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De acuerdo con la posición ocupacional, se considerará cambio de trabajo en las siguientes situaciones :
Para los asalariados. Se considera cambio de trabajo, si la persona estuvo vinculada a un establecimiento o empresa diferente a la actual como asalariado y ahora se desempeña en la misma u otra empresa como contratista (cuenta propia).
Para los independientes o por cuenta propia. Se considera cambio de trabajo si antes de su actual oficio o profesión como trabajador independiente, se desempeñaban como independientes en otro oficio o profesión, o si antes tenían un trabajo con diferente posición ocupacional (ejemplo: antes eran asalariados o trabajadores familiares sin remuneración).
Texto previo a la pregunta
¿En los últimos doce meses, ha recibido pagos por accidente de trabajo o enfermedades profesionales?
1. Sí
2. No
9. No sabe, no informa
Texto posterior a la pregunta
En el trabajo anterior ¿..... pagaba directamente o le descontaban parte de su sueldo para una Entidad Promotora de Salud (EPS)?
1. Sí
2. No