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El objetivo de la pregunta es conocer los dineros que por concepto de subsidios reciben las personas asalariadas.
RECUERDE QUE…
- Existe un caso especial donde la persona trabajadora tendrá derecho a que se le pague doble cuota monetaria por los(as) hijos(as), por las y los hermanos huérfanos de padres y por los padres, sin límite de edad, cuando unos y otros presenten una invalidez debidamente acreditada por la Junta Regional de Invalidez, por la EPS o por la Administradora del Régimen Subsidiado, que les impida trabajar o estudiar y demuestre que se encuentran a su cargo y conviven con él.
- Solo se contabilizan los subsidios recibidos en dinero, y no en especie, por ejemplo, el subsidio familiar.
- Para esta pregunta los ingresos se refieren SOLAMENTE al empleo principal.
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H.26. El mes pasado… recibió ingresos por concepto de:
d. Subsidio educativo?
1. Si
2. No