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Se refiere a las horas efectivas trabajadas en el segundo empleo durante el período de referencia, es decir deben restarse las horas no trabajadas por permisos, enfermedad, vacaciones, días festivos, etc. y deben sumarse las horas trabajadas de más. En este sentido, si la persona estuvo ausente de su empleo secundario durante la semana de referencia la respuesta será 00.
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En ese segundo trabajo ….. es:
a. Obrero o empleado de empresa particular
b. Obrero o empleado del gobierno
c. Empleado doméstico
d. Trabajador por cuenta propia
e. Patrón o empleador
f. Trabajador familiar sin remuneración
g. Trabajador sin remuneración en empresas o negocios de otros hogares
h. Jornalero o peón
i. Otro, ¿cuál?