G. 15. El día [...],¿Cuáles de las siguientes actividades realizó<… >y por cuánto tiempo:
f. Practicar libremente algún deporte?
1 Sí
Minutos
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Esta pregunta busca establecer el tiempo que dedicaron las personas de 5 a 9 años a ciertas actividades específicas de descanso y esparcimiento.
Lea la pregunta y cada una de las opciones de respuesta y marque la opción correspondiente a la información dada por la persona. Esta pregunta admite única respuesta.
RECUERDE QUE…
- Para cada respuesta afirmativa proceda a preguntar el número de horas y minutos dedicado a realizar cada actividad.
- En caso que haya actividades simultáneas, se debe indagar por el tiempo invertido en la actividad principal.
- Si el menor se involucró en actividades deportivas como parte de un juego, se debe marcar la opción de respuesta f.
- Sólo se deben incluir en la opción de respuesta b juegos que no estén relacionados con aparatos electrónicos ni con actividades deportivas.
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G. 15. El día [...],¿Cuáles de las siguientes actividades realizó<… >y por cuánto tiempo:
f. Practicar libremente algún deporte?
1 Sí
Horas
Descripción
var_universe
El universo para la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo está conformado por la población civil no institucional residente en todo el territorio nacional.
Este capítulo va dirigido a todas las personas de 5 años y más.
var_resp_unit
La información la suministra directamente cada una de las personas de 10 años y más. Para las personas de 5 a 9 años responde el padre, la madre, o la persona del hogar de 18 años o más que está a cargo de su cuidado, cuando los padres no forman parte del hogar. En el caso de personas que por su condición de discapacidad no estén en posibilidades de brindar la información, esta podrá ser dada por la persona mayor de 18 años encargada de su cuidado.
others
var_security
El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008.