var_qstn_qstnlit
IV-B. CARACTERÍSTICAS GENERALES
11. En el último trabajo que la madre de … desempeñó o desempeña ahora, ella era o es:
1. Obrero o empleado particular
2. Obrero o empleado del gobierno
3. Jornalero o peón
4. Empleado doméstico
5. Trabajador por cuenta propia
6. Patrón o empleador
7. Trabajador de su propia finca o de una finca que tenía o tiene en arriendo o aparcería
8. Trabajador familiar sin remuneración
9. Nunca ha trabajado o nunca trabajó
98. No sabe
99. No informa
var_qstn_ivuinstr
En las preguntas 3 a 12, si la persona no conoce al padre o madre propio o del cónyuge registre 98 o 9998 según la pregunta. Si la persona no informa registre 99 o 9999.
Pregunta 11: En el último trabajo que la madre de… desempeñó o desempeña ahora, ella era o es:
Conceptos
Obrero o empleado particular: es una persona que trabaja para una empresa o empleador privado en condición de asalariado. Se incluye a los que trabajan como asalariados en organizaciones de servicio social, sindical, iglesias y otras organizaciones sin fines de lucro.
Las personas que trabajan como celadores o personal de servicios generales, que realizan su trabajo en entidades del Estado pero que son contratados por empresas particulares, se deben clasificar en esta categoría.
El salario mensual no es determinante para clasificar a una persona en la categoría de empleado u obrero particular. Es posible que el salario monetario sea inferior al salario mínimo e incluso puede recibir sólo salario en especie.
Obrero o empleado del gobierno: es aquella persona que trabaja para una entidad oficial en condición de asalariado, independientemente del cargo que desempeñe. Se incluyen personas vinculadas a Sociedades de Economía Mixta (de propiedad privada y del Estado) si están cobijadas con el régimen de empleado del Estado.
Jornalero o peón: son los trabajadores que se dedican directamente a la producción de bienes agrícolas y pecuarios, bajo la dependencia de un patrón del que obtienen una remuneración ya sea fija o por unidad producida. Por lo general, el pago se realiza por jornada de trabajo.
Empleado doméstico: es aquella persona que trabaja en un solo hogar diferente al suyo, realizando actividades propias del servicio doméstico y recibe un salario en dinero y/o en especie. Comprende a los sirvientes, choferes, jardineros, porteros de casa, niñeras, amas de llaves, etc. Estas personas pueden vivir o no en el hogar donde trabajan.
Trabajador por cuenta propia: son las personas que explotan su propia empresa económica o que ejercen por su cuenta una profesión u oficio con ayuda o no de familiares. NO contratan trabajadores (empleados u obreros) remunerados y pueden trabajar solas o asociadas con otras de igual condición. Estas personas pueden trabajar para el Estado o para el sector privado.
Dentro de esta alternativa se clasifican los profesionales que manifiestan trabajar en cualquier nivel del gobierno (nacional, departamental o municipal), en calidad de contratistas.
Se entiende por contratista a las personas cuyo contrato no genera relación laboral ni prestaciones sociales, y que por lo tanto, sólo tienen derecho a los honorarios convenidos.
Patrón o empleador: son las personas que dirigen su propia empresa económica o ejercen por su cuenta una profesión u oficio, contratando uno o más trabajadores remunerados empleados y/o obreros.
No se consideran patrones o empleadores los jefes del hogar si tienen empleados domésticos en su vivienda particular (servicio doméstico, chóferes, jardineros, etc.).
Los directivos de entidades públicas o privadas se consideran como asalariados de esas entidades.
Trabajador de su propia finca o de finca que tenía o tiene en arriendo o aparcería: es la persona que explota su propia unidad agrícola, o una unidad agrícola que tiene o tenía en arriendo con ayuda o no de familiares, jornaleros o trabajadores a destajo. NO contratan trabajadores remunerados.
Trabajador familiar sin remuneración: es la persona que trabaja sin remuneración en una empresa económica de propiedad de un residente en el mismo hogar.
Instrucciones de diligenciamiento
En la columna C.R. escriba el código de la alternativa dada por el encuestado