COLOMBIA - Encuesta Nacional de Uso del Tiempo 2016-2017
ID del Estudio | DANE-DIMPE-ENUT-2016-2017 |
Año | 2016 - 2017 |
País | COLOMBIA |
Productor(es) | Dirección de Metodología y Producción Estadística - DIMPE |
Financiamiento | Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE - Ejecutor |
Colección(es) | |
Metadatos |
![]() |
Creado el
Apr 11, 2018
Última modificación
Aug 15, 2020
Visitas a la página
234361
Formatos disponibles: |
|
|
- Descripción de la operación estadística
- Descripción de Variables
- Materiales Relacionados
- Obtener Microdatos
- CAPITULO B. CONDICIO
NES DE LA VIVIENDA - CAPITULO C. DATOS DE
L HOGAR - CAPITULO D. COMPOSIC
ION DEL HOGAR - CAPITULO E. SALUD
- CAPITULO F. CUIDADO
DE LOS NINOS Y NINAS
MENORES DE 5 - CAPITULO G. EDUCACIO
N - CAPITULO H. FUERZA D
E TRABAJO - Clasific
acion - CAPITULO H. FUERZA D
E TRABAJO - Uso del
tiempo e ingre - CAPITULO I. USO DEL
TIEMPO
¿Incluyó este valor en los ingresos del mes pasado que me reportó anteriormente?
(P6545ES2)
Archivo: CAPITULO H. FUERZA DE TRABAJO - Uso del tiempo e ingre
Archivo: CAPITULO H. FUERZA DE TRABAJO - Uso del tiempo e ingre
Información general
Tipo:
Discreta Formato: numeric Ancho: 1 Decimales: 0 Rango: 1-2 | Casos válidos: 0 Inválidos: 0 |
Definición
Tenga en cuenta las siguientes definiciones:
- Subsidio en dinero. Es un valor que el patrón o empleador(a) da a la persona empleada en forma regular como compensación a algunos gastos que tiene la persona o los establecidos por ley. En esta categoría están: subsidio de transporte, de alimentación, familiar y educativo.
Si la persona es empleada u obrera del gobierno:
* Para el caso de personas con ingresos hasta ($1.333.468) tienen derecho a subsidio de alimentación ($47.551).
* Para el caso de las personas con rangos de ingresos de 1 a 2 salarios mínimos tienen derecho a auxilio o subsidio de transporte ($72.000).
- Subsidio familiar. Es una prestación social pagadera a las y los trabajadores afiliados a una Caja de Compensación Familiar. Esta inscripción le otorga a la persona trabajadora el derecho de obtener servicios de capacitación, recreación así como subsidios en efectivo para sus hijos(as) menores de edad y para los padres que cumplen determinadas condiciones. El encuestado debe tener en cuenta que los asalariados afiliados a una Caja de Compensación Familiar y que devengan hasta 4 salarios mínimos deben recibir una suma que varía entre $15.000 y $25.000 por cada persona que cumpla con los requisitos establecidos.
- Subsidio educativo. Es un auxilio en dinero otorgado por una entidad pública o privada con el fin de sufragar parte de los gastos en educación. Si el subsidio educativo es transferido a la entidad educativa se debe asumir como si lo hubiera recibido en dinero.
- Prima técnica. Es un reconocimiento económico que se otorga a las y los funcionarios o personas empleadas del estado altamente calificados (con título de formación avanzada, y experiencia altamente calificada) que cumplen funciones que demandan la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados o tienen labores de dirección o de especial responsabilidad.
- Prima de antigüedad o incrementos de salarios por antigüedad. El derecho adquirido por las y los funcionarios públicos al cumplir cierto tiempo de servicio. Actualmente solo se reconoce a quienes ya se había otorgado el derecho y corresponde a un porcentaje de su salario y se paga mensualmente.
- Prima de clima. Es una bonificación mensual que corresponde al dinero que la persona empleada recibe mensualmente por situaciones de clima.
- Otras primas (orden público etc.). Es una bonificación mensual que la persona empleada recibe diferentes a las anteriores, por ejemplo: la prima de orden público que corresponde al dinero que la persona empleada recibe mensualmente por laborar en zonas de conflicto.
Bonificaciones mensuales. La bonificación se refiere a un dinero que la persona empleada recibe en forma adicional por desempeñar a cabalidad sus funciones o por récord de producción de ventas etc., y no hace parte del salario mensual.
- Subsidio en dinero. Es un valor que el patrón o empleador(a) da a la persona empleada en forma regular como compensación a algunos gastos que tiene la persona o los establecidos por ley. En esta categoría están: subsidio de transporte, de alimentación, familiar y educativo.
Si la persona es empleada u obrera del gobierno:
* Para el caso de personas con ingresos hasta ($1.333.468) tienen derecho a subsidio de alimentación ($47.551).
* Para el caso de las personas con rangos de ingresos de 1 a 2 salarios mínimos tienen derecho a auxilio o subsidio de transporte ($72.000).
