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La pregunta establece el nivel educativo alcanzado por las personas que actualmente no asisten a educación formal. Aplique las siguientes definiciones:
Niveles de la educación formal:
Preescolar: proceso de formación ofrecido al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, sicomotriz, socioafectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas, cuyo grado mínimo obligatorio es de un grado en las instituciones públicas. Los grados del nivel preescolar son Prejardín, Jardín y Transición.
Básica primaria: proceso de formación cuya duración es de cinco grados de instrucción básica educativa elemental. Comprende los primeros cinco grados de la educación básica: primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.
Básica secundaria: proceso de formación cuya duración es de cuatro grados de instrucción básica educativa. Comprende los cuatro grados siguientes de la educación básica: sexto, séptimo, octavo y noveno.
Media: Es la culminación, consolidación y avance en el logro de los niveles anteriores (Preescolar y Básica), cuyas características son académicas y técnicas, con una duración de dos grados de instrucción, décimo y undécimo. Tiene como fin la comprensión de las ideas, el desarrollo de los valores universales y la preparación para el ingreso a la educación superior y al trabajo.
Superior: se refiere a la última etapa del proceso de aprendizaje académico. La educación superior se imparte en dos niveles de formación:
pregrado y posgrado. La educación de pregrado es de tres tipos: Técnico, Tecnológico y Profesional. La educación de postgrado comprende Especializaciones, Maestrías y Doctorados.
Ciclo complementario Escuela Normal Superior: las escuelas normales forman educadores para los niveles de preescolar y básica primaria. Operan como unidades de apoyo académico para la formación inicial de docentes ofreciendo mediante convenio con instituciones de educación superior, el ciclo complementario de dos grados que conduce al título de normalista superior y que se cursa después del grado undécimo del nivel Media.
Educación superior impartida por el SENA: según el Decreto 359 de 2000 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el SENA "se encuentra expresamente facultado para adelantar programas de Educación Formal de nivel superior, en los campos de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos previstos en el numeral 6 del artículo cuarto de la Ley 119 de 1994". Debido a que no toda la educación impartida por el SENA es formal, para determinar el nivel educativo más alto de una persona que estudió en esa institución, se debe indagar si el CAP (Certificación de Aptitud Profesional) corresponde a un nivel técnico o tecnológico o si por el contrario, el estudio realizado corresponde solo a formación para el trabajo (educación no formal).
Nivel educativo más alto: se refiere al nivel más alto de instrucción alcanzado por la persona dentro del sistema formal de enseñanza.
Para determinar el nivel educativo más alto:
Recuerde que se está preguntando a las personas que NO están asistiendo. Como se quiere saber el nivel educativo más alto alcanzado, para clasificarse en determinado nivel, la persona debe como mínimo haber aprobado el primer año de ese nivel. Por eso, quienes ingresaron a determinado nivel y no aprobaron el primer año, se ubicarán en el nivel anterior que hayan aprobado.
Para determinar el último grado aprobado:
Los grados posibles de cursar en cada nivel educativo corresponden con los grados que conforman el nivel, así:
Preescolar: tres grados llamados Prejardín o Prekínder, Jardín o kínder y Transición o grado cero. Generalmente estos grados se cursan a la edad de 3, 4 y 5 años, respectivamente. De acuerdo con esta clasificación, si el nivel más alto alcanzado es Preescolar, el último año aprobado puede ser solamente 1, 2 o 3.
Básica primaria: para este nivel los grados son: 1, 2, 3, 4, y 5. La básica primaria se cursa generalmente entre los 6 y los 10 años de edad.
Básica secundaria: comprende los grados 6, 7, 8 y 9. Generalmente se cursa entre los 11 y los 14 años.
Media: comprende los grados 10 y 11. En algunos planteles y principalmente en las Escuelas Normales se extiende la escolaridad en uno o dos años después del grado 11, de tal manera que la persona puede informar que el "Último grado aprobado" es el 12 o 13. Los grados 10 y 11 generalmente se cursan entre los 15 y 16 años.
Superior pregrado: Comprende los niveles técnico, tecnológico y universitario. Las carreras Técnicas profesionales tienen una duración de 3 años (6 semestres). Las carreras Tecnológicas Profesionales tienen una duración de 3 a 4 años (6 a 8 semestres). Las carreras Profesionales o Universitarias tienen una duración entre 4 y 5 años (8 a 10 semestres). En ocasiones, cuando corresponde a la jornada nocturna, se extiende un año más (6 años - 12 semestres). Los programas de formación Técnica profesional y Tecnológica en el SENA tienen una duración menor a la de los mismos programas en otras Instituciones de Educación Superior (año y medio para programas técnicos y dos años para tecnológicos). En carreras relacionadas con la salud como la medicina, el año de medicina rural es un requisito legal para ejercer la medicina, pero no es requisito académico para graduarse como médico(a). Los y las profesionales en medicina se gradúan cuando terminan el internado y van como médicos(as) graduados(as) a su año rural. Por tanto, ese año rural no se incluye como educación, lo que sí ocurre con el internado.
Superior postgrado: Dependiendo del área de estudio y el tipo de postgrado (especialización, maestría o doctorado), tienen una duración entre 1 y 5 años.
Seleccione "incompleta" (para estudios superiores) cuando la persona haya cursado y aprobado un año o más de estudios sin haber alcanzado el título.
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La información del capítulo será suministra por cada uno de los miembros del hogar de 10 años y más (en algunos casos se deberá recurrir al padre o madre para el suministro de la información sobre algunos gastos que puede desconocer esta persona). Para las personas menores de 10 años, la debe suministrar el padre, la madre, o la persona del hogar que está a cargo de su cuidado (persona de 18 años o más) cuando los padres no forman parte del hogar (excepto el personal del servicio doméstico).