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Esta pregunta busca indagar por el acceso a los servicios domiciliarios. La vivienda puede disponer del servicio a través de una conexión legal o ilegal y el servicio puede ser administrado o dirigido por una empresa pública, privada o de propiedad de la comunidad. La vivienda cuenta con el acceso al servicio si tiene la conexión aunque en el momento de la entrevista no se pueda usar el servicio o no esté funcionando.
En algunas unidades de vivienda o edificios de apartamentos, existe un tanque de gas que surte a todos los apartamentos del servicio, este tipo de conexión no se considera gas natural domiciliario ya que es un sistema de conexión a gas propano.
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C.1.La vivienda ocupada por este hogar es:
1. Propia, totalmente pagada.
2. Propia, la están pagando.
3. En arriendo o subarriendo.
4. Ocupada por su hogar con el permiso del propietario, sin pago alguno (usufructo).
5. Otra forma de tenencia (posesión sin título, ocupante de hecho, propiedad colectiva, etc.).