- Subsidio familiar. Es una prestación social pagadera a las y los trabajadores afiliados a una Caja de Compensación Familiar. Esta inscripción le otorga a la persona trabajadora el derecho de obtener servicios de capacitación, recreación así como subsidios en efectivo para sus hijos(as) menores de edad y para los padres que cumplen determinadas condiciones. El encuestado debe tener en cuenta que los asalariados afiliados a una Caja de Compensación Familiar y que devengan hasta 4 salarios mínimos deben recibir una suma que varía entre $15.000 y $25.000 por cada persona que cumpla con los requisitos establecidos.
- Subsidio educativo. Es un auxilio en dinero otorgado por una entidad pública o privada con el fin de sufragar parte de los gastos en educación. Si el subsidio educativo es transferido a la entidad educativa se debe asumir como si lo hubiera recibido en dinero.
- Prima técnica. Es un reconocimiento económico que se otorga a las y los funcionarios o personas empleadas del estado altamente calificados (con título de formación avanzada, y experiencia altamente calificada) que cumplen funciones que demandan la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados o tienen labores de dirección o de especial responsabilidad.
- Prima de antigüedad o incrementos de salarios por antigüedad. El derecho adquirido por las y los funcionarios públicos al cumplir cierto tiempo de servicio. Actualmente solo se reconoce a quienes ya se había otorgado el derecho y corresponde a un porcentaje de su salario y se paga mensualmente.
- Prima de clima. Es una bonificación mensual que corresponde al dinero que la persona empleada recibe mensualmente por situaciones de clima.
- Otras primas (orden público etc.). Es una bonificación mensual que la persona empleada recibe diferentes a las anteriores, por ejemplo: la prima de orden público que corresponde al dinero que la persona empleada recibe mensualmente por laborar en zonas de conflicto.
Bonificaciones mensuales. La bonificación se refiere a un dinero que la persona empleada recibe en forma adicional por desempeñar a cabalidad sus funciones o por récord de producción de ventas etc., y no hace parte del salario mensual.
Preguntas e instrucciones
Pre-pregunta
H.26. El mes pasado… recibió ingresos por concepto de:
e. Primas (Técnica, de antigüedad, clima,orden publico, otras, etc)
1. Si
¿Cuánto recibió?
e. Primas (Técnica, de antigüedad, clima,orden publico, otras, etc)
1. Si
¿Cuánto recibió?
Pregunta textual
H.26. El mes pasado… recibió ingresos por concepto de:
e. Primas (Técnica, de antigüedad, clima,orden publico, otras, etc)
1. Si
¿Cuánto recibió?
¿Incluyó este valor en los ingresos del mes pasado que me reportó anteriormente?
e. Primas (Técnica, de antigüedad, clima,orden publico, otras, etc)
1. Si
¿Cuánto recibió?
¿Incluyó este valor en los ingresos del mes pasado que me reportó anteriormente?
Post-pregunta
H.26. El mes pasado… recibió ingresos por concepto de:
f. Bonificaciones mensuales?
1. Si
2. No
f. Bonificaciones mensuales?
1. Si
2. No
Fuente de información
La información la suministra directamente cada una de las personas de 10 años y más. En el caso de personas que por su condición de discapacidad no estén en posibilidades de brindar la información, ésta podrá ser dada por la persona mayor de 18 años encargada de su cuidado.
Categorías
Valor | Categoría |
---|---|
1 | Sí |
Precaución: estas estadísticas reflejan el número de casos encontrados en el archivo de datos. No deben ser interpretadas como un resumen estadístico del universo de interés.
Instrucciones del entrevistador o quien captura los datos
El objetivo de la pregunta es conocer los dineros que por concepto de subsidios reciben las personas asalariadas.
RECUERDE QUE…
- Existe un caso especial donde la persona trabajadora tendrá derecho a que se le pague doble cuota monetaria por los(as) hijos(as), por las y los hermanos huérfanos de padres y por los padres, sin límite de edad, cuando unos y otros presenten una invalidez debidamente acreditada por la Junta Regional de Invalidez, por la EPS o por la Administradora del Régimen Subsidiado, que les impida trabajar o estudiar y demuestre que se encuentran a su cargo y conviven con él.
- Solo se contabilizan los subsidios recibidos en dinero, y no en especie, por ejemplo, el subsidio familiar.
- Para esta pregunta los ingresos se refieren SOLAMENTE al empleo principal.
RECUERDE QUE…
- Existe un caso especial donde la persona trabajadora tendrá derecho a que se le pague doble cuota monetaria por los(as) hijos(as), por las y los hermanos huérfanos de padres y por los padres, sin límite de edad, cuando unos y otros presenten una invalidez debidamente acreditada por la Junta Regional de Invalidez, por la EPS o por la Administradora del Régimen Subsidiado, que les impida trabajar o estudiar y demuestre que se encuentran a su cargo y conviven con él.
- Solo se contabilizan los subsidios recibidos en dinero, y no en especie, por ejemplo, el subsidio familiar.
- Para esta pregunta los ingresos se refieren SOLAMENTE al empleo principal.
<