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Si tuviera que denunciar un acto de corrupción que ocurriera en su entidad, ¿a qué instancia acudiría primero? (Opción de respuesta única)
1. La autoridad máxima de la entidad.
2. Su jefe/a inmediato/a.
3. Oficina de control interno
4. Oficina de control interno disciplinario.
5. Oficina de talento humano.
6. La Procuraduría General de la Nación.
7. La Contraloría General de la República.
8. La Fiscalía General de la Nación.
9. Los medios de comunicación.
10. Secretaria de Transparencia.
11. Redes sociales.
88. Ninguna de las anteriores.
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La pregunta busca establecer cuál sería la primera instancia a la que acudirían las y los servidores en caso de que tuvieran que denunciar un acto de corrupción que se presentara en la entidad. Tenga en cuenta que en esta pregunta solo se debe marcar una opción de respuesta.
Las instancias incluidas son:
1. La autoridad máxima de la entidad: ministro(a), director(a), gobernador(a), secretario(a) o representante legal, como instancia de máximo poder y jerarquía dentro de la entidad.
2. Su jefe/a inmediato: funcionario(a) situado en el nivel jerárquico inmediatamente superior y que además tiene una relación directa con el funcionario encuestado.
3. Oficina de control interno: según la Ley 87 de 1993, es la dependencia encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la Alta Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la reevaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.
4. Oficina de control interno disciplinario: la Ley 734 de 2002 artículo 76 (Código Único Disciplinario) la define como la encargada de adelantar la indagación preliminar, investigar y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores/as públicos de la respectiva entidad, asegurando su autonomía e independencia y el principio de segunda instancia.
5. Oficina de talento humano: dependencias encargadas de trazar las políticas y programas de administración y desarrollo del talento humano, bienestar social, selección, registro y control, capacitación e incentivos de conformidad con las normas legales vigentes.
6. La Procuraduría General de la Nación: órgano de control que se encarga de vigilar el actuar de las y los servidores públicos <http://es.wikipedia.org/wiki/Servidor_p%C3%BAblico> y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de la ley.
7. La Contraloría General de la República: órgano de control encargado de vigilar y controlar, oportuna y efectivamente los recursos públicos destinados al cumplimiento de los fines esenciales del Estado Social de Derecho.
8. La Fiscalía General de la Nación: entidad de la rama judicial del poder público cuya función está orientada a brindar a la ciudadanía una cumplida y eficaz administración de justicia.
9. Los medios de comunicación: todos los medios de comunicación bien sean locales, regionales o nacionales, así como impresos, radiales o televisivos.
10. Secretaria de Transparencia: dependencia de del Departamento Administrativo de la Presidencia con la misión de asesorar y apoyar directamente al Presidente en el diseño de una Política Integral de Transparencia y Lucha contra la Corrupción y coordinar su implementación
11. Redes sociales: como Facebook, Tweeter, Instagram, Whatsapp u otras.
88. Ninguna de las anteriores: el funcionario(a) no acudiría a ninguna de las instancias mencionadas anteriormente.