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Jefe o jefa del hogar: es la persona, hombre o mujer, que siendo residente habitual es reconocido como jefe por los demás miembros del hogar, ya sea por una mayor responsabilidad en las decisiones, por prestigio, relación familiar o del parentesco, o por razones económicas o tradiciones culturales.
Los miembros del hogar se deben registrar en el siguiente orden:
· En la primera columna (No. Orden O1) se anotará al jefe o jefa del hogar;
· a continuación su cónyuge (esposa(o) o compañera(o)) con el código 02;
· luego a lo(a)s hijo(a)s soltero(a)s, de mayor a menor, y a los hijos no solteros (separados, viudos) sin hijos ni cónyuge en el hogar con el código 03;
· luego a lo(a)s hijo(a)s casado(a)s o en unión libre, de mayor a menor, uno a uno o una a una con sus cónyuges (esposa(o)/compañera(o)) códigos 04 (nueras o yernos del jefe) y sus hijo(a)s con código 05 (nietos);
· después irán las hijas madres solteras con sus hijos, los hijos separados o viudos que vivan con sus hijos, uno a uno;
· después van los otros parientes cercanos del (de la) jefe del hogar: padres (06) y hermanos (08), y/o los parientes cercanos de la cónyuge como suegros (07) y cuñados (09);
· El código 10 se reserva para los hijos que no tienen madre ni padre biológicos en el hogar (ver preguntas 10 y 13), llamados adoptivos o de crianza;
· luego, otros parientes (tíos, sobrinos, primos, etc.) con código 11 y 37
· finalmente a los no parientes con código 12;
· el servicio doméstico con código 13, si lo hay. Los hijos y parientes de la empleada doméstica, van con código 14.
· los pensionistas con código 15, son las personas que pagan por dormir y comer habitualmente en el hogar. Pueden ser o no familiares.
Los residentes no habituales se anotarán al final, después de haber anotado a todos los residentes habituales.
Es muy importante que, después de anotar a un(a) hijo(a) no soltero, inmediatamente se anote a su cónyuge y después a sus hijos (de mayor a menor); si no tiene cónyuge, anote enseguida a sus hijos. Empiece con el hijo mayor no soltero y siga con cada uno de los otros hijos con su propia familia.
NOTA: Los hijos adoptivos son aquellos que no tienen ni padre ni madre biológicos en el hogar y deben tener el código 10. Para efectos de este estudio, los hijos de la cónyuge pero no del jefe (hijastros del jefe), deben aparecer con el código 03 de hijos. Los hijos de algún hijo del jefe o de la cónyuge, aparecerán con el código 05 de nietos. Los cónyuges de los hermanos o cuñados del jefe y sus hijos, deben aparecer con código 11 de otros parientes, lo mismo que los cónyuges o hijos de los hijos adoptivos y los cónyuges e hijos de OP. Los cónyuges de los hijastros deben tener el código 04 (yerno
o nuera) y sus hijos el código 05 (nietos).
Para efectuar este registro, debe establecer con la persona que le está dando la información quiénes componen el hogar pues se debe aplicar un cuestionario diferente para cada hogar.
NOTA: En caso de hacer un cuestionario en papel, para las personas que conforman núcleos secundarios dentro del hogar, deben unirse mediante CORCHETES, con el fin de facilitar la codificación de las variables de Familia. Por ejemplo, un hijo (del jefe) con su cónyuge (nuera del jefe) y sus hijos (nietos del jefe), deben unirse con un corchete; una hija con su marido y sus hijos; una hija con sus hijos; una hermana con su marido y sus hijos;
Es muy importante que la entrevistadora siga las instrucciones precisas del orden en que deben ser anotadas las personas, así como su parentesco con el jefe y si es residente habitual o no, con el fin de facilitar posteriormente la codificación y análisis de las familias.
En la pregunta 4 se requiere información sobre la relación (vínculo) de parentesco que tiene cada persona listada con el jefe del hogar. A medida que la entrevistadora lleva a cabo el registro de las personas miembros del hogar, deberá ir marcando el código correspondiente al parentesco.
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Tipo de familia que habita este hogar