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Prima de navidad: Remuneración a que tienen derecho todos los trabajadores y es equivalente a un mes del salario que devengue a 30 de noviembre de cada año. Se paga en la primera quincena de diciembre. Si la persona no ha trabajado todo el año, tiene derecho a esta prima en proporción al tiempo laborado a razón de 1/12 por cada mes completo de servicios.
Texto previo a la pregunta
¿Por su contrato actual, recibe:
a. Vacaciones con sueldo?
1. Sí
2. No
Texto posterior a la pregunta
Por su contrato actual, recibe:
c. Derecho a cesantía?
1. Sí
2. No