Está constituido por la totalidad de los establecimientos que desarrollan actividades manufactureras en el territorio nacional y que de acuerdo con la CIIU Rev. 4. A.C, se identifican como industria manufacturera.
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El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008