación anterior a julio 1 de 1992, sujetas a una tarifa del impuesto sobre las ventas del 12%. |
| C460 | Importación con franquicia total contempladas en contratos, tratados o convenios celebrados por el Gobierno Nacional. |
| C461 | Importación con franquicia total de donaciones a entidades oficiales o sin animo de lucro destinadas al deporte, la salud, la investigación científica y tecnológica y a la educación. |
| C462 | Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999. |
| C463 | Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impues |
| C464 | Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impues |
| C465 | Importacion ordinaria de vehiculos precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impues |
| C466 | Importacion ordinaria de autopartes precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta al programa de desgravacion de la comunidad andina de conformidad con lo contemplado en la resolucion 323 de 1999sujeta a una tarifa diferencial del impue |
| C467 | Importacion ordinaria de autopartes precedida de una importacion de transformacion y ensamble sujeta a una tarifa diferencial del impuesto sobre las ventas del 16%. |
| C540 | Importación ordinaria de materias primas e insumos que se encuentren en importación temporal para perfeccionamiento activo. |
| C541 | Importación ordinaria de materias primas e insumos excluidos del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta e este, que se encuentren en importación temporal para perfeccionamiento activo |
| C545 | Importación ordinaria de bienes de capital y repuestos que se encuentren en importación temporal para producir principalmente bienes exportables, antes de cumplir el compromiso de exportación. |
| C546 | Importación ordinaria de bienes de capital y repuestos que se encuentren en importación temporal para producir bienes exportables parcialmente, antes de cumplir el compromiso de exportación. |
| C547 | Importacion ordinaria de materias primas o insumos importados temporalmente para procesamiento industrial o de los productos resultantes del procesamiento industrial |
| C600 | Reimportación de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo. |
| C601 | Reimportación de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo, excluidos del impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida arancelaria parcialmenyte sujeta a esta. |
| C602 | Reimportación de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo, procedentes de Zona Franca. |
| C603 | Reimportación de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo excluido del impuesto sobre las ventas, clasificables en una subpartida arancelaria parcialmente sujeta a este, procedentes de Zona Franca. |
| C605 | Reimportación de mercancías reparadas o reemplazadas, sin garantía vigente del fabricante o proveedor. |
| C606 | Reimportación de mercancías reparadas o reemplazadas sin garantía vigente del fabricante o proveedor, excluidas de impuesto sobre las ventas clasificables en una subpartida parcialmente sujeta a este. |
| C607 | Reimportacion de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo sujeto a un diferimiento arancelario del 0% de acuerdo a las normas que individualmente lo contemplen |
| C608 | Reimportacion de productos compensadores obtenidos por perfeccionamiento pasivo con diferimiento arancelario de acuerdo a las normas que individualmente lo contemplen exentas o excluidas del impuesto sobre las ventas |
| C609 | Reimportación de mercancías producidas parcial o totalmente con materias primas e insumos extranjeros en importación temporal para perfeccionamiento activo, en el mismo estado en que fueron exportadas. |
| C610 | reimportacion temporal de mercancias producidas parcial o totalmente con materias primas e insumos extranjeros en importacion temporal para perfeccionamiento activo en el mismo estado en que fueron exportadas sujetas a ser reexportadas |
| C660 | Reimportación de mercancías exportadas temporalmente para su reimportación en el mismo estado, no sujetas al pago de tributos aduaneros. |
| C662 | Reimportación de mercancías en el mismo estado en que fueron exportadas definitivamente. |
| C663 | Reimportación de mercancías en el mismo estado en que fueron exportadas definitivamente, a Zona Franca. |
| C665 | Reimportación de mercancías en cumplimiento de garantía vigente del fabricante o proveedor, no sujetas al pago de tributos. |
| C666 | Reimportacion de mercancias reparadas o reemplazadas no sujetas al pago de tributos aduaneros. |
| C700 | Importacion de menaje domestico sujeto a un gravamen unico ad-valorem |
| C701 | Importacion de menaje domestico que realicen los agentes diplomaticos, consulares y de organismos internacionales acreditados en el pais y los funcionarios colombianos que regresan al termino de su mision de conformidad con lo establecido en el decreto 21 |
| S100 | Importación temporal de corto plazo para reexportación en el mismo estado. |
| S105 | Importación temporal de vehículos de turistas, siempre que Ústos lleguen conjuntamente con el vehículo. |
| S106 | Importacion temporal de aeronaves de matricula extranjera de servicio privado para el transporte de personas que realicen, establezcan o mantengan actividades comerciales en el pais. |
| S120 | Importacion temporal de largo plazo para reexportacion en el mismo estado |
| S130 | Importación temporal de mercancías en arrendamiento para reexportación en el mismo estado. |
| S131 | Importacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais. |
| S132 | Importacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion |
| S140 | Importación de mercancías para transformación y ensamble por las industrias autorizadas para el efecto. |
| S200 | Importación temporal de corto plazo para reexportación en el mismo estado. |
| S220 | Importación temporal de largo plazo para reexportación en el mismo estado. |
| S230 | Importación temporal de mercancías en arrendamiento para reexportación en el mismo estado. |
| S231 | Importacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais. |
| S232 | Importacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion |
| S240 | Importación de mercancías para transformación y ensamble por las industrias autorizadas para el efecto. |
| S310 | Importacion temporal de largo plazo precedida de importacion temporal de corto plazo |
| S320 | Importación temporal de largo plazo para reexportación en el mismo estado. |
| S330 | Importación temporal de mercancías en arrendamiento para reexportación en el mismo estado. |
| S331 | Importacion temporal de maquinaria pesada para industrias basicas que no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando no se produzca en el pais. |
| S332 | Importacion temporal de materia prima al amparo de programas especiales de exportacion |
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