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MÓDULO 2. JEFE DEL HOGAR Y CONYUGE. I. SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
105. De manera voluntaria, ¿tiene planes complementarios de salud como medicina prepagada, pólizas o seguros de salud?
1. Si
2. No
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Conceptos
Plan Complementario de Salud: el Plan Complementario de Salud es adicional del Plan Obligatorio de Salud (POS). Es libremente contratado y pagado en su totalidad (con recursos distintos al de cotizaciones obligatorias) por el afiliado. Se incluyen en esta categoría:
Póliza de hospitalización y cirugía: son pólizas de seguros que cubren la atención de afecciones o enfermedades que tienen que ser tratadas médicamente en hospitales o clínicas o requieren cirugía.
Contrato de Medicina Pre pagada: la medicina pre pagada es un sistema organizado y establecido por entidades autorizadas para la gestión de la atención médica y la prestación de servicios de salud mediante el cobro regular de un precio pagado por los afiliados.
Contrato de Plan Complementario de Salud con una EPS: son las actividades, procedimientos, intervenciones y guías de atención integral, que pueden o no estar contemplados en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y que son ofrecidos por una EPS bajo la modalidad de un prepago. La finalidad básica es brindarle alternativas al afiliado de comodidad, tecnología y hotelería.
Contrato de ambulancia. Es un servicio prepago, ya sea para transporte de pacientes o atención pre hospitalaria. Las entidades de medicina prepagada que prestan el servicio de ambulancia pre pagado deben ceñirse a las normas en materia de medicina pre pagada que le fueren aplicables, tener la Licencia Sanitaria de funcionamiento y cumplir con la normalización del Componente traslado para la Red Nacional de Urgencias.
Nota: se excluye el seguro estudiantil.