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Para rodales de especies forestales asociados, solo se registra esta información para la primera especie, se asume que el rodal solamente tiene una finalidad. Para los asocios de plantaciones forestales con cultivos transitorios, cultivos permanentes y pastos, solo se diligencia esta pregunta para la especie forestal. .
- La finalidad comercial o productora hace referencia a la plantación o cultivo de especies arbóreas de cualquier tamaño, originado por la intervención directa del hombre con fines comerciales o industriales y que está en condiciones de producir madera, productos forestales no maderables y subproductos (DECRETO 2803 de 2010). Especies forestales comerciales: Pino, ciprés, eucalipto, teca, Melina, Urapán, casuarina, acacia, etc.
- La finalidad protectora hace referencia a la plantación forestal establecida por el hombre con fines de recuperación de suelos, protección de cuencas hidrográficas, restauración vegetal, conservación de la biodiversidad, entre otros servicios ambientales. La obtención y aprovechamiento de bienes está sujeto a garantizar la conservación de la cobertura arbórea suficiente para brindar los servicios ambientales a que están destinadas. Como especies de protección están las plantaciones de guadua, Mulato, Trupillo, Cují, Igua, Roble, Cucharo, Samán, indio desnudo, Tambor - Frijolito, Caoba - Orura, Flor morado o Guayacán, Cañaguate, Guayacán amarillo, Cobre, Dividivi - Guarango, Chicalá, Quillotocto, superba Almendro, Yatago, Nacedero, Siete Cueros, Encenillo, Tachuelo, Corono, etc.