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Esta pregunta busca indagar por el acceso a los servicios domiciliarios. La vivienda puede disponer del servicio a través de una conexión legal o ilegal y el servicio puede ser administrado o dirigido por una empresa pública, privada o de propiedad de la comunidad. La vivienda cuenta con el acceso al servicio si tiene la conexión aunque en el momento de la entrevista no se pueda usar el servicio o no esté funcionando.
Si la respuesta es código 1 (Sí.), se indaga la periodicidad (días por semana) con la que se presta el servicio. Si ésta es superior a la semana (cada 10, 12 o 15 días, por ejemplo) registre código 8 en la casilla correspondiente.