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Es una variable numérica. En esta columna se debe consignar el valor de la tasa de interés promedio ponderado de los créditos vigentes en cada categoría a la fecha de corte. La tasa de interés reportada debe ser menor de 1 y mayor de -0,0500 y debe traer solo cuatro decimales separados por una coma Ejemplo: 0,3245
Para créditos indexados a UVR, el valor que se debe reportar como tasa de interés, corresponde a los puntos adicionales sobre la UVR, por ejemplo, si un crédito está pactado a UVR + 13%, el valor que se reporta es 13%.
El cálculo de la tasa promedio ponderado se calcula de acuerdo al valor de los saldos asociados.