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Para registrar información sobre cultivos permanentes el lote debe tener un área mayor o igual a 200 mt2 ó 200 plantas, para áreas menores la información se registra en el Ítem de Otros Fines.
El encuestador debe solicitar información sobre la superficie del cultivo que se cosechó durante el periodo Enero – Junio de 2008 y la superficie que se cosechó y cosechará entre Julio y Diciembre de 2008. La anotación la debe efectuar con enteros o ceros y dos cifras decimales. La pregunta siempre debe estar en función de los
dos periodos de referencia ya enunciados.
La pregunta 76 debe ser menor o igual a la reportada en la pregunta 75.
Si el valor de la pregunta 76 es cero; entonces las preguntas 77A, 77B,78A, 78B, 78C, 79, CTL 8, 80, 81, 82, 83, 84, 85; deben quedar sin respuesta y su valor por defecto debe ser 0.