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DEM-Microdatos

Tercer Censo Nacional Agropecuario - 2014 -3er CNA

Colombia, 2014
Demografía y población.
Agropecuario.
Departamento Administrativivo Nacional de Estadística - DANE
Creado el January 07, 2022 Última modificación January 07, 2022 Visitas a la página 788.805 Descargar 179.665 Documentación en PDF metadata DDI/XML JSON
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Año del Desplazamiento forzado (P_S15P179A)

archivo de datos: S15H(Hogares)

Información general

Válido: 0
Inválido: 0
Intervalo: discrete
Decimal: 0
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Preguntas e instrucciones

Pregunta literal
179a. Año del Desplazamiento forzado

1950 Años 1950 a 2014
9999 Sin Información
Categorías
Valor Categoría
1950 Años 1950 a 2014
9999 Sin Información
Precaución: estas estadísticas reflejan el número de casos encontrados en el archivo de datos. No deben ser interpretadas como un resumen estadístico del universo de interés.
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Pregunta con opciones de respuesta múltiple (1) y opción excluyente (2):
1. Desplazamiento forzado
1. Despojo de tierras.
1. Abandono forzado de tierras
2. Ninguna de las anteriores

Esta pregunta se realiza al jefe del hogar o su cónyuge.
Si seleccionó alguna de las opciones 1, debe reportar sobre la línea, para cada caso el año en que vivio el evento de desplazamiento, despojo o abandono.
Si seleccionò la opción 2.Ninguno, debe continuar con el reporte de todas las personas del hogar hasta terminar de encuestar a todos los miembros del hogar.
Texto previo a la pregunta
179a. Usted o algún miembro de su hogar ha vivido alguna de las siguientes situaciones:Desplazamiento forzado
Texto posterior a la pregunta
179b. Usted o algún miembro de su hogar ha vivido alguna de las siguientes situaciones:Despojo de tierras

Descripción

Texto
Según la Ley 387 de 1997 Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público.

Desplazamiento forzado: Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional. Por ese motivo, abandona su localidad de residencia o actividades económicas habituales pues su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas como consecuencia del trastorno drástico del orden público. En ese sentido, cualquiera de las siguientes situaciones son causantes de dicho desplazamiento: conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario, etc.
Universo
La delimitación del universo de estudio del 3er CNA requiere el estudio de la totalidad del área rural del país, que figura en los registros catastrales del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y que está conformado por 3,8 millones de registros prediales correspondientes a 76.960.606 hectáreas; 756 resguardos indígenas que abarcan 31.998.218 hectáreas y 166 Territorios Colectivos de Comunidades Negras (TCCN), que se extienden sobre 5.215.976 hectáreas, con lo cual se cubren 113.985.800 de hectáreas equivalentes al 99% del área rural continental e insular del país, distribuidos en los 1.101 municipios, 20 áreas biodiversas del país y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
var_resp_unit
Productor agropecuario o persona diferente que conozca con detalle las actividades que se desarrollan en el predio o en la UPA, es decir, que está en capacidad de responder el cuestionario censal.

others

Seguridad
El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008
